Ayudas a Institutos Universitarios de Investigación.
Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) recogidos en el artículo 40 del Estatuto de la US y aquellos que se deriven del desarrollo del Reglamento General de Investigación de la US.
Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
- Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140,
- Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
- Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140,
Plazos:
- 01/01/2022 - 31/01/2022
Bases de la convocatoria.:
Objeto de la convocatoria.
Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los Institutos Universitarios de Investigación (IUI) recogidos en el artículo 40 del Estatuto de la US y aquellos que se deriven del desarrollo del Reglamento General de Investigación de la US.
Con cargo a esta ayuda, los IUI sólo podrán atender a gastos directamente relacionados con su actividad investigadora, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.
Dotación y cuantía.
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación global que, dentro del periodo de vigencia del VII PPIT-US, proponga la CI-US en cada ejercicio, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La dotación de esta acción será de hasta 90.000 €.
Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda,
Podrán solicitar esta ayuda los directores de los Institutos Universitarios de la US.
Solicitudes y plazos de presentación.
La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el formulario de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
Deberá acompañarse de la siguiente documentación en formato electrónico:
- Fondos captados.
Se considerarán los dos años previos a esta anualidad (2020 y 2021) por (i) investigación competitiva y (ii) contratos de investigación por un valor mínimo que se establece para cada una de las cinco ramas del conocimiento, y que son determinados en base al valor promedio de la financiación de los proyectos de investigación del Plan Estatal de cada rama. Para la anualidad 2022 el límite establecido para cada contrato es:
Arte y Humanidades: 13.000 €
Ciencias: 25.000 €
Ciencias de la Salud: 30.000 €
Ciencias Sociales y Jurídicas: 10.000 €
Ingeniería y Arquitectura: 30.000 €
2. Resultados de la producción científica
Publicaciones internacionales acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla. Se evaluarán los dos años previos a esta anualidad (2020 y 2021). Esta información podrá ser proporcionada directamente desde PRISMA. En el caso de presentar directamente esta información (sin referencia a PRISMA), será necesario especificar los indicios de calidad de las aportaciones (base de datos de referencia, factor de impacto, cuartil, prestigio editorial según índices (SPI), etc.) para que sean evaluadas.
3. Programa de actuaciones del IUI.
Corresponderá a los dos años previos a esta anualidad (2020 y 2021).
Plazo de presentación de solicitudes: 1 de enero al 31 de enero de 2022.
Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
La distribución de esta ayuda se realizará valorando el programa de actuaciones presentado por los institutos, las publicaciones internacionales acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, y los fondos captados por investigación competitiva y por contratos de investigación.
Obligaciones de los beneficiarios.
Los IUI podrán imputar los gastos derivados directamente de la actividad investigadora (con carácter generalista y no restrictivo).
Justificación de la ayuda.
Al corresponderle una orgánica individual a esta Acción, para justificar la ayuda, el Servicio de Ingresos y Justificaciones creará a nombre del solicitante, la orgánica correspondiente para el cargo de gastos.
Para consultas sobre la disponibilidad de la orgánica, le facilitamos como datos de contacto los siguientes correos y teléfonos: ">ingreso1@us.es o ">ingreso2@us.es (9544-87297)
Las ayudas que se gestionan con cargo a orgánicas individuales se tramitan como el presupuesto ordinario de la US, es decir, se fiscalizan en Intervención y se pagan en Gestión Económica.
Asimismo, para la gestión de facturas se deberán ajustar a la nueva Norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales, (http://servicio.us.es/patrimonio/)
Este procedimiento deberá ser iniciado por los Gestores del Centro de Gasto señalado en la solicitud de la Ayuda.