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Letras Universidad de Sevilla

Ayudas a Empresas Basadas en el Conocimiento de la US.



Referencia: VIIPPIT-2022-I.9

Convocante: Universidad de Sevilla

Tipo: Proyectos y Ayudas a la Investigación » Universidad de Sevilla » VII Plan Propio » VII PPIT - FEDER Andalucía

Descripción: Esta ayuda, con dotación presupuestaria anual de hasta 25.000 €, está destinada a incentivar e impulsar iniciativas empresariales que se constituyan como Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC) de la US.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140, email
  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
  • Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140, email

Bases de la convocatoria.:

Objeto de la convocatoria.

Esta ayuda, con dotación presupuestaria anual de hasta 25.000 €, está destinada a incentivar e impulsar iniciativas empresariales que se constituyan como Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC) de la US.

Adicionalmente, se podrán aplicar estas ayudas para las EBC que necesiten, para su creación y funcionamiento, hacer uso de los espacios de incubación disponibles en las instalaciones de los SGI y espacios de investigación de la US, condicionadas a las disponibilidades anuales. En este caso las condiciones de instalación en los espacios de incubación de la US vendrán reguladas por un convenio.

Se establecen 2 modalidades:

A. Creación de EBC.

Se pretende impulsar la creación de EBC, cuyos objetivos empresariales se basen en la explotación de los resultados de investigación de los miembros de la US. Las ayudas máximas serán de 2.000 €.

Para la selección de las solicitudes según la convocatoria anual se tendra en cuenta:

  1. Viabilidad técnico-económica de la iniciativa, con posibilidad de retorno o capacidad de cofinanciación.
  2. Experiencia del equipo en el ámbito de la transferencia.
  3. Creación de puestos de trabajo cualificados.
  4. Se tendrá particularmente presente que la EBC vaya a realizar una explotación comercial de cualquier tipo de resultado de investigación protegido cuya titularidad corresponda a la US.
  5. Naturaleza de la actividad y descripción de la idea (si se pretende potenciar determinados sectores económicos o bien la complementariedad con las empresas anteriormente ubicadas).

Estará destinada para la valoración de las transferencias del conocimiento de la US a la empresa. Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.

B. Impulso de EBC

Constituidas en los últimos 5 años que tengan entre sus promotores a miembros del PDI de la US. El objetivo es potenciar actuaciones del PDI que mejoren el posicionamiento de la EBC en el sector empresarial.

Las ayudas máximas serán de 4.000 €. Para la selección de las solicitudes según la   convocatoria anual se tendrá en cuenta:

  1. Valoración de la transferencia del conocimiento de la EBC.
  2. Facturación media anual.
  3. Puestos de trabajo cualificados (becarios, egresados, prácticas, etc.).

Podrán solicitar esta ayuda el PDI de la US, que sean promotores de:

  • Las EBC constituidas o en fase de constitución que tengan entre sus promotores a miembros del PDI de la US.
  • Las EBC cuya actividad principal esté vinculada a la explotación de una línea o resultado de investigación desarrollado en la US.
  • Quedarán excluidos de la ayuda los gastos de constitución de la empresa.
  • Podrá solicitarse la ayuda para la valoración de las transferencias del conocimiento de la US a la empresa.
  • Para solicitar la ayuda I.9.B la empresa ha de estar legalmente constituida, y haber firmado el contrato de transferencia con la US.

Solicitudes y plazos de presentación.

La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática, presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Documentación a aportar:

  1. Documentación e impreso de constitución de la EBC.
  2. Plan de negocio.
  3. Equipo constituyente y porcentaje.
  4. Descripción de la iniciativa.

Plazo de presentación de solicitudes: 1 de febrero - 15 de julio de 2022.

Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.

En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

Modalidad A.-

  1. 20%: viabilidad técnico-económica de la iniciativa, con posibilidad de retorno o capacidad de cofinanciación.
  2. 20%: experiencia del equipo en el ámbito de la transferencia.
  3. 20%: creación de puestos de trabajo cualificados.
  4. 20%: se tendrá particularmente presente que la EBC vaya a realizar una explotación comercial de cualquier tipo de resultado de investigación protegido cuya titularidad corresponda a la US.
  5. 20%: naturaleza de la actividad y descripción de la idea (si se pretende potenciar determinados sectores económicos o bien la complementariedad con las empresas anteriormente mencionadas).

Modalidad B.-

  1. 50%: valoración de la transferencia del conocimiento de la EBC.
  2. 20%: facturación media anual.
  3. 30%: puestos de trabajo cualificados (becarios, egresados, prácticas, etc.).

Obligaciones de los beneficiarios.

  1. Remitir al Vicerrectorado de Investigación, al finalizar el año de la concesión de la ayuda, informe de actividades para su evaluación. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.
  2. Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.
  3. Compromiso de constitución de la empresa.
  4. Compromiso de colaborar con la institución en la creación de la empresa.

 

Justificación de la ayuda.

Al corresponderle la orgánica general del PPIT a esta Acción, para la gestión de las facturas se deberán ajustar a la nueva norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales, procedimiento que deberán iniciar los Gestores del Centro de Gasto señalado en la solicitud de la Ayuda. (http://servicio.us.es/patrimonio/).

Para iniciar el procedimiento, los formularios y presupuestos, deberán ser enviados a  ">cmenorinves@us.es (si se trata de un contrato menor) y ">amarcoinves@us.es (si se trata de un acuerdo marco).

Del abono de las facturas se encarga la Unidad de Gestión del PPIT y el Servicio de Fiscalización y Pagos.

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