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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN | |||
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Ayudas para la elaboración y presentación de proyectos de convocatorias públicas de I+D+I
CONV-144Incentivar la elaboración y presentación de proyectos de investigación a las convocatorias nacionales, internacionales y autonómicas de ayudas a la investigación por parte de los Grupos de Investigación de la Universidad de Sevilla.
Plazos:
- 05/10/2009 - 31/12/2009
1. Objeto de la convocatoria
Incentivar la elaboración y presentación de proyectos de investigación a las convocatorias nacionales, internacionales y autonómicas de ayudas a la investigación por parte de los Grupos de Investigación de la Universidad de Sevilla.
Se contemplan dos tipos de ayuda:
- Ayudas para fomentar la participación de investigadores o de grupos de investigación en convocatorias nacionales o autonómicas.
- Ayudas dirigidas a fomentar la participación de investigadores o grupos de investigación en convocatorias europeas, así como en la formación de consorcios de I+D+I (p.e. Ciber, Consolider, Cenit, etc.).
2. Dotación y cuantía de las ayudas.
Para el curso 2009/2010 se establece una cuantía total de 60.000€.
- La subvención por proyecto no podrá superar la cantidad de 3.000€ para la ayuda de tipo A.
- La subvención por proyecto no podrá superar la cantidad de 4.000€ para la ayuda de tipo B, siendo el máximo de 6.000€ en el caso de que el equipo sea el coordinador del proyecto completo.
3. Requisitos de los solicitantes.
Podrán participar en esta convocatoria todos los investigadores doctores pertenecientes a Grupos de Investigación de la Universidad de Sevilla catalogados en el PAIDI y que cumplan los siguientes requisitos:
- Los solicitantes, además de aceptar las bases de esta convocatoria, deberán presentar la idea de un proyecto de investigación a elaborar para su presentación en la convocatoria pública de I+D+I de la modalidad
correspondiente A o B para la que solicita la ayuda. - Los solicitantes se comprometerán explícitamente a concluir la elaboración del
proyecto de investigación y a presentarlo en la inmediata convocatoria pública correspondiente al programa para el que solicita la ayuda. - El solicitante de la ayuda deberá constar como Investigador Principal (IP) del proyecto presentado y no podrá estar incluido, en el momento de la solicitud de estas ayudas, como investigador responsable en ningún otro proyecto activo de las convocatorias a las que se refiere la ayuda.
- El equipo de investigación deberá contar con un mínimo de cuatro doctores, incluido el IP, que deberá ser profesor en activo a tiempo completo de la Universidad de Sevilla.
- Para las solicitudes en la Modalidad A, al menos el 50% de los componentes del
equipo, incluido el IP, aspirante a la ayuda nunca debe haber participado, ni como IPs ni como investigadores, en convocatorias del tipo para el que solicitan la ayuda. - Para las solicitudes en la Modalidad B, el IP del equipo aspirante a la subvención no debe haber participado en los últimos 3 años, ni como IP ni como investigador, en convocatorias del tipo para la que solicita la ayuda.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
- Las solicitudes a esta convocatoria vendrán avaladas por el responsable del Grupo de Investigación o por el coordinador de la red, en su caso, y firmadas por el Investigador Principal, cuando éste no sea a su vez responsable del
Grupo de Investigación. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se adjunta a estas bases y que se encuentra en la página web del Vicerrectorado de Investigación y se presentarán en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil. - El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día 5 de octubre hasta el día 31 de diciembre de 2009.
5. Resolución de la convocatoria.
- La Comisión de Investigación, a propuesta de sus subcomisiones de rama de conocimiento, resolverá esta convocatoria valorando las solicitudes con arreglo a los siguientes criterios:
- La calidad y viabilidad del proyecto presentado.
- La productividad científica de los últimos cinco años del Grupo de Investigación al que pertenezca el investigador principal y el resto del
equipo de investigación del proyecto a elaborar. - El carácter multidisciplinar del proyecto a elaborar y la constitución de una red de grupos de investigación para la ejecución del mismo.
- La cuantía de la subvención vendrá determinada por los gastos admisibles previstos en la memoria que acompañará a la solicitud y será abonada al 50% en el momento de la concesión y el resto una vez que se cumpla la obligación establecida en la base 6.1. En caso de no cumplirse dicha obligación, el solicitante vendrá obligado a reintegrar la ayuda recibida.
- La resolución motivada de la Comisión de Investigación se comunicará por escrito a cada solicitante y se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación, entendiéndose la fecha de publicación como inicio del plazo de presentación de alegaciones o recursos.
- Los expedientes de las solicitudes no seleccionadas quedarán a disposición de los solicitantes durante los dos meses posteriores a la fecha de la resolución.
6. Obligaciones de los beneficiarios.
- Presentar el proyecto de investigación a la próxima convocatoria autonómica, nacional o europea de ayudas a la investigación y entregar una copia de dicha solicitud al Vicerrectorado de Investigación.
- Destinar el importe de la subvención a cubrir los gastos iniciales de elaboración y preparación del proyecto, quedando excluidos los gastos de retribuciones de personal, la dotación de becas o la adquisición de bienes inventariables.
Enlaces generales: