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Programa de Formación Predoctoral.


Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140, email
  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
  • Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140, email

Plazos:

  • Modalidad B - Fase A.   10/11/2021 - 15/03/2022
  • Modalidad A.   24/01/2023 - 10/03/2023

Documentos obligatorios:

Programa de formación predoctoral (mod. A):

  • Documentación participación convocatoria FPU anterior y resultado de evaluación.
  • Fotocopia DNI, pasaporte, o tarjeta
  • Títulos oficiales
  • Aceptación Director Tesis y Director Dpto/Instituto (enlace al modelo)
  • Memoria Proyecto

Cupo discapacidad sin participación en FPU pero que no haya podido presentarse a la misma por razones de tiempo transcurrido desde la finalización de estudios:

  • Certificado y dictamen de discapacidad del órgano competente.
  • Proyecto de tesis.
  • Justificación de estar matriculado en un programa de doctorado de la US (copia matrícula).
  • Certificados académicos oficiales del grado/licenciatura/máster.
  • Aceptación del director del contrato/tesis (formato libre).

 

Bases de la convocatoria:

Se desarrolla en 2 modalidades:

Modalidad A. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US.

Modalidad B. Ayudas a proyectos de investigación en colaboración con empresas u otras entidades en el marco de un programa de doctorado de la US.

A. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo0 del programa propio de I+D+i de la US.

Objeto de la convocatoria.

Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Este programa de ayudas a la formación del personal investigador se inscribirá en el Registro general de programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a lo regulado en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. Las personas beneficiarias de esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación, contemplados en el mencionado Real Decreto y en las bases de la correspondiente convocatoria anual realizada por la CI-US.

Requisitos de los solicitantes.

  1. Los criterios de admisión se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.
  2. Los candidatos de estos contratos predoctorales deberán haber participado en la convocatoria de FPU inmediatamente anterior al plazo de presentación de candidatos de la convocatoria anual del VII PPIT, y presentar su solicitud con el mismo director de proyecto (que debe ser PDI de la US), grupo y propuesta de investigación. (candidatos evaluador en la fase 2 del programa FPU).  Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de esta, donde conste puntuación detallada, título del proyecto y nombre del director de la solicitud del contrato FPU. También se admitirán solicitudes de candidatos que no hayan superado la fase 1 del programa FPU.
  3. Los solicitantes deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.
  4. No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.
  5. Los ciudadanos de países fuera de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

Requisitos de los directores de tesis.

  1. Ser PDI de la US, y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.
  2. En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.
  3. Ningún director/a podrá figurar como tal en más de una solicitud de beca en cada convocatoria. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

Calendario de las convocatorias y valoración de las solicitudes.

  1. Para el ejercicio 2022, esta convocatoria se adecuará a lo dispuesto en la convocatoria de contratos de Formación de Profesorado Universitario del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación de 2021.
  2. Plazo de presentación de las solicitudes: Del 24 de enero al 24 de febrero de 2023. Plazo ampliado hasta el 10 de marzo de 2023.
  3. Se emplearán las puntuaciones otorgadas por el Ministerio para valorar las solicitudes presentadas al VII PPIT-US. El proceso de asignación de contratos será el siguiente:
    • Dentro de cada rama de conocimiento, se asignará a los candidatos del programa FPU en estado de reserva, ordenados por la puntuación obtenida en la evaluación de la fase 2 emitida por el Ministerio.
    • En el supuesto de que no se hubieran podido cubrir los contratos ofertados en cada una de las ramas, se asignarán los contratos, dentro de cada rama, a aquellos candidatos FPU que hayan sido evaluados en la fase 2, ordenados por esta puntuación.
    • En el supuesto de que no hubiera un número de candidatos suficientes con evaluación de la fase 2 para cubrir cada una de las ramas, la CI-US empleará los datos emitidos por el Ministerio en lo referente a la evaluación de los expedientes académicos (puntuaciones de candidatos en la fase 1). 
    • Finalmente, si aun así no se pudiera cubrir alguna de las ramas de conocimiento, los contratos que quedaran vacantes pasarían a las restantes ramas siguiendo el orden indicado anteriormente y de manera uniforme entre ramas, y, de ser necesario, según los criterios que determine la CI-US. En el caso de que no hubiera convocatoria del Ministerio, la CI-US establecerá los mecanismos necesarios para arbitrar la adjudicación de estas ayudas.

4. La asignación de la rama de conocimiento del contrato predoctoral se realizará teniendo en cuenta el área de adscripción del director del proyecto de tesis.

5. Las solicitudes se presentarán, atendiendo a lo establecido en las normas generales, en el Registro General de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine. Se ajustarán al modelo de solicitud que se encuentra en la página web del Vicerrectorado de Investigación atendiendo a lo señalado en las normas generales.

6. En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses desde la resolución, el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará íntegramente desde la fecha de nombramiento del sustituto. Podrá ser por una única vez.

Número de ayudas.

En cada convocatoria anual del VII PPIT se dotarán hasta 30 ayudas, distribuidas entre las 5 ramas científicas establecidas por la CI-US (6 ayudas por rama). El número de ayudas previstas podrá ser modificado en función de las disponibilidades presupuestarias. Las ayudas se distribuyen en dos cupos: cupo general con 25 contratos y cupo de talento estratégico con 5 contratos (ver descripción más adelante). El candidato deberá indicar el cupo por el que presenta su solicitud.

Sólo se concederá un contrato por esta modalidad a lo largo del presente Plan Propio por director de tesis. Los departamentos sólo podrán obtener un contrato por convocatoria, no pudiendo optar a un nuevo contrato en la convocatoria siguiente a la de la concesión. Esta última condición se aplicará por separado a los dos cupos establecidos, talento estratégico y general.

Se establecerá un cupo de hasta 5 contratos para estimular la incorporación de talento estratégico, dirigido a beneficiarios seleccionados por su carácter estratégico, de entre los que hayan obtenido proyectos/contratos en los programas ERC, RyC, Emergia y Beatriz Galindo en la convocatoria 2020 y 2021. El proceso de asignación de estos contratos se hará de forma independiente a la convocatoria general, pero siguiendo los mismos criterios señalados en el párrafo previo (valoración de las solicitudes). La asignación de los contratos se realizará de forma equitativa entre las 5 ramas de conocimiento si fuese posible. En caso en que el número de candidatos elegibles en este cupo sea superior al número de contratos disponibles (5), los candidatos no elegidos serán transferidos al cupo general para su evaluación de acuerdo con los criterios generales indicados. Si el número de contratos asignados en el cupo estratégico fuera menos al máximo establecido (5), los restantes se transferirán al cupo general para su asignación siguiendo los mismos criterios que para el caso de contratos del cupo general sobrantes en algunas ramas.

Se reservan dos contratos para el cupo de discapacidad, cuyos candidatos se seleccionarán de entre aquellos que se presentaron a la convocatoria FPU del turno de discapacidad. En el caso que no hubiera candidatos elegibles se podrá conceder un contrato a un candidato que cumple los requisitos del turno de discapacidad de la convocatoria de becas FPU anterior, pero que no haya podido presentare a la misma por razones de tiempo transcurrido desde la finalización de estudios. En este caso específico, la CI evaluará las solicitudes presentadas en base a los siguientes aspectos: expediente académico (50%), proyecto de tesis (25%) y CV de los directores del proyecto (25%). La documentación a presentar por los candidatos que opten a este contrato será la siguiente:

  • Certificado y dictamen de discapacidad del órgano competente.
  • Proyecto de tesis.
  • Justificación de estar matriculado en un programa de doctorado de la US (copia matrícula).
  • Certificados académicos oficiales del grado/licenciatura/máster.
  • Aceptación del director del contrato/tesis (formato libre).
  • Documento que justifique su integración en un grupo/proyecto de investigación de la US (informe del responsable del grupo/proyecto, formato libre).
  • CVA de los directores del proyecto.

Duración del contrato.

El contrato, con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración mínima de un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá presentar al Vicerrectorado de la US la memoria anual de actividades (máximo 1000 palabras) con el informe favorable del director de la tesis doctoral.

En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la Ley CTI.

La consecución de la titulación de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador (punto 4 del Art. 20 de la Ley CTI). A estos efectos, la fecha se considerará al día siguiente de la lectura y aprobación de la tesis doctoral.

En este supuesto, el contratado puede pasar, previa solicitud expresa al Vicerrectorado de Investigación de la US, a un contrato puente postdoctoral, cuyas características serán las mismas que las que presenta la ayuda de Contratos puente postdoctorales del VII PPIT-US, salvo la condición exigida de co-financiación. La duración máxima del contrato será de 6 meses. Excepcionalmente, el contrato se podrá prorrogar hasta 6 meses más condicionado a un informe favorable por parte de la CI-US. En ningún caso podrá superar la fecha prevista inicialmente de finalización del cuarto año de su contrato predoctoral PIF.

Igualmente, finalizado este plazo, se podrá solicitar la ayuda de contratos puente-postdoctoral del VII PPIT-US siempre que se cumpla con las condiciones estipuladas en esta acción, incluyendo los requisitos de la fecha de obtención del título de doctor.

Los contratos puente postdoctorales señalados en los párrafor previos se realizarán solo si es posible dentro del marco legislativo vigente. Dicho contrato se adaptará a los requerimientos exigidos por el marco legislativo, si son distintos a los indicados en los párrafos previos.

En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses, el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará íntegramente desde la fecha de nombramiento del sustituto, por una única vez.

Obligaciones de los beneficiarios.

  1. Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.
  2. El beneficiario de esta ayuda deberá colaborar en actividades docentes en el departamento con un máximo de 60 horas/año y 180 horas durante los cuatro años, en cualquier caso en las mismas condiciones que las determinadas en la convocatoria FPU del Ministerio correspondiente a la anualidad 2021 y según quede recogido en el Estatuto del personal investigador en formación, sin que pueda superarse este límite máximo de 60 h anuales y sin que ello suponga ningún compromiso laboral por parte de la US y sin que suponga responsabilidad exclusiva del contratado sobre la asignatura. Esta colaboración será incluida en el Plan de Organización Docente del departamento. El beneficiario deberá solicitar autorización dirigida al Vicerrectorado de Investigación con el VºBº del director de tesis y del director del departamento.
  3. Con carácter general, la docencia impartida por el beneficiario de esta ayuda se retraerá de la carga docente del director de la tesis doctoral, caso que éste perteneciera al departamento en cuestión. Si no fuera así, computaría en el encargo docente común del departamento de adscripción. En el caso de que hubiera más de un director, el reparto sería proporcional entre ellos.
  4. Deberá presentar memoria anual de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral y el VºBº del presidente de la Comisión de Doctorado, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.
  5. En un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de finalización del contrato, el beneficiario de esta ayuda deberá presentar documentación que demuestre la consecución del grado de doctor. Excepcionalmente, se podrá solicitar prórroga. La no aportación de dicha documentación dará lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda y en su caso, el reintegro de la misma. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación; salvo justificación, en caso de incumplimiento se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.
  6. Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

Retribución.

La retribución bruta será la indicada en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, y se concretará en las Bases reguladoras anuales. La US asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el Régimen General de la Seguridad Social.

Ayudas específicas.

Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a concurrir a la convocatoria de las siguientes ayudas, en las condiciones que se describen:

  • Ayudas para estancias breves: Las ayudas para estancias breves del PIF en otros centros tendrán por objeto reforzar la internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de su tesis. Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de prestigio internacional, preferentemente en el extranjero y muy excepcionalmente en centros españoles. Los centros de destino en España deberán estar ubicados en una localidad distinta a la del centro de adscripción de la beca y deberá implicar, necesariamente, cambio de residencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la residencia familiar y al centro de formación académica anterior. Análogamente, las estancias a realizar en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización al que no hubiera accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.

Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y máxima de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino.

El máximo número de estancias breves a lo largo de los 48 meses será de 3 y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de los 48 de duración del contrato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite para su defensa pública o que haya indicación expresa favorable en el informe del director de la tesis doctoral.

Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica en los desplazamientos cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para el período para el que fuera concedida la estancia breve.

Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente justificados en los que concurran circunstancias de fuerza mayor, se podrán autorizar cambios sobrevenidos por situaciones posteriores, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los elementos tenidos en cuenta en la evaluación.

Requisitos: Podrán disfrutar de esta ayuda los contratados predoctorales del Plan Propio que hayan completado un periodo igual o superior a doce meses. La solicitud podrá realizarse antes de haber transcurrido el citado periodo.

La presentación de las solicitudes, así como el proceso de evaluación y selección, se detallarán en cada convocatoria anual del presente Plan Propio.

Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las cuantías y condiciones que determine la CI-US. Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de movilidad dentro de las convocatorias oficiales que se convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional e internacional.

Pago y justificación de las ayudas para estancias breves:

El 50% máximo del importe de las ayudas concedidas para la realización de estancias breves se entregará por adelantado a los beneficiarios, con fecha anterior al inicio de la estancia.

Una vez concluida la estancia y en el plazo de quince días contados desde el día siguiente a su regreso, los beneficiarios justificarán la realización de la misma. Los beneficiarios deberán presentar ante la CI-US el formulario de justificación con la siguiente documentación:

1. Certificación del responsable del grupo receptor, en la que constará el día de inicio y de finalización de la estancia.

2. Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lugar de disfrute de la beca al centro receptor de la estancia breve y regreso.

3. Memoria descriptiva, con una extensión máxima de 1.000 palabras, en la que figurará el visto bueno del director de la tesis; dicha memoria irá encabezada por el título del proyecto de tesis y por la referencia del contratado predoctoral.

En caso de no llevarse a cabo la estancia en las condiciones que fue concedida o de no poderla justificar, el beneficiario estará obligado a reintegrar la totalidad de la cantidad percibida. En el caso de reducción del periodo concedido, el beneficiario deberá justificar las causas. Igualmente deberá reintegrar las cantidades percibidas en exceso sobre el coste real al viaje realizado, todo ello relacionado con la finalidad de la estancia.

Interrupción voluntaria de las ayudas y ausencias temporales

No se autorizará la interrupción voluntaria por motivos no relacionados con el contrato predoctoral y la actividad del programa de doctorado.

Ayudas de precios públicos por matrícula en el Programa de Doctorado

Las ayudas por los precios públicos de la matrícula en un Programa de la presente convocatoria se aplicarán exclusivamente en la tutela académica durante los cursos académicos coincidentes con el período total de la ayuda. Estas ayudas no podrán aplicarse en los casos de convalidaciones de estudios realizados con anterioridad.

Incompatibilidades:

Esta ayuda será incompatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, para cursar las mismas enseñanzas que se acrediten en la solicitud de la presente convocatoria.

B. Ayudas Predoctorales en Colaboración con Empresas u Otras Entidades.

Objeto de la convocatoria.

El objeto de esta acción es promover la colaboración de la Universidad de Sevilla con el tejido empresarial mediante la financiación de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que se enmarque una tesis doctoral que pudiera optar preferentemente a la mención de Doctorado Industrial conforme a lo establecido en el RD99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Se persigue estimular la colaboración entre el entorno universitario y el sector productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la contratación en empresas.

Dotación.

Esta acción tendrá una dotación económica inicial de hasta 80.000 € anuales, pudiéndose otorgar un máximo de 8.000 € anuales por ayuda, o proporcionalmente a la duración del proyecto caso de que éste sea inferior a 1 año, que deberá destinarse al correcto desarrollo de la propuesta de investigación planteada. El proyecto podrá tener una duración máxima de 3 años. En la medida de lo posible se distribuirán de manera equitativa entre las ramas de conocimiento de la US.

Se mantendrá un máximo de 10 ayudas en vigor en la actual convocatoria.

Características de la ayuda:

  1.  Se financiará un único proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental por tesis doctoral. El proyecto podrá ser nuevo o encontrarse en desarrollo, es decir, con la tesis doctoral en proceso de elaboración, o bien dicho proyecto podría conllevar la contratación de un doctorando por parte de la empresa. En este último supuesto, el proceso de selección quedará explícitamente detallado en el convenio regulador de la colaboración.
  2. La financiación irá dirigida a incentivar el desarrollo del proyecto de investigación en el seno de la empresa o entidad participante, y se destinará a cubrir parte de los gastos de ejecución del proyecto presentado.
  3.  El proyecto cuya financiación se solicita tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 3 años. Los proyectos con una duración superior a 12 meses deberán presentar solicitud de renovación en la siguiente anualidad. Para ello, en el décimo mes de contratación deberá presentarse, por parte del contratado y con las firmas del IP del proyecto y del responsable por parte de la empresa, informe de seguimiento, así como compromiso de vinculación por parte de la empresa.
  4. Será necesario rubricar el correspondiente convenio de colaboración entre la US y la empresa o institución participante conforme al modelo publicado en la página web del Vicerrectorado de Investigación, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. Se recomienda contactar con la Unidad de Convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda.
  5. La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+i se deberá distribuir entre la empresa y la US, de modo que permita finalizar la tesis doctoral en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.
  6. Los beneficiarios de esta acción podrán prestar colaboraciones docentes cuando se determinen en el convenio de colaboración entre la US y la empresa.
  7. La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes, al menos, a las de un contratado predoctoral de programas oficiales (e.g., programas FPU o FPI).
  8. Los proyectos que se presenten deberán atenerse a los principios internacionales y a la normativa vigente en materia de bioética, experimentación animal, bioseguridad, seguridad biológica, protección del medioambiente, patrimonio natural y biodiversidad y protección de datos, correspondiendo a las entidades participantes velar por su cumplimiento.
  9. Se podrán también considerar como destinatarias de estas ayudas, colaboraciones/convenios en el ámbito de las Cátedras de Empresa, aunque las tesis realizadas no sean conducentes a la mención de Doctorado Industrial. Al respecto, tendrán prioridad las solicitudes de propuestas de tesis que puedan tener la mención de doctorado industrial.

Observaciones: a efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa o instituciones participantes las definiciones recogidas en el art. 3 de la última convocatoria del MINECO, referida a Doctorados Industriales.

Formalización de solicitudes.

Se realizará en dos fases

 Fase A. Directores de los proyectos.

Requisitos. 

1.    Ser PDI de la US y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.

2.    En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.

3.    Si un director presenta más de una solicitud a este programa, se atenderá a la que resulte mejor valorada (siempre superando el umbral mínimo). En el caso de queden ayudas sin otorgar podría contemplarse dotar de más de una ayuda a un mismo director.

4.    Deberán firmar un convenio de colaboración con la empresa o entidad colaboradora en donde se defina el compromiso de colaboración científica y de cofinanciación del doctorando.

Solicitudes y plazos de presentación.

Las solicitudes se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Deberá venir acompañada de la siguiente documentación, en formato electrónico:

1. Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico-técnico de la propuesta y su viabilidad.

2. Convenio de colaboración entre la US y la entidad/empresa documento. Se recomienda contactar con la unidad de convenios del Vicerrectorado de Investigación (">convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda. Será este documento, convenientemente validado por la unidad de convenio y firmado por la universidad, el que se remitirá a la firma para la empresa.

3. CVA del solicitante (ver normas generales).

4. Actividades de I+D+i de la empresa o entidad, como contratos 68/83 firmados con la universidad, su porcentaje de dedicación a actividades de I+D, etc.

Plazo de presentación de la fase A: 10 de noviembre de 2021 – 15 de marzo de 2022.


Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.

La selección se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

1. 60%: interés científico-técnico y viabilidad del proyecto presentado.

2. 40%: calidad y relevancia de la actividad de I+D+i desarrollada por la entidad/empresa colaboradora en relación con el proyecto de tesis.

Se establece una puntuación de 50 sobre 100 como umbral mínimo para el acceso a esta ayuda.

Fase B. Candidatos.

Una vez resuelta la fase A, se abrirá una convocatoria pública para proceder a la selección de los candidatos, que deberán estar pre-admitidos o matriculados en un programa de doctorado de la US, o al menos en condiciones de realizar el programa de doctorado en caso de ser seleccionados.

Esta fase no será de aplicación para aquellas solicitudes que ya tengan un doctorando contratado por la empresa o institución para el desarrollo del proyecto solicitado.

En la convocatoria se indicarán la titulación y requisitos exigidos, las condiciones del contrato y la composición de la comisión evaluadora, que deberá estar integrada de forma igualitaria entre miembros de la CI-US y de la entidad/empresa. Estos aspectos deberán quedar claramente reflejados en el convenio de colaboración.

No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

Solicitudes y plazos de presentación.

Se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Deberá acompañarse de la siguiente documentación:

  1. Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.
  2. CV. Debe incluir certificación académica detallada.
  3. Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico de la propuesta y su viabilidad.
  4. Aceptación del director del trabajo de investigación.
  5. Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado vigente en la US.

Plazo de presentación de la fase B: se irá publicando en la página web del Vicerrectorado de Investigación a medida que se vaya resolviendo la fase A.

Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.

La selección se realizará atendiendo al CV de los candidatos y su adecuación al proyecto de investigación propuesto.

Obligaciones de los beneficiarios. 

  1. Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.
  2. Deberán presentar memoria de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.
  3. El doctorando deberá presentar su Tesis Doctoral y acreditar la consecución del título de doctor mediante informe final presentado a la CI-US, en el tiempo que le corresponda según su modalidad de permanencia en su programa de doctorado. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación.  En caso de incumplimiento, salvo caso convenientemente justificado, se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.
  4. Deberá presentar los informes que le requiera la empresa o entidad colaboradora.
  5. Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.
  6. Podrá impartir clase como colaborador docente externo.

Archivos generales:


Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla