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Letras Universidad de Sevilla

I.6.Ayudas para movilidad internacional del personal dedicado a la investigación



Referencia: CONV-737

Convocante: Universidad de Sevilla

Tipo: Proyectos y Ayudas a la Investigación » Universidad de Sevilla » V Plan Propio

Descripción: Facilitar la movilidad del PDI y del personal contratado dedicado a tareas de investigación con el objeto de intensificar la actividad investigadora y fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la US.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Amparo Rocío Flores, tlfno: 954488128, email
  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
  • Inmaculada Ruibérriz de Torres Murcia, tlfno: 954488140, email
  • Mª Dolores Carmona López, tlfno: 954488140, email
  • Elena Pérez Serrano. (Sólo consultas técnicas sobre la aplicación telemática), email

Plazos:

  • Modalidad B   01/02/2013 - 31/10/2013
  • Modalidades A y C   01/03/2013 - 30/04/2013

Bases de la Convocatoria:

1. Objeto de la convocatoria.
Facilitar la movilidad del PDI y del personal contratado dedicado a tareas de investigación con el objeto de intensificar la actividad investigadora y fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la US.
Estas ayudas se podrán aplicar a las siguientes actividades:
A. Estancias breves en otras Universidades o Centros de Investigación que tengan un marcado reconocimiento internacional.
B. Participación en congresos de carácter internacional con presentación de comunicación.
C. Estancias breves en la US de profesores e investigadores de reconocido prestigio de otras Universidades o Centros de Investigación.

2. Dotación y cuantía de las ayudas.
Para la presente convocatoria se destinará una dotación de 220.000 €, y para cada ayuda se aplicarán las cuantías que se recogen en el Anexo de las presentes bases. Se determinarán en función de las disponibilidades presupuestarias.
La ayuda concedida se destinará a gastos de desplazamiento y estancia del beneficiario en el centro o centros en los que realice el programa de investigación. La cuantía de la ayuda se establecerá de acuerdo a la duración de la estancia y el destino del solicitante y no supondrá merma alguna de los haberes a percibir durante su estancia en otro centro.

Para las modalidades A y C no se financiarán estancias inferiores a 30 días ni superiores a 90 días, en uno o varios centros de investigación, con independencia de que se pueda solicitar autorización para estancias superiores a 3 meses si el período formativo de la estancia lo requiere.

A lo largo del VPPI-US, se concederá, como máximo, lo siguiente:
Modalidad A: se concederá, como máximo, ayudas hasta un total de 6 meses de estancia.
Modalidad B: se concederá un máximo de 1 ayuda por solicitante dentro del VPPI y 1 ayuda
por grupo de investigación para asistencia al mismo congreso.
Modalidad C: tendrá prioridad los solicitantes que no hayan recibido esta ayuda previamente.

3. Requisitos de los solicitantes.
Se deberán cumplir con las normas generales señaladas en el VPPI-US. De manera más específica, pueden solicitar estas ayudas:

  1. Para la modalidad A:
    1. El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades, salvo los beneficiarios de las acciones destinadas a contratos predoctorales o de PIF propias de la US, por disponer estos de un programa específico de ayuda a la movilidad.
    2. El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la investigación.
  2. Para la modalidad B:
    1. El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades.
    2. El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la investigación.
  3. 3. Para la modalidad C:
    1. Los Departamentos.
    2. Los Institutos de Investigación.
    3. Los Grupos de Investigación de la US reconocidos en el PAIDI.

Además, se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. Para las modalidades A y B, en caso de ser personal contratado a tiempo determinado, el contrato debe estar vigente en la fecha de la convocatoria y durante el periodo completo de disfrute de la ayuda.
  2. El personal predoctoral de los definidos en el artículo 94.1 del Estatuto de la US deberán contar con más de 6 meses de antigüedad en su vinculación con la US para disfrutar de las modalidades A y B.
  3. Para las tres modalidades, concedida la ayuda, el beneficiario deberá contar con la licencia de estudios reglamentaria.
  4. Disponer del documento de aceptación del centro receptor, con expresión de la duración de la estancia para la modalidad A o la aceptación o carta de invitación del comité organizador del congreso internacional de la comunicación o ponencia que se presentará para la modalidad B.
  5. En las modalidades A y C se tendrá que presentar un programa de la investigación a desarrollar por los beneficiarios de la ayuda, incluyendo producción científica estimada que será evaluada al justificar la ayuda.
  6. En las tres modalidades habrá de presentarse justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómica, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VPPI-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.

4. Solicitudes y plazos de presentación.

  1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que puede obtenerse en la página web del Vicerrectorado de Investigación.
  2. Las solicitudes deberán venir acompañadas de la documentación que se reseña en el modelo que se anexa.
  3. Para todas las movilidades de modalidades A y C, que deben iniciarse durante el ejercicio 2013, habrá un único plazo de presentación de solicitudes que permanecerá abierto desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril de 2013.
  4. En el caso de la modalidad B, el plazo de solicitudes estará abierto desde el 1 de febrero hasta el 31 de octubre de 2013. En la medida que la apertura del plazo de presentación de esta modalidad lo permita, las solicitudes deberán presentarse con un mínimo de 2 meses de antelación a la celebración del congreso, que deberá tener lugar durante el ejercicio 2013.

5. Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los siguientes criterios:
Para la modalidad A:

  1. 30%: curriculum vitae del solicitante (últimos 5 años).
  2. 35%: programa de trabajo a desarrollar, incluyendo producción esperada expresada en los términos usuales en cada rama del conocimiento.
  3. 35%: excelencia investigadora del centro (aportando indicios que acrediten su calidad) y del grupo de investigación receptor.

Para la modalidad B: 

  1. 30%: curriculum vitae del solicitante (últimos 5 años).
  2. 70%: entidad, naturaleza y repercusión de la actividad, así como la visibilidad de la US.

Para la modalidad C:

  1. 30%: curriculum vitae del solicitante.
  2. 35%: programa de trabajo a desarrollar, incluyendo producción esperada expresada en los términos usuales en cada rama del conocimiento.
  3. 35%: méritos académicos y científicos del investigador visitante.

Con carácter general, en caso de no aportar los indicios de calidad cuando éstos sean requeridos, no será evaluada la solicitud.
La resolución motivada de la CI-US de Investigación se comunicará por escrito a cada solicitante y se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación, entendiéndose la fecha de publicación como inicio del plazo de presentación de alegaciones o recursos

6. Obligaciones de los beneficiarios.

  1. Ejecutar en los plazos previstos la estancia y el programa de investigación incluidos en la solicitud.
  2. Concedida la ayuda, el beneficiario deberá solicitar la licencia de estudios reglamentaria.
  3. Comunicar al Vicerrectorado de Investigación las modificaciones de periodo, centro o programa de actividades que pudieran producirse, al objeto de obtener la pertinente autorización.
  4. Para las modalidades A y C, los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación, dentro del mes posterior a la finalización de la estancia, memoria científica (incluyendo resultados mensurables) y económica de la ayuda concedida para su evaluación, así como documentación acreditativa de la duración de la estancia. La CI-US evaluará la justificación remitida y el grado de cumplimiento del Plan de Trabajo. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida. El procedimiento justificativo de gastos se hará según lo señalado en la página web del Vicerrectorado (instrucciones anticipo y justificación). Caso de disponer de financiación por proyectos o ayudas a la investigación gestionados por el área de Investigación del US, deberán comunicarlo en el momento de presentar la documentación justificativa del pago. No existe la posibilidad de traspaso entre gastos de desplazamiento y de estancia.
  5. Para la modalidad B, presentar certificado de asistencia al congreso y factura de alojamiento.
  6. Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VPPI-US.

ANEXO: Cuantías aplicables a las ayudas de movilidad.

Modalidades A o C:

I. Gastos de desplazamiento:

  1. Territorio nacional: hasta 180 €
  2. Países de la UE, resto de Europa y norte de África: hasta 600 €
  3. Resto del mundo: hasta 1.200 €

Estas cuantías deben entenderse como ayuda máxima por cada periodo de concesión. La justificación del anticipo mediante la presentación de los documentos originales (billete, recibos, etc.) determinará la cuantía exacta de la ayuda a percibir.
Los desplazamientos al extranjero deberán realizarse en medios públicos de transporte. En territorio nacional, sólo podrá autorizarse el uso de vehículo privado en casos justificados mediante escritos motivados y previa autorización del Vicerrector de Investigación. En este caso se aplicarán las tarifas de indemnización fijadas por la Junta de Andalucía. En cualquier caso, sólo se subvencionarán los gastos derivados de un viaje de ida y de uno de vuelta. No se pagará exceso de equipaje.

II. Indemnización por estancia:

  1. Territorio nacional y norte de África: hasta 20 € / día 
  2. Resto del mundo: hasta 40 € /día

Modalidades B:

  1. Territorio nacional: hasta 300 €
  2. Países de la UE, resto de Europa y norte de África: hasta 600 €
  3. Resto del mundo: hasta 1.200 €

 

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