Logotipo de Universidad de Sevilla
VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN
Logotipo Andalucía Tech
Letras Universidad de Sevilla

I.3. Ayudas para movilidad internacional del personal dedicado a la investigación.



Referencia: VIPPIT-2019-I.3

Convocante: Universidad de Sevilla

Tipo: Proyectos y Ayudas a la Investigación » Universidad de Sevilla » VI Plan Propio

Descripción: Facilitar la movilidad del PDI y del personal contratado dedicado a tareas de investigación con el objeto de intensificar la actividad investigadora y fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros dela US.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad., tlfno: 954-488140
  • VI Consultas Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954488140, email
  • VI Justificación Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954488140, email

Bases de la Convocatoria:

1. Objeto de la convocatoria.

Facilitar la movilidad del PDI y del personal contratado dedicado a tareas de investigación con el objeto de intensificar la actividad investigadora y fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la US.

Estas ayudas se podrán aplicar a las siguientes modalidades:

Modalidad A. Estancias breves en Centros de Investigación que tengan un marcado reconocimiento internacional, preferiblemente en el extranjero y muy excepcionalmente en España.

Se presentan 2 modalidades:

A1. En otras Universidades o Centros de Investigación.

A2. En departamentos de I+D+i de empresas o de instituciones públicas o privadas con una trayectoria reconocida de marcado carácter internacional.

Modalidad B. Participación relevante en congresos de carácter internacional.

Modalidad C. Estancias breves en la US de profesores e investigadores de reconocido prestigio de otras Universidades o Centros de Investigación. La financiación de una estancia a través de esta actuación es incompatible con la financiación a través del PP de Docencia.

2. Dotación y cuantía de las ayudas.

Para la presente convocatoria se destinará una dotación de 250.000 €, y para cada ayuda se aplicarán las cuantías que se recogen en el Anexo de las presentes bases. Se determinarán en función de las disponibilidades presupuestarias.

Para las modalidades A y C, las ayudas concedidas se destinarán a gastos de desplazamiento y estancia del beneficiario en el centro o centros en los que realice el programa de investigación. La cuantía de la ayuda se establecerá de acuerdo a la duración de la estancia y el destino del solicitante y no supondrá merma alguna de los haberes a percibir durante su estancia en otro centro. No se financiarán estancias inferiores a 30 días ni superiores a 90 días, en uno o varios centros de investigación, con independencia de que se pueda solicitar autorización para estancias superiores a 3 meses si el período formativo de la estancia lo requiere.

A lo largo del VI-PPIT-US, se concederá lo siguiente:

Modalidad A: como máximo, ayudas hasta un total de 6 meses de estancia por solicitante.

Modalidad B: un máximo de 1 ayuda por solicitante dentro del VI-PPIT. Sólo se dotará 1 ayuda por grupo de investigación para asistencia al mismo congreso.

Modalidad C: tendrán prioridad los solicitantes que no hayan recibido esta ayuda previamente.

3. Requisitos de los solicitantes.

Se deberán adecuar a las normas generales señaladas en el VI-PPIT-US. De manera más específica, pueden solicitar estas ayudas:

Para la modalidad A:

  • El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades, salvo los beneficiarios de las acciones destinadas a contratos predoctorales o de PIF propias de la US, por disponer éstas de un programa específico de ayuda a la movilidad. Para aquéllos contratos predoctorales de otras convocatorias oficiales que dispongan de programas específicos de ayuda a la movilidad, éstos deben participar obligatoriamente en sus convocatorias específicas, quedando excluidos de la presente convocatoria si no lo hicieran. Serán incompatible la concesión de ambas para el mismo ejercicio.
  • El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la investigación.

Para la modalidad B:

  • El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades.
  • El personal técnico dedicado a tareas de investigación.

Para la modalidad C:

  • Los Departamentos e Institutos de Investigación.
  • Los Grupos de Investigación de la US reconocidos en el PAIDI.

Además, se tendrá en cuenta lo siguiente:

Para las modalidades A y B, en caso de ser personal contratado a tiempo determinado, el contrato debe estar vigente en la fecha de la convocatoria y durante el periodo completo de disfrute de la ayuda.

El personal predoctoral de acuerdo con las diferentes modalidades de los definidos en el artículo 94.1 del Estatuto de la US deberá contar con más de 6 meses de antigüedad en su vinculación con la US para disfrutar de las modalidades A y B.

Para la modalidad A, disponer del documento de aceptación del centro receptor, con expresión de la duración y fechas de la estancia. Para la modalidad B, disponer de la carta de invitación del comité organizador del congreso internacional o del documento de aceptación de la comunicación o ponencia que se presentará.

En las modalidades A y C se tendrá que presentar un programa de la investigación a desarrollar por los beneficiarios de la ayuda, incluyendo producción científica estimada que será evaluada al justificar la ayuda.

En las tres modalidades habrá de presentarse justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómica, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VI-PPIT, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.

Asimismo, quien haya recibido una ayuda de movilidad, no haciendo uso de ella y no haya renunciado dentro del ejercicio en el que se le concedió, se imputará como ayuda concedida.

4. Solicitudes y plazos de presentación.

La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática, presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Se ajustarán al modelo que se adjunta a estas bases y que se encuentra en la página web del Vicerrectorado de Investigación. La CI-US podrá requerir información complementaria.

Para las movilidades A y C, habrá un único plazo de presentación de solicitudes que permanecerá abierto desde el 15 de octubre al 15 de diciembre de 2018. Deberán realizarse durante la anualidad 2019.

En el caso de la modalidad B, el plazo de solicitudes estará abierto desde el 15 de octubre de 2018 hasta el 30 de julio de 2019. En la medida en que la apertura del plazo de presentación de esta modalidad lo permita, las solicitudes deberán presentarse con un mínimo de 1 mes de antelación a la celebración del congreso, que deberá tener lugar durante el ejercicio 2019.

5. Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.

La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los siguientes criterios:

Para la modalidad A:

  • 25%: CV abreviado del solicitante (últimos 5 años).
  • 20%: programa de trabajo a desarrollar, incluyendo producción esperada expresada en los términos usuales en cada rama del conocimiento.
  • 10%: becario o contrato predoctoral o PDI que haya defendido su Tesis Doctoral como máximo, 2 años antes de la presentación de su solicitud.
  • 45%: excelencia investigadora del centro o del grupo de investigación receptor, aportando indicios que acrediten su calidad y su grado de internacionalización.

Para la modalidad B:

  • 25%: CV abreviado del solicitante (últimos 5 años).
  • 75%: entidad, naturaleza y repercusión de la actividad (indicando expresamente el tipo de participación conferencia plenaria, conferencia invitada, comunicación oral), así como la visibilidad de la US. Se establece un umbral mínimo de 75 puntos sobre 100 para tener opción a esta ayuda.

Para la modalidad C:

  • 25%: CV abreviado del solicitante (últimos 5 años).
  • 40%: programa de trabajo a desarrollar, incluyendo producción esperada expresada en los términos usuales en cada rama del conocimiento.
  • 35%: méritos académicos y científicos del investigador visitante. La resolución se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación, siendo ésta la fecha de notificación a todos los efectos.

6. Obligaciones de los beneficiarios.

  1. Ejecutar en los plazos previstos la estancia y el programa de investigación incluidos en la solicitud.
  2. Concedida la ayuda, el beneficiario deberá disponer de la comisión de servicios o de la autorización de desplazamiento reglamentarias.
  3. Comunicar al Vicerrectorado de Investigación, previo al desplazamiento, las modificaciones de periodo, centro o programa de actividades que pudieran producirse, al objeto de obtener la pertinente autorización.
  4. Para las 3 modalidades, los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación, dentro del mes posterior a la finalización de la estancia o desde la publicación de la ayuda caso de que el desplazamiento se haya efectuado antes de la resolución, la documentación indicada en el documento “normas justificación” publicado en la web del Vicerrectorado de Investigación. http://investigacion.us.es/area-investigacion/procedimientos/gestion-plan-propio
  5. La CI-US evaluará la justificación remitida y el grado de cumplimiento del Plan de Trabajo. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.
  6. Caso de disponer de financiación por proyectos o ayudas a la investigación gestionados por el área de Investigación de la US, deberán comunicarlo en el momento de presentar la documentación justificativa del pago.
  7. No existe la posibilidad de traspaso entre gastos de desplazamiento y de estancia.
  8. Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VI PPIT-US.

 

 

ANEXO

Cuantías aplicables a las ayudas de movilidad

Las cuantías que se indican a continuación deben entenderse como ayuda máxima por cada periodo de concesión. La justificación del anticipo mediante la presentación de los documentos originales (billete, recibos, etc.), determinará la cuantía exacta de la ayuda a percibir.

Los desplazamientos al extranjero deberán realizarse en medios públicos de transporte.

En territorio nacional, sólo podrá autorizarse el uso de vehículo privado en casos justificados mediante escritos motivados y previa autorización del Vicerrector de Investigación. En este caso se aplicarán las tarifas de indemnización fijadas por la Junta de Andalucía.

Sólo se subvencionarán los gastos derivados de un viaje de ida y de uno de vuelta. No se pagará exceso de equipaje ni ningún concepto que incremente el coste del billete.

Modalidades A o C:

I. Gastos de desplazamiento:

Territorio nacional (a excepción de las Islas Canarias) y Portugal: hasta 200 €

Islas Canarias, países de la UE, resto de Europa y norte de África: hasta 600 €

Resto del mundo: hasta 1.200 €

II. Indemnización por estancia:

Territorio nacional, Portugal y norte de África: hasta 20 € / día

Resto del mundo: hasta 40 € /día

Modalidades B:

Territorio nacional (a excepción de las Islas Canarias) y Portugal: hasta 300 €

Islas Canarias, países de la UE, resto de Europa y norte de África: hasta 600 €

Resto del mundo: hasta 1.200 €

Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla