Ayudas para Acciones específicas de Transferencia de Conocimiento.
Esta acción está orientada a fomentar la calidad de la protección de las investigaciones de la US a través de los correspondientes registros de patentes y demás títulos de propiedad industrial e intelectual, así como promover su internacionalización y posterior explotación comercial.
Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
- Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140,
- Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
- Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140,
Plazos:
- En las 3 modalidades. 10/11/2021 - 15/09/2022
Bases de la convocatoria.:
Se concretan en las 3 modalidades siguientes:
A. Registro de la propiedad industrial e intelectual
Objeto de la convocatoria.
Esta acción está orientada a fomentar la calidad de la protección de las investigaciones de la US a través de los correspondientes registros de patentes y demás títulos de propiedad insutrial e intelectual, así como promover su internacionalización y posterior explotación comercial.
Dotación y requisitos.
Esta convocatoria tendrá una dotación global de hasta 90.000 € por anualidad. Las ayudas solicitadas en el marco de esta convocatoria se canalizarán a través del Secretariado de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Se contemplan dos tipos de participación:
- Ayuda al registro de patentes y cualquier otro título de propiedad industrial e intelectual: La ayuda financiará las acciones llevadas a cabo para la protección de un resultado de investigación en la anualidad vigente. El coste máximo financiado al año no podrá superar los 3.000 €.
- Ayudas a la internacionalización. La ayuda financiará la internacionalización de los registros: presentación internacional PCT (Patent Cooperation Treaty) o entrada en fases nacionales, y todas las acciones requeridas durante la anualidad vigente. El coste máximo financiado al año no podrá superar los 5.000 €.
En el caso de co-titularidad con otros organismos públicos o privados, las ayudas serán por el porcentaje correspondiente a la US establecido según acuerdo previo. Podrá solicitar la ayuda el personal de la US con relación contractual con ella que aparezca como inventor de un resultado de investigación protegido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada por el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Solicitudes y plazos de presentación.
La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el formulario de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
Criterios de concesión.
Para la resolución de la convocatoria anual, la CI-US valorará principalmente los siguientes aspectos (modalidad 1 y 2):
- El cumplimiento de los requisitos de protección en el caso de patentes.
- Potencial explotación comercial, el tipo de resultado o tecnología a explotar, su nivel de desarrollo y su aplicación industrial.
- Expresión de interés de empresas en la explotación del resultado objeto de la ayuda.
En ambos casos, se considerará el compromiso de co-financiación del solicitante en las ayudas y la productividad de las ayudas anteriores solicitadas.
B. Ayudas para el desarrollo tecnológico de resultados de investigación: pruebas de concepto.
Objeto de la convocatoria.
Esta acción tiene como objetivo fomentar y acelerar la transferencia de conocimientos y resultados generados por nuestra Universidad en proyectos financiados por la AEI, así como la explotación de los mismos en forma de productos, bienes, aplicaciones o beneficios para la economía, la sociedad o la cultura.
Esta modalidad I.8B tiene su reflejo en las convocatorias anuales que la AEI publique sobre “Proyectos de Pruebas de Concepto (PDC)”, de forma que los IP cuyas solicitudes resulten denegadas en la Resolución anual de la AEI podrán beneficiarse de esta ayuda para optimizar la propuesta y concurrir nuevamente a la anualidad siguiente de la AEI.
Dotación y requisitos.
La dotación anual de esta acción será de hasta 35.000 € y la ayuda no podrá exceder de 5.000 €, salvo casos excepcionales.
Los costes elegibles serán destinados a las necesidades que el IP determine necesarios para optimizar la solicitud de prueba de concepto a la AEI o, en el caso de solicitudes que hayan sido denegadas, requieran optimizar la preparación en aspectos tales como:
a. Análisis de viabilidad técnica, comercial o social de los resultados.
b. Obtención de prototipos, demostración a escala piloto, pruebas con usuarios finales u otras actividades que permitan la validación del resultado, procesos o producto.
c. La colaboración con empresas u otros entes sociales que participen en la viabilidad de los resultados, pruebas a escala real, etc.
d. Protección del conocimiento y gestión estratégica de los derechos de propiedad industrial e intelectual (IPR), transferencia de conocimiento o explotación de resultados de investigación.
e. Acciones encaminadas a la explotación de resultados, elaboración de modelo de negocio, así como previsión de financiación para etapas posteriores
No se financiarán gastos propios de la investigación, sino aspectos que sean evaluables en la convocatoria de PDC de la AEI y que por sus particularidades requieran ser asesoradas por especialistas, profesionales o terceras partes. Se entiende que la asesoría y la subcontratación pudieran ser (aunque no exclusivamente) las formas más acertadas de ejecutar esta modalidad I.8B.
Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.
Podrán ser beneficiarios de esta ayuda aquellos IP que sean elegibles para participar en la convocatoria anual de “Proyectos de Pruebas de Concepto (PDC)”, así como aquellos IP que hayan participado en convocatorias anteriores de PDC y les haya sido denegada, pudiendo optar a esta ayuda siempre que vayan a participar en la siguiente convocatoria y sean elegibles para ello.
El criterio de elegibilidad estará alineado con la participación en los proyectos de pruebas de concepto de la AEI, esto es, los resultados objeto de la solicitud no pueden ser copropiedad de empresas ni haber sido licenciados ni transferidos a empresas u otros agentes.
Criterios de concesión.
Se evaluará la justificación técnica y económica de las actividades a desarrollar, particularmente su incidencia en optimizar la solicitud de PDC que se vaya a presentar a la AEI, así como el impacto social y/o económico de la actuación.
Se valorarán expresiones de interés (EoI) que empresas u otros agentes socioeconómicos potencialmente usuarios manifiesten en favor de los resultados que se pretenden trasladar a pruebas de concepto. Asimismo, se valorará tanto la posibilidad de cofinanciación como los resultados previos de la investigación y las actuaciones de transferencia realizados por el solicitante.
Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
C. Ayudas para valorización de resultados de investigación cuya titularidad corresponde a la US
Objeto de la convocatoria.
Esta acción tiene un doble objetivo:
- Generar valor a partir del capital intelectual de nuestra Universidad acercando a la
sociedad y facilitando su comercialización y/o la solución de problemas de la sociedad.
- Promover acciones de transferencia de los resultados de la investigación con potencial
comercial, estableciendo relaciones con el sector empresarial o con otras instituciones públicas o privadas.
Consistirá en la ayuda al desarrollo de actuaciones para su validación en condiciones reales y en actividades de “marketing” (búsqueda de socios, inversores y potenciales clientes finales), asesoramiento jurídico y otras acciones orientadas a facilitar la transferencia de los resultados.
Dotación y requisitos.
La dotación anual de esta acción será de hasta 15.000 € anuales, y la ayuda no podrá exceder de 4.000 €, salvo casos excepcionales. Los costes elegibles serán los derivados directa y exclusivamente del desarrollo de la actuación, y en ningún caso será elegible el gasto de personal.
Podrá solicitar la ayuda el PDI de la US que aparezca como inventor de un resultado de investigación protegido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada por el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Si hubiera cotitularidad con otra Institución o Empresa, la ayuda deberá ser complementada por los otros cotitulares en la medida de los porcentajes de participación.
Criterios de concesión.
Se evaluará la justificación técnica y económica de la memoria a desarrollar presentada y el impacto social y/o económico de la actuación. Se valorará tanto la posibilidad de cofinanciación como los resultados previos de la investigación y las actuaciones de transferencia realizados por el solicitante.
Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Requisitos de los beneficiarios de esta ayuda.
Podrá solicitar la ayuda el PDI de la US que aparezca como inventor de un resultado de investigación protegido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada por el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Solicitudes y plazos de presentación.
La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
Deberá venir acompañada de la siguiente documentación (aplicable a las 3 modalidades):
- Memoria con la actuación a realizar técnica y económica.
- Compromiso de cofinanciación.
Plazo de presentación de solicitudes (aplicable a las tres modalidades): 10 de noviembre de 2021 al 15 de septiembre de 2022.
Justificación de la ayuda.
Al corresponderle la orgánica general del PPIT a esta Acción, para la gestión de las facturas se deberán ajustar a la nueva norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales, procedimiento que deberán iniciar los Gestores del Centro de Gasto señalado en la solicitud de la Ayuda. (http://servicio.us.es/patrimonio/).
Para iniciar el procedimiento, los formularios y presupuestos, deberán ser enviados a ">cmenorinves@us.es (si se trata de un contrato menor) y ">amarcoinves@us.es (si se trata de un acuerdo marco).
Del abono de las facturas se encarga la Unidad de Gestión del PPIT y el Servicio de Fiscalización y Pagos.