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Letras Universidad de Sevilla

Convocatoria de ayudas de la US para el Programa H2020



Referencia: CONV-942

Convocante: Universidad de Sevilla

Tipo: Proyectos y Ayudas a la Investigación » Universidad de Sevilla

Descripción: Plan de apoyo a la participación de investigadores de la Universidad de Sevilla en el Programa Europeo de Horizonte 2020 (H2020)

Enlaces:

Archivos:


Bases de la convocatoria:

Descripción: Esta convocatoria tiene como finalidad promover y facilitar la participación de investigadores de la Universidad de Sevilla en proyectos europeos de I+D+i. El Programa H2020 es la principal herramienta de financiación europea de una investigación de calidad y en la frontera de los conocimientos.
Este Plan de Apoyo se articula en cuatro acciones a los que los interesados pueden presentar su solicitud al Vicerrectorado de Investigación:

  1. Ayuda a la formación, información y difusión del Programa H2020
  2. Ayuda a la formación de consorcios para participación en H2020
  3. Ayuda para la participación en el Programa de Retos Sociales de H2020
  4. Ayuda para la participación en el Programa Ciencia Excelente de H2020

Su dotación económica asciende a 100.000€ a distribuir entre estas acciones en las dos convocatorias establecidas.

Documentación:
Una vez cumplimentado el modelo de solicitud, deberá presentarse junto al resto de documentación requerida, en el Registro General de la Universidad de Sevilla (preferentemente, el Registro Auxiliar del Pabellón de Brasil) dentro de los plazos establecidos. También se podrá presentar por el Registro Telemático de la US, siendo necesaria la firma electrónica. Acceso directo: Procedimiento
genérico.

1. Objeto de la convocatoria
Promover y facilitar la participación de investigadores de la Universidad de Sevilla en proyectos europeos de I+D+i con la finalidad de impulsar la investigación de la Universidad de Sevilla en el contexto europeo y la captación de recursos económicos que posibiliten una investigación de calidad.
Estas ayudas se podrán solicitar a las siguientes acciones:

  1. Ayuda a la formación, información y difusión del Programa H2020.
    Acción específica dirigida a apoyar la asistencia a eventos de difusión de H2020 y a cursos de formación específica para la elaboración y presentación de propuestas, etc.
  2. Ayuda a la formación de consorcios para participación en H2020.
    Acción específica dirigida a apoyar la movilidad de los investigadores para la creación o participación de consorcios; organización de eventos para la preparación de propuestas, etc.
  3. Ayuda para la participación en el Programa de Retos Sociales de H2020.
    Acción específica dirigida a apoyar la elaboración de propuestas al Programa de Retos Sociales: asesoría y redacción.
  4. Ayuda para la participación en el Programa Ciencia Excelente de H2020.
    Acción específica dirigida a apoyar la elaboración de propuestas al Programa de Ciencia Excelente: asesoría y redacción.

2. Dotación y cuantía de las ayudas
Para la presente convocatoria se destinará una dotación de 100.000€, a distribuir entre las cuatro acciones establecidas.
La distribución de esta dotación es la siguiente:

  1. Ayuda a la formación, información y difusión del Programa H2020: 10.000€
  2. Ayuda a la formación de consorcios para participación en H2020: 30.000€
  3. Ayuda para la participación en el Programa de Retos Sociales de H2020: 30.000€
  4. Ayuda para la participación en el Programa Ciencia Excelente de H2020: 30.000€

Las ayudas concedidas se destinarán a cubrir los conceptos señalados en el apartado anterior.
Subvención: hasta 5.000€ por solicitud.

3. Requisitos de los solicitantes.
Pueden solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la US. En caso de ser personal contratado a tiempo determinado, el contrato debe estar vigente en el momento de la solicitud y también de ejecución de la actividad.

4. Solicitudes y plazos de presentación.
Las solicitudes a presentar se ajustarán al modelo específico de esta convocatoria, que se adjunta.
Para todas las acciones se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:

  • Primer plazo: desde el 18 de mayo de 2015 al 18 de junio de 2015
  • Segundo plazo: desde el 15 de septiembre de 2015 al 15 de octubre de 2015

5. Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
Una comisión, creada al efecto dentro del Vicerrectorado de Investigación de la US, valorará las convocatorias aplicando los siguientes criterios:

  • 30%: Curriculum vitae del solicitante y/o equipo investigador (últimos 5 años).
  • 40%: Calidad y viabilidad de la actividad presentada.
  • 20%: Contribución al interés estratégico de la investigación de la US.
  • 10%: Entidad, naturaleza y repercusión de la actividad (indicando expresamente el tipo de participación), así como la visibilidad de la US.

En su distribución se tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, las cinco ramas del conocimiento establecidas por la Comisión de Investigación de la US.
La comisión estará conformada por los siguientes miembros:

  • Vicerrector de Investigación de la US (Presidente)
  • Director del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Empredimiento de la US
  • Director del Secretariado de Internacionalización de la US
  • Director del Secretariado de Formación y Evaluación del Profesorado
  • Directora del Secretariado de Promoción y Análisis de la Investigación (Secretaria)

Evaluadas las solicitudes presentadas por los candidatos, el Vicerrector de Investigación resolverá la presente convocatoria, previa propuesta de la comisión de valoración.
La cuantía de la subvención vendrá determinada por los gastos admisibles previstos en la memoria que acompañará a la solicitud.
Se abonará el 50% en el momento de la concesión y el resto una vez que se presente la documentación acreditativa de realización de la actividad para la que se ha concedido la ayuda.
La indemnización de dietas en caso de desplazamiento se ajustará a las establecidas en los Proyectos de I+D+i del MINECO.
En caso de no realizar la actividad y/o de no presentar la propuesta, el solicitante deberá reintegrar la ayuda recibida.

6. Justificación económica de las ayudas obtenidas.
La cantidad concedida estará disponible mediante la apertura de un proyecto, con su correspondiente orgánica, a nombre del beneficiario de la ayuda.
La gestión del importe concedido se realizará siguiendo las mismas instrucciones que en la justificación de proyectos de investigación. Dichas instrucciones se encuentran disponible en:
http://investigacion.us.es/area-investigacion/procedimientos#area-investigacion
Las órdenes de pago y documentación justificativa (facturas, etc...) deberán ser remitidas al Área de Investigación - Servicio de Fiscalización y Pagos.

7. Obligaciones de los beneficiarios.
1. Comprometerse de forma explícita a realizar la actividad para la que ha recibido la ayuda.
2. Ejecutar en los plazos previstos la actividad prevista en la solicitud y en caso de presentación de propuesta, presentarla en la primera convocatoria pública correspondiente al programa oficial de I+D+i para el que solicita la ayuda.
3. Notificar al Vicerrector de Investigación de la US cualquier modificación de las condiciones o plazos aprobados.
4. Remitir al Vicerrectorado de Investigación, dentro del mes posterior a la finalización de la actividad, la documentación acreditativa de haber realizado las acciones para las que se ha recibido la ayuda.
5. Destinar el importe de la subvención a cubrir los gastos contemplados en esta convocatoria, quedando expresamente excluidos los gastos de retribuciones de personal, la dotación de becas o la adquisición de bienes inventariables.
6. Mencionar de manera expresa en todas las actividades derivadas de las acciones subvencionadas que la actividad ha sido financiada por el Vicerrectorado de Investigación.
7. Justificar la ayuda recibida mediante la presentación de los documentos originales de los gastos realizados (billetes, facturas, etc.) y una memoria explicativa de la actividad.
El incumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios de las ayudas podrá ocasionar la suspensión y/o revocación de las mismas. La ausencia de justificación o que ésta sea inadecuada podrá suponer el reembolso de la ayuda obtenida.

8. Recursos
Contra las resoluciones cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición en el plazo de un mes o bien, directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla