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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN | |||
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I.5. Ayudas para el uso de los Servicios Generales de Investigación.
VIPPIT-2019-I.5Ayudar a los investigadores de la US a cubrir los gastos derivados del uso del equipamiento científico – técnico de los SGI de la US.
1. Objeto de la convocatoria.
Acción destinada a ayudar a los investigadores de la US a cubrir los gastos derivados del uso del equipamiento científico – técnico de los SGI de la US.
2. Dotación y cuantía de las ayudas.
Se establece una dotación de 30.000 € para la anualidad de 2019, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
La ayuda máxima no podrá exceder de 3.000 € anuales.
3. Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.
Podrán solicitar estas ayudas los profesores o los grupos de investigación de la Universidad de Sevilla.
4. Solicitudes y plazos de presentación.
La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática, presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
Se ajustarán al modelo que se adjunta a estas bases y que se encuentra en la página web del Vicerrectorado de Investigación. La CI-US podrá requerir información complementaria.
Deberá acompañarse de la siguiente documentación en formato electrónico:
- Memoria en la que se justifique de la necesidad investigadora para la utilización de los SGI
- Resultados de la producción científica asociada a la investigación para la que se solicita la ayuda, centrada en los años 2016 – 2018
- Presupuesto autorizado por los SGI en el que se distribuyan partidas, si procede, entre distintos SGIs de acuerdo a lo indicado en memoria de necesidad investigadora.
La CI-US podrá requerir información complementaria.
Plazo de presentación de solicitudes: 15 de octubre de 2018 - 31 de julio de 2019.
5. Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
Se valorará fundamentalmente lo siguiente:
A. 50%: producción científica asociada a la investigación para la que se solicita la ayuda, centrada en los 3 años previos a la presente anualidad.
B. 50% memoria de la actividad investigadora en la que se enmarca la solicitud de la ayuda.
En todo caso, deberá quedar claramente justificada la necesidad del uso de los SGI y la dificultad de cubrir totalmente los gastos derivados de ese uso.
Estas ayudas se podrán resolver de oficio a propuesta de la Dirección del Secretariado de CISI y ratificarse posteriormente en CI.
El resultado de la adjudicación se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación, siendo ésta la fecha de notificación a todos los efectos.
6. Obligaciones de los beneficiarios.
- Destinar el importe de la ayuda a la finalidad para la que se ha solicitado, y realizar el gasto de los análisis durante 2019.
- Incluir la mención al plan propio en los resultados de investigación que eventualmente se produzcan.