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Ayuda Suplementaria a Grupos de Investigación por Captación de Fondos.


Acción específica dirigida a recompensar al PDI de los grupos de investigación de la US que contribuyen de manera activa a la captación de fondos.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140, email
  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
  • Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140, email

Bases de la convocatoria.:


Objeto de la convocatoria.

Acción específica dirigida a recompensar al PDI de los grupos de investigación de la US que contribuyen de manera activa a la captación de fondos en:

A.- Convocatorias públicas competitivas de proyectos de investigación del Plan Estatal (del Ministerio o el Instituto de Salud Carlos III) siempre que estén gestionadas por la US.

B.- Convocatorias competitivas público-privadas de Transferencia del Conocimiento.

Dotación y cuantía.

            Esta acción estará dotada con hasta 225.000 € en la anualidad 2023, estableciéndose una distribución aproximada de 205.000 € para la modalidad A y 20.000 € para la modalidad B.

A. Convocatorias públicas competitivas de proyectos de investigación del Plan Estatal

La ayuda consistirá en poner a disposición de los IP de proyectos del Plan Estatal de la convocatoria inmediatamente anterior a la presente, el equivalente a un 10% de los “overheads” generados. Los IP de los proyectos calificados como “excelentes” en su área (Plan Estatal, calificación A en anteriores convocatorias o calificación numérica igual o superior a 90 puntos), recibirán el equivalente a un 15% de los “overheads”.

B. Convocatorias competitivas público-privadas de Transferencia del Conocimiento

Los proyectos susceptibles de ser beneficiarios en el ámbito de la Transferencia del Conocimiento serán aquellos que se hayan presentado en la anualidad anterior a la presente, siendo elegibles como tales aquellos que hayan sido concedidos en convocatorias público-privadas nacionales (AEI), Fundaciones u otros organismos que financian investigación cooperativa.

Para ambas modalidades, si los porcentajes de retorno indicados superan la dotación presupuestaria anual, se podrá establecer un valor máximo de ayuda y un reparto proporcional entre los adjudicatarios de esta ayuda. Puede quedar condicionada parte de la ayuda a la correcta ejecución del proyecto de investigación. Esta condición será presentada, para su aprobación, a la CI-US.

Solicitudes y plazos de presentación.

Ambas modalidades se resolverán de oficio.

Modalidad A.- Tras resolución de la convocatoria del Plan Estatal de 2022.

Modalidad B.- Se coordinará con la modalidad A para resolver ambas en la misma fecha y publicar una resolución única. No obstante, resoluciones independientes podrán realizarse conforme a las diferentes fechas en que resuelvan los organismos de financiación.

Obligaciones de los beneficiarios.

Con cargo a esta ayuda se imputarán gastos relacionados con la actividad investigadora asociada al proyecto de investigación (con carácter generalista y no restrictivo).

 

Justificación de la ayuda.

Al corresponderle una orgánica individual a esta Acción, para justificar la ayuda, el Servicio de Ingresos y Justificaciones creará a nombre del solicitante, la orgánica correspondiente para el cargo de gastos.

Para consultas sobre la disponibilidad de la orgánica, le facilitamos como datos de contacto los siguientes correos y teléfonos: ">ingreso1@us.es">ingreso2@us.es (954487297)

Las ayudas que se gestionan con cargo a orgánicas individuales se tramitan como el presupuesto ordinario de la US, es decir, se fiscalizan en Intervención y se pagan en Gestión Económica.

Asimismo, para la gestión de facturas se deberán ajustar a la nueva Norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales.

Este procedimiento deberá ser iniciado por los Gestores del Centro de Gasto (Departamento/Centro/Instituto), señalados en la Resolución.


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