III.3. Ayudas para actividades de Divulgación Científica.
Promover, mediante su financiación, la realización de actividades de divulgación científica de calidad orientadas al fomento de la cultura científica y tecnológica de la sociedad y a promocionar el interés de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma preferente, serán objeto de esta acción la realización de acciones que además tiendan a promocionar en la sociedad las actividades científicas y tecnológicas de la US.
Plazos:
- 05/11/2020 - 31/01/2021
Bases de la Convocatoria:
1. Objeto de la convocatoria.
Con estas ayudas se pretende promover, mediante su financiación, la realización de actividades de divulgación científica de calidad orientadas al fomento de la cultura científica y tecnológica de la sociedad y a promocionar el interés de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma preferente, serán objeto de esta acción la realización de acciones que además tiendan a promocionar en la sociedad las actividades científicas y tecnológicas de la US.
Estas actividades se vincularán a la Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i) de la US, perteneciente a la Red de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) del Ministerio de Economía y Competitividad.
2. Dotación y cuantía de las ayudas.
La dotación para el ejercicio 2021 será de 90.000 €.
Se concederán ayudas por un máximo de 4.000 €.
Una misma actividad no podrá recibir más de una subvención dentro de esta convocatoria del VI PPIT-US.
Se concederá como máximo una ayuda anual por grupo de investigación.
3. Requisitos de los solicitantes.
Además de los requisitos recogidos en las normas generales del VI PPIT-US, los equipos de trabajo que soliciten estas ayudas deberán estar dirigidos por un profesor doctor en activo a tiempo completo de la US.
4. Solicitudes y plazos de presentación.
- La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática, presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
- Se ajustarán al modelo que se adjunta a estas bases y que se encuentra en la página web del Vicerrectorado de Investigación.
- Deberá venir acompañada de la siguiente documentación.
- CVA del solicitante (ver normas generales).
- Proyecto detallado de la actividad a realizar, que deberá contener específicamente la descripción de la actividad propuesta, sus condiciones y fechas de desarrollo y una estimación de los costes de ejecución. Deberá llevarse a cabo durante el año 2021.
- Descripción del equipo de trabajo y de su participación.
La CI-US podrá requerir información complementaria.
4. Plazo de presentación de solicitudes: 5 de noviembre de 2020 - 31 de enero de 2021.
5. Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
Para la evaluación de las solicitudes y formulación de propuestas de adjudicación, la CI-US podrá recurrir a una comisión de expertos, que evaluará según el siguiente baremo:
- 20%: CVA del solicitante (últimos 5 años) (ver normas generales).
- 25%: calidad y viabilidad de la actividad que se pretende realizar en relación con los objetivos de la convocatoria
- 25%: descripción del equipo de trabajo y de su participación
- 30%: carácter divulgativo y su repercusión.
La CI-US adjudicará las ayudas a la vista de la propuesta de esta comisión de expertos.
6. Obligaciones de los beneficiarios.
- Destinar la ayuda a realizar la actividad prevista en la solicitud.
- El beneficiario de esta ayuda remitirá, dentro del mes siguiente a la realización de la actividad divulgativa, la justificación científica y económica de la ayuda concedida, para su evaluación por la CI-US, así como un resumen en un formato normalizado de la convocatoria.
- Con la concesión de la ayuda el solicitante accede a la publicación de dicho resumen en la memoria anual de actividades de divulgación de la US.
- Asimismo, se compromete a publicitar convenientemente durante la realización de la actividad y en el material generado asociado la ayuda recibida del VI PPIT-US.
- El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la revocación de la ayuda.