Universidad de Sevilla

Vicerrectorado de Investigación

Dotación de recursos humanos para la investigación » Universidad de Sevilla » VI Plan Propio

II.1. Programa de Becas de iniciación a la investigación.


El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y la iniciación a la investigación de los estudiantes de la US que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico, mediante un plan de formación básica en investigación centrado en un trabajo de investigación tutelado. Se estructura en 2 modalidades: Modalidad A. Estudiantes de grados de la US que estén en el último curso de su titulación. Modalidad B. Estudiantes de másteres oficiales de la US.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140

Bases de la Convocatoria:


1. Objeto de la convocatoria.

El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y la iniciación a la investigación de los estudiantes de la US que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico, mediante un plan de formación básica en investigación centrado en un trabajo de investigación tutelado.

Se estructura en 2 modalidades:

Modalidad A. Estudiantes de grados de la US que estén en el último curso de su titulación.

Modalidad B. Estudiantes de másteres oficiales de la US.

En ambas, la dirección del trabajo será a cargo de un profesor doctor de la US que imparta docencia en la titulación o máster que esté cursando el solicitante.

2. Dotación y cuantía de las ayudas.

Modalidad A. Estudiantes de grado de la US.

Se dotarán hasta 50 becas, a distribuir a razón de 10 por cada una de las ramas del conocimiento establecidas por la CI-US.

Tendrán una financiación mínima de 1.250 € y máxima de 1.750 €, a distribuir de la siguiente manera:

- 1.250 € con la concesión de la beca, que se repartirá según quede recogido en las bases anuales, y que puede comenzar desde ese momento y durar hasta la finalización del curso.

- 500 € tras formalizar la matrícula en un máster oficial de la US o, en los grados que den acceso directo al programa de doctorado, tras formalizar la matrícula en el programa, en el curso inmediatamente siguiente al disfrute de la ayuda.

Modalidad B. Estudiantes de másteres oficiales de la US.

Se dotarán hasta 20 becas por convocatoria anual, 4 por cada rama del conocimiento. En esta modalidad, se podrán dotar becas participadas con empresas o instituciones; en estos casos, cada 2 becas computan como una en el total de 20.

Tendrán una dotación mínima de 1.500 € y máxima de 1.750 €, a distribuir de la siguiente manera:

- 1.500 € con la concesión de la beca, que se repartirá según quede recogido en las bases anuales, y que puede comenzar desde ese momento y durar hasta la finalización del curso o máster. En el caso de que haya participación por una empresa o institución, ésta cofinanciará el 70% de la beca.

- 250 € tras formalizar la matrícula en un programa de doctorado en el curso inmediatamente siguiente al disfrute de la ayuda.

Estas becas, en sus dos modalidades, son incompatibles con la concesión de otras becas (por ejemplo, becas de colaboración) o ayudas con la misma finalidad (grado o master, respectivamente), y sólo se podrá disfrutar una vez.

Se recuerda la reserva del 5% de los contratos para la cuota de personas con discapacidad igual o superior al 33%, para ambas modalidades (ver normas generales).

3. Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.

Por parte de los solicitantes:

Modalidad A.

  1. Estudiantes de grado de la US que no le resten más del 25% de los créditos para finalizar el grado y no menos del 12,5%.
  2. Entre estos créditos, no debe haber asignaturas de los 2 primeros cursos de la titulación en los grados de 4 años, o de los 3 primeros en los grados de más de 4 años.
  3. Deberán tener una nota media igual o superior a 7.0 en escala de 0 a 10 (o similar en otra escala), ponderándose la nota media de acuerdo a la titulación.
  4. En caso de simultaneidad de estudios, se tendrá en cuenta que los requisitos se cumplan en la titulación para el departamento para la que se solicita la beca.
  5. No haber disfrutado previamente de becas de iniciación.

Modalidad B.

  1. Estudiantes de un máster oficial de la US.
  2. Deberán haber obtenido una nota media igual o superior a 7.0 en escala de 0 a 10 (o similar en otra escala) en el grado, ponderándose la nota media de acuerdo a la titulación.
  3. No haber disfrutado previamente de becas de iniciación en esta modalidad.
  4. Tendrán preferencia quiénes tampoco la hayan disfrutado durante el grado.

Para las 2 modalidades:

Por parte del director:

  1. La dirección del trabajo de investigación deberá estar a cargo de un PDI doctor vinculado a la US.
  2. El director de la investigación deberá contar al menos con una evaluación positiva de la actividad de investigación por la CNEAI. Excepcionalmente, en aquellos casos en los que por su situación académica esto no fuera posible, el director del trabajo deberá acreditar ante la Comisión de Investigación méritos equivalentes.
  3. Cada investigador sólo podrá apoyar la solicitud de una beca de iniciación en la presente anualidad. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas. 

4. Solicitudes y plazos de presentación.

Para ambas modalidades, las solicitudes se formalizarán a través de la aplicación informática, presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Se ajustarán al modelo que se adjunta a estas bases y que se encuentra en la página web del Vicerrectorado de Investigación. La CI-US podrá requerir información complementaria.

Deberá venir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.
  2. Memoria científica en la que se incluya el plan de trabajo a desarrollar.
  3. Informe del director. (Sobre la idoneidad de la candidatura del solicitante a la beca).
  4. Aceptación por parte del departamento.

En el caso de la modalidad B, además:

5.Certificación académica personal detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas (con puntuación sobre 10) y la fecha en que se obtuvieron, o fotocopia del expediente académico.

6. Fotocopia del resguardo de la matrícula.

Plazo de presentación de solicitudes (ambas modalidades):

5 - 30 de noviembre de 2020.

5. Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.

La CI-US valorará las solicitudes de acuerdo con el siguiente baremo:

Modalidad A.

1. 50%: expediente académico del solicitante, una vez ponderados los expedientes de cada titulación de acuerdo con el procedimiento aprobado por la CI-US (actas de la CI-US de 22 de febrero y 12 de junio de 2012), y normalizado al porcentaje de créditos que tenga aprobados.

Los datos académicos (estado de créditos y nota media) se obtendrán de oficio, por parte del Vicerrectorado de Investigación, a través del programa informático de gestión académica de la US. No se podrá tener en cuenta ningún mérito que figure en este programa informático que sea posterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitud.

2. 25%: interés, calidad y viabilidad del proyecto de investigación. La CI-US tendrá en cuenta la calidad de la memoria científica presentada, que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. La no presentación de una memoria adecuada será motivo de denegación de la ayuda.

3. 25%: trayectoria investigadora del director de la beca de los últimos 5 años.

Modalidad B.

  1. 50%: nota media del expediente académico del solicitante ponderada según titulación.

  2. 25%: memoria científica presentada, que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. La no presentación de una memoria adecuada será motivo de denegación de la ayuda

  3. 25%: capacidad investigadora y de formación doctoral del director de la beca de los últimos 5 años..

Quedarán excluidos de este programa los alumnos de máster de segundo año que hayan disfrutado de una Beca de Colaboración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en su primer año de máster.

No se concederá más de una ayuda por grupo de investigación dentro de esta modalidad.

En ambos casos se valorará positivamente la participación previa del candidato en la convocatoria de las Becas de Colaboración del Ministerio con una puntuación adicional de un 10%.

6. Obligaciones de los beneficiarios.

Modalidad A. Los beneficiarios de las ayudas deberán:

  1. Incorporarse al departamento o IUI de la US tras la concesión de la beca, y desarrollar el plan de trabajo propuesto durante la duración del curso académico. En el caso de que el becario finalice su condición de estudiante de la US antes de concluir el curso académico, se comprometerá a desarrollar el proyecto durante un período mínimo de 3 meses (si fuera necesario, se le dotaría del correspondiente seguro escolar).
  2. Presentar memoria justificativa de la actividad científica desarrollada (máximo: 1000 palabras), en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad. La memoria deberá incluir el visto bueno del director de la beca y del director del departamento o instituto universitario, y se remitirá al Vicerrectorado de Investigación.

El incumplimiento del Plan de Trabajo supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.

Modalidad B. Los beneficiarios de las ayudas deberán:

  1. Incorporarse al departamento o IUI de la US justo tras la resolución de esta convocatoria. El disfrute de estas ayudas, coincidirá con el curso académico en el que se esté cursando el correspondiente máster oficial.
  2. Deberá entregar en el Vicerrectorado de Investigación una memoria del trabajo de investigación realizado acompañada de un informe con la valoración de su director, antes del 30 de noviembre de 2021. El incumplimiento de esta condición supondrá la devolución de toda la ayuda percibida. (se enviará emails a los beneficiarios con el procedimiento y posibles modificación de plazos, en caso de retraso de la resolución).

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