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Ayudas a Departamentos para Gastos de Investigación.


Acción específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los departamentos recogidas dentro del artículo 32.1 del Estatuto de la US.

Plazos:

  • Sólo para la Modalidad C.   01/01/2022 - 31/01/2022

Bases de la convocatoria,:


Objeto de la convocatoria.

Acción específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los departamentos recogidas dentro del artículo 32.1 del Estatuto de la US. Solo podrán atender a gastos directamente orientados a facilitar la actividad investigadora en el departamento, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.

Dotación y cuantía de las ayudas.

Para el ejercicio 2022 la CI-US acuerda una dotación global inicial de 450.000 € que se desglosará en tres modalidades:

A.  Ayuda básica

Dotación: 250.000 €. La distribución se realizará valorando los fondos captados por (i) investigación competitiva y (ii) contratos de investigación. Para los fondos captados por contratos de investigación, se establece un valor mínimo por área determinado en base al valor promedio de la financiación de los proyectos de investigación del Plan Estatal del área correspondiente. Para la anualidad 2022 el límite establecido para cada contrato es:

   Arte y Humanidades: 13.000 €

   Ciencias: 25.000 €

   Ciencias de la Salud: 30.000 €

   Ciencias Sociales y Jurídicas: 10.000 €

   Ingeniería y Arquitectura: 30.000 €

Se contabilizará la financiación obtenida en los años 2020 y 2021.

B.  Ayuda complementaria

Dotación: 50.000  €. Se distribuirá entre aquellos departamentos que hayan incorporado en el ejercicio anterior algún investigador doctor contratado, seleccionado en programas de incorporación de doctores en convocatorias oficiales, públicas y competitivas: Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Postdoctorales de Excelencia, Contratos de Acceso, Beatriz Galindo, Emergia y similares (previo acuerdo explícito por parte de la CI-US). Esta ayuda se concederá una sola vez por cada investigador contratado y se destinará a gastos de investigación directamente relacionados con la incorporación del investigador al departamento.

C.  Ayuda a la internacionalización de la investigación

Dotación: 150.000 €. Esta ayuda se distribuirá entre los departamentos valorando la productividad científica de los mismos: número de publicaciones internacionales acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, evolución de la productividad e indicios de calidad. Se analizarán los dos últimos años: 2020 – 2021.

Con cargo a las ayudas de las modalidades A y C, que no podrán superar la cantidad de 9.000 € cada una, los departamentos deberán atender a los gastos directamente relacionados con la actividad investigadora, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.

Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.

Serán beneficiarios de esta ayuda los departamentos de la US.

Solicitudes y plazos de presentación.

Modalidades A y B. De oficio.

Modalidad C.

La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el formulario de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine. Deberán estar firmadas por el/la Director/a del Departamento.

Se deberá adjuntar documentación (modalidad C) con información relativa a las aportaciones científicas con indicios de calidad (ver apartado “Criterios de concesión y resolución de la convocatoria” para más detalles)

Plazo de presentación de solicitudes: 1 de enero al 31 de enero de 2022.

Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.

Se aplicarán los criterios generales recogidos en el apartado 2 (dotación y cuantía de las ayudas). En el caso de la modalidad C, se podrá utilizar la información del departamento proporcionada desde PRISMA. Aquellos departamentos que no deseen hacer uso de PRISMA, deberán proporcionar la información sobre aportaciones ajustándose al modelo que se adjunta a estas bases. Esta información deberá contener explícitamente los indicios de calidad. Aquellas aportaciones sin indicios de calidad (base de datos de referencia, factor de impacto, cuartil, prestigio editorial según índices (SPI), etc.) no serán evaluadas.

Obligaciones de los beneficiarios.

Los departamentos podrán imputar los gastos derivados directamente de la actividad investigadora (con carácter generalista y no restrictivo).

 

Justificación de la ayuda.

Al corresponderle una orgánica individual a esta Acción, para justificar la ayuda, el Servicio de Ingresos y Justificaciones creará a nombre del solicitante, la orgánica correspondiente para el cargo de gastos.

Para consultas sobre la disponibilidad de la orgánica, le facilitamos como datos de contacto los siguientes correos y teléfonos: ">ingreso1@us.es">ingreso2@us.es (954487297)

Las ayudas que se gestionan con cargo a orgánicas individuales se tramitan como el presupuesto ordinario de la US, es decir, se fiscalizan en Intervención y se pagan en Gestión Económica.

Asimismo, para la gestión de facturas se deberán ajustar a la nueva Norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales, (http://servicio.us.es/patrimonio/)

Este procedimiento deberá ser iniciado por los Gestores del Centro de Gasto señalado en la solicitud de la Ayuda.


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