VIIPPIT-2023-II.2 - Programa de Formación Predoctoral. (Plazo Abierto - Modalidad B - Fase B - Candidatos).
Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.
Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
- Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140,
- Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
- Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140,
Plazos:
- Modalidad A - Cupo talento. Plazo ampliado. 26/02/2024 - 10/04/2024
- Modalidad B. Fase B - Candidatos. 13/06/2024 - 26/06/2024
Bases de la convocatoria.:
Se desarrolla en 2 modalidades:
Modalidad A:
(La ayuda para 25 contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US ha sido sustituida por la convocatoria PPIT FEDER 2023 - modalidad A)
- Proyectos de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados (convocatoria PPIT FEDER 2023, modalidad A).
- Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US. Cupo de Talento.
Modalidad B. Ayudas a proyectos de investigación en colaboración con empresas u otras entidades en el marco de un programa de doctorado de la US.
A. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US. Cupo de Talento.
1.- Objeto de la convocatoria
Se convocan 5 contratos predoctorales en el cupo de talento estratégico. El objetivo es garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de investigadores seleccionados por su carácter estratégico, de entre los que hayan obtenido proyectos/contratos en los programas ERC (European Research Council), Ramón y Cajal (RyC), Emergia y Beatriz Galindo en las convocatorias 2021 y 2022.
Esta acción complementa la convocatoria de proyectos de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados, en el marco del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2021-2027, modalidad A, aprobada por Resolución Rectoral de 23 de febrero de 2024, en la que se convocan 25 ayudas.
Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de Ciencia, Tecnología e Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.
Este programa de ayudas a la formación del personal investigador se inscribirá en el Registro General de Programas de Ayudas a la Investigación y quedará sujeto a lo regulado en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. Las personas beneficiarias de esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación, contemplados en el mencionado Real Decreto y en las bases de la correspondiente convocatoria anual realizada por la CI-US.
2.- Requisitos de los solicitantes
- Los criterios de admisión se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.
- Los candidatos de estos contratos predoctorales deberán haber participado en la convocatoria publicada por la orden de 30 de diciembre de 2022 (BOE 5-1-2023) por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario correspondiente al año 2022, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (en adelante, convocatoria FPU 2022).
- Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de ésta, donde conste puntuación detallada, título del proyecto y nombre del director de la solicitud de la ayuda FPU. La propuesta de investigación, título y director del proyecto (que debe ser PDI de la US) deben coincidir con los indicados en la solicitud presentada. En caso contrario, la solicitud será excluida.
- Los solicitantes deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.
- No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor expedido por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.
- Los ciudadanos de países fuera de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.
3.- Requisitos de los directores de tesis
- Ser Personal Docente e Investigador (PDI) de la US, y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.
- Haber obtenido proyectos/contratos en los programas ERC (European Research Council), Ramón y Cajal (RyC), Emergia y Beatriz Galindo en las convocatorias 2021 y 2022.
- En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato predoctoral.
- Ningún director/a podrá figurar como tal en más de una solicitud de beca en cada convocatoria. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.
- No figurar como director/codirector de tesis de un contrato predoctoral previo del VII PPIT-US.
4.- Valoración
El proceso de asignación de estos contratos se realizará por la Comisión de Investigación siguiendo los criterios específicos de valoración que se indican a continuación:
- La asignación de los contratos se realizará de forma equitativa entre las 5 ramas de conocimiento, si fuese posible.
- El orden de adjudicación, dentro de cada rama de conocimiento, se realizará haciendo uso de la puntuación otorgada por el Ministerio en la convocatoria FPU 2022.
- Si alguna de las ramas, después de aplicar lo indicado en el párrafo anterior, no contara con candidatos suficientes para cubrir el contrato que le corresponde, éste podrá reasignarse al resto de las ramas, de manera equitativa entre ellas, en función de la evaluación de los solicitantes dentro de cada rama. El orden de selección de estas ramas se determinará atendiendo a la mayor calificación de los candidatos disponibles. Se priorizará la distribución de forma equitativa entre todas las ramas que dispongan de candidatos elegibles. Así pues, en esta asignación adicional no se podrán repetir ramas de conocimiento salvo que no existiesen candidatos elegibles en las ramas restantes. Dentro de cada rama la asignación de contratos se realizará siguiendo el procedimiento general indicado anteriormente.
- La asignación de la rama de conocimiento del contrato predoctoral se realizará teniendo en cuenta el área de adscripción del director del proyecto de tesis.
5.- Número de ayudas
En esta convocatoria del VII PPIT se dotan 5 ayudas correspondientes al cupo de talento estratégico, dirigido exclusivamente a realizar contratos predoctorales cuyos directores de tesis hayan sido seleccionados por su carácter estratégico, de entre los que hayan obtenido proyectos/contratos en los programas ERC, Ramón y Cajal, Emergia y Beatriz Galindo en la convocatoria 2021 y 2022. Los 5 contratos serán distribuidos de forma equitativa entre las 5 ramas científicas establecidas por la CI-US si fuese posible.
Sólo se concederá un contrato por esta modalidad a lo largo del presente Plan Propio por director de tesis. Los departamentos sólo podrán obtener un contrato por convocatoria, no pudiendo optar a un nuevo contrato en la convocatoria siguiente a la de la concesión. Esta última condición se aplicará por separado a los dos cupos establecidos, talento estratégico y general (convocado por Resolución Rectoral de 23 de febrero de 2024).
Se reserva un contrato para el cupo de discapacidad, cuyos candidatos a contratar deben haber sido admitidos en la convocatoria de FPU 2022 (BOE 5-1-23) en el turno de discapacidad. La selección del contrato dentro de este cupo se realizará en primer lugar, contabilizando en la rama de conocimiento a la que pertenezca su director (cupo talento estratégico).
6.- Incompatibilidad
La percepción de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados que tengan una finalidad análoga, así como con sueldos o salarios de similar naturaleza, con otras actividades que tengan horarios coincidentes con los de la formación y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial o con cualquier actividad que pueda afectar al complimiento del objeto de la ayuda, a su finalidad formativa e investigadora, o que se produzca en su mismo horario.
7.- Procedimiento
A) Solicitudes y plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual). Plazo ampliado hasta el 10 de abril de 2024. (https://www.us.es/tablon-virtual)
Las solicitudes se presentarán a través del gestor de solicitudes, disponible en la siguiente dirección: https://investigacion.us.es/convocatorias/ver/1565 . Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor de solicitudes, la documentación requerida en cada acción (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB).
Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de presentación de la solicitud. A continuación, el solicitante deberá presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través el Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
Las solicitudes, una vez presentadas, no podrán ser reformuladas. No se admitirán las solicitudes que no sigan el procedimiento establecido anteriormente.
B) Documentación obligatoria:
Programa de formación predoctoral
o Documentación participación convocatoria 2022 de FPU (BOE 5-1-2023) y resultado de evaluación de su expediente. Deberá constar puntuación detallada, así como título del proyecto de tesis y nombre del director de la solicitud de la ayuda FPU.
o Copia DNI, NIE o pasaporte.
o Títulos oficiales.
o Aceptación Director Tesis y Director Dpto/Instituto (modelo disponible en: https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/plan-propio/modelos)
o Memoria del proyecto de tesis. La memoria no podrá tener una extensión superior a 10 páginas. Este documento no será subsanable, y en caso de no aportarse, el solicitante será excluido del proceso selectivo.
o Declaración responsable del candidato de cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la Universidad de Sevilla y de no estar en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera (modelo disponible en: https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/plan-propio/modelos )
C) Subsanación:
La resolución provisional de candidatos admitidos y excluidos se hará pública en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla (https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2023) y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual). Aquellos solicitantes que no reúnan los requisitos o documentos exigidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición. En este plazo en ningún caso se podrán reformular las solicitudes presentadas. En este plazo se presentarán las calificaciones obtenidas en las convocatorias FPU 2022 y RyC 2022, si no estaban disponibles en el plazo de presentación de solicitudes, aunque también podrá establecerse un plazo específico para ello.
Las subsanaciones se realizarán a través del gestor de solicitudes, disponible en la dirección URL (https://investigacion.us.es/convocatorias/ver/1565) adjuntando en formato pdf los documentos requeridos (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB). Una vez grabada la subsanación en el gestor y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de resumen de la subsanación. A continuación, el solicitante deberá presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
Se tendrán por adjuntados a la subsanación los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.
Una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, la CI-US elevará los listados definitivos de admitidos y excluidos al Rector de la Universidad de Sevilla, que mediante Resolución los aprobará y hará públicos en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla (https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2023) y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).
Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de la Universidad de Sevilla, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).
D) Resolución de adjudicación y publicación:
Tras la evaluación de las solicitudes por la CI-US conforme a la base cuarta de la presente convocatoria, se dictará y publicará la adjudicación provisional en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla (https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2023) y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual), concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de alegaciones que estimen oportunas. Las alegaciones se realizarán, dirigidas al Vicerrector de Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
Tras la valoración de las alegaciones, la CI-US elevará la propuesta de resolución y se dictará resolución definitiva de adjudicación que será publicada en la página web del Vicerrectorado de Investigación (https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2023), así como en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y art. 62 y 63 de Acuerdo 7.1/CG 20-12-22, por el que se aprueba el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla).
En la resolución de adjudicación definitiva figurarán los candidatos seleccionados y, en su caso, las personas que integren las listas de reserva.
Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de la Universidad e Sevilla, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).
8.- Duración del contrato.
El contrato, con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración mínima de un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá presentar al Vicerrectorado de Investigación de la US la memoria anual de actividades (máximo 1000 palabras) con el informe favorable del director de la tesis doctoral.
En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la Ley de la Ciencia, Tecnología e Innovación.
La consecución de la titulación de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador (punto 4 del Art. 20 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación). A estos efectos, la fecha se considerará al día siguiente de la lectura y aprobación de la tesis doctoral.
En este supuesto, el contratado puede pasar, previa solicitud expresa al Vicerrectorado de Investigación de la US, a un contrato puente postdoctoral, cuyas características serán las mismas que las que presenta la ayuda de Contratos puente postdoctorales del VII PPIT-US, salvo la condición exigida de co-financiación. La duración máxima del contrato será de 6 meses. Excepcionalmente, el contrato se podrá prorrogar hasta 6 meses más condicionado a un informe favorable por parte de la CI-US. En ningún caso podrá superar la fecha prevista inicialmente de finalización del cuarto año de su contrato predoctoral PIF, conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Igualmente, finalizado este plazo, se podrá solicitar la ayuda de contratos puente-postdoctoral del VII PPIT-US siempre que se cumpla con las condiciones estipuladas en esta acción, incluyendo los requisitos de la fecha de obtención del título de doctor.
Los contratos puente postdoctorales señalados en los párrafos previos se realizarán solo si es posible dentro del marco legislativo vigente. Dicho contrato se adaptará a los requerimientos exigidos por el marco legislativo, si son distintos a los indicados en los párrafos previos.
En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses desde la resolución, el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará integralmente desde la fecha del contrato suscrito con la persona sustituta. Si la renuncia se produce entre el 6º mes y el año de contrato, la ayuda se asignará al suplente por el periodo restante (mínimo 3 años). Por último, en el caso de renuncias producidas tras haber disfrutado del contrato predoctoral más de un año, éste no se adjudicará a otro solicitante. La renuncia se podrá formular por una sola vez.
9.- Obligaciones de los beneficiarios.
Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto de tesis.
- El beneficiario de esta ayuda deberá colaborar en actividades docentes en el departamento con un máximo de 60 horas/año y 180 horas durante los cuatro años, en cualquier caso en las mismas condiciones que las determinadas en la convocatoria FPU del Ministerio correspondiente a la anualidad 2022 y según quede recogido en el Estatuto del personal investigador en formación, sin que pueda superarse este límite máximo de 60 horas anuales y sin que ello suponga ningún compromiso laboral por parte de la US y sin que suponga responsabilidad exclusiva del contratado sobre la asignatura. Esta colaboración será incluida en el Plan de Organización Docente del departamento. El beneficiario deberá presentar su solicitud de docencia, dirigida al Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador.
- Con carácter general, la docencia impartida por el beneficiario de esta ayuda se retraerá de la carga docente del director de la tesis doctoral, caso que éste perteneciera al departamento en cuestión. Si no fuera así, computaría en el encargo docente común del departamento de adscripción. En el caso de que hubiera más de un director, el reparto sería proporcional entre ellos.
- Deberá presentar memoria anual de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral y el visto bueno del presidente de la Comisión de Doctorado, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.
- En un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de finalización del contrato, el beneficiario de esta ayuda deberá presentar documentación que demuestre la consecución del grado de doctor. Excepcionalmente, se podrá solicitar prórroga. La no aportación de dicha documentación dará lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda y en su caso, el reintegro de la misma. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación; salvo justificación, en caso de incumplimiento se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.
- Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.
10.- Retribución.
La retribución bruta será la indicada en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, y se concretará en las bases reguladoras anuales del PPIT de la US. La US asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el Régimen General de la Seguridad Social.
11.- Ayudas específicas.
Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a concurrir a la convocatoria de ayudas para estancias breves en las condiciones que se describen en los siguientes párrafos.
Las ayudas para estancias breves del PIF en otros centros tendrán por objeto reforzar la internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de su tesis. Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de prestigio internacional, preferentemente en el extranjero y muy excepcionalmente en centros españoles. Los centros de destino en España deberán estar ubicados en una localidad distinta a la del centro de adscripción de la beca y deberá implicar, necesariamente, cambio de residencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la residencia familiar y al centro de formación académica anterior. Análogamente, las estancias a realizar en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización al que no hubiera accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.
Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y máxima de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino.
El máximo número de estancias breves a lo largo de los 48 meses será de 3 y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de los 48 de duración del contrato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite para su defensa pública o que haya indicación expresa favorable en el informe del director de la tesis doctoral.
Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica en los desplazamientos cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para el período para el que fuera concedida la estancia breve.
Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente justificados en los que concurran circunstancias de fuerza mayor, se podrán autorizar cambios sobrevenidos por situaciones posteriores, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los elementos tenidos en cuenta en la evaluación.
Requisitos: Podrán disfrutar de esta ayuda los contratados predoctorales del Plan Propio que hayan completado un periodo igual o superior a doce meses. La solicitud podrá realizarse antes de haber transcurrido el citado periodo.
La presentación de las solicitudes, así como el proceso de evaluación y selección, se detallarán en cada convocatoria anual del presente Plan Propio.
Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las cuantías y condiciones que determine la CI-US. Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de movilidad dentro de las convocatorias oficiales que se convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional e internacional.
Pago y justificación de las ayudas para estancias breves: El 50% máximo del importe de las ayudas concedidas para la realización de estancias breves se entregará por adelantado a los beneficiarios, con fecha anterior al inicio de la estancia.
Una vez concluida la estancia y en el plazo de quince días contados desde el día siguiente a su regreso, los beneficiarios justificarán la realización de la misma. Los beneficiarios deberán presentar ante la CI-US el formulario de justificación con la siguiente documentación:
1. Certificación del responsable del grupo receptor, en la que constará el día de inicio y de finalización de la estancia.
2. Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lugar de disfrute de la beca al centro receptor de la estancia breve y regreso.
3. Memoria descriptiva, con una extensión máxima de 1.000 palabras, en la que figurará el visto bueno del director de la tesis; dicha memoria irá encabezada por el título del proyecto de tesis y por la referencia del contratado predoctoral.
En caso de no llevarse a cabo la estancia en las condiciones que fue concedida o de no poderla justificar, el beneficiario estará obligado a reintegrar la totalidad de la cantidad percibida. En el caso de reducción del periodo concedido, el beneficiario deberá justificar las causas. Igualmente deberá reintegrar las cantidades percibidas en exceso sobre el coste real al viaje realizado, todo ello relacionado con la finalidad de la estancia.
Interrupción voluntaria de las ayudas y ausencias temporales
No se autorizará la interrupción voluntaria por motivos no relacionados con el contrato predoctoral y la actividad del programa de doctorado.
Ayudas de precios públicos por matrícula en el Programa de Doctorado
Las ayudas por los precios públicos de la matrícula en un Programa de la presente convocatoria se aplicarán exclusivamente en la tutela académica durante los cursos académicos coincidentes con el período total de la ayuda. Estas ayudas no podrán aplicarse en los casos de convalidaciones de estudios realizados con anterioridad.
Incompatibilidades:
Esta ayuda será incompatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, para cursar las mismas enseñanzas que se acrediten en la solicitud de la presente convocatoria.
B. Ayudas Predoctorales en Colaboración con Empresas u Otras Entidades.
Objeto de la convocatoria.
El objeto de esta acción es promover la colaboración de la Universidad de Sevilla con el tejido empresarial mediante la financiación de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que se enmarque una tesis doctoral que pudiera optar preferentemente a la mención de Doctorado Industrial conforme a lo establecido en el RD99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Se persigue estimular la colaboración entre el entorno universitario y el sector productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la contratación en empresas.
Dotación.
Esta acción tendrá una dotación económica inicial de hasta 80.000 € anuales, pudiéndose otorgar un máximo de 8.000 € anuales por ayuda, o proporcionalmente a la duración del proyecto caso de que éste sea inferior a 1 año, que deberá destinarse al correcto desarrollo de la propuesta de investigación planteada. El proyecto podrá tener una duración máxima de 3 años. En la medida de lo posible se distribuirán de manera equitativa entre las ramas de conocimiento de la US.
Se mantendrá un máximo de 10 ayudas en vigor en la actual convocatoria.
Características de la ayuda:
- Se financiará un único proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental por tesis doctoral. El proyecto podrá ser nuevo o encontrarse en desarrollo, es decir, con la tesis doctoral en proceso de elaboración, o bien dicho proyecto podría conllevar la contratación de un doctorando por parte de la empresa. En este último supuesto, el proceso de selección quedará explícitamente detallado en el convenio regulador de la colaboración.
- La financiación irá dirigida a incentivar el desarrollo del proyecto de investigación en el seno de la empresa o entidad participante, y se destinará a cubrir parte de los gastos de ejecución del proyecto presentado.
- El proyecto cuya financiación se solicita tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 3 años. Los proyectos con una duración superior a 12 meses deberán presentar solicitud de renovación en la siguiente anualidad. Para ello, en el décimo mes de contratación deberá presentarse, por parte del contratado y con las firmas del IP del proyecto y del responsable por parte de la empresa, informe de seguimiento, así como compromiso de vinculación por parte de la empresa.
- Será necesario rubricar el correspondiente convenio de colaboración entre la US y la empresa o institución participante conforme al modelo publicado en la página web del Vicerrectorado de Investigación, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. Se recomienda contactar con la Unidad de Convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda.
- La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+i se deberá distribuir entre la empresa y la US, de modo que permita finalizar la tesis doctoral en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.
- Los beneficiarios de esta acción podrán prestar colaboraciones docentes cuando se determinen en el convenio de colaboración entre la US y la empresa.
- La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes, al menos, a las de un contratado predoctoral de programas oficiales (e.g., programas FPU o FPI).
- Los proyectos que se presenten deberán atenerse a los principios internacionales y a la normativa vigente en materia de bioética, experimentación animal, bioseguridad, seguridad biológica, protección del medioambiente, patrimonio natural y biodiversidad y protección de datos, correspondiendo a las entidades participantes velar por su cumplimiento.
- Se podrán también considerar como destinatarias de estas ayudas, colaboraciones/convenios en el ámbito de las Cátedras de Empresa, aunque las tesis realizadas no sean conducentes a la mención de Doctorado Industrial. Al respecto, tendrán prioridad las solicitudes de propuestas de tesis que puedan tener la mención de doctorado industrial.
Observaciones: a efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa o instituciones participantes las definiciones recogidas en el art. 3 de la última convocatoria del MINECO, referida a Doctorados Industriales.
Formalización de solicitudes.
Se realizará en dos fases
Fase A. Directores de los proyectos.
Requisitos.
1. Ser PDI de la US y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.
2. En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.
3. Si un director presenta más de una solicitud a este programa, se atenderá a la que resulte mejor valorada (siempre superando el umbral mínimo). En el caso de queden ayudas sin otorgar podría contemplarse dotar de más de una ayuda a un mismo director.
4. Deberán firmar un convenio de colaboración con la empresa o entidad colaboradora en donde se defina el compromiso de colaboración científica y de cofinanciación del doctorando.
Solicitudes y plazos de presentación.
Las solicitudes se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
Deberá venir acompañada de la siguiente documentación, en formato electrónico:
1. Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico-técnico de la propuesta y su viabilidad.
2. Convenio de colaboración entre la US y la entidad/empresa documento. Se recomienda contactar con la unidad de convenios del Vicerrectorado de Investigación (">convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda. Será este documento, convenientemente validado por la unidad de convenio y firmado por la universidad, el que se remitirá a la firma para la empresa.
3. CVA del solicitante (ver normas generales).
4. Actividades de I+D+i de la empresa o entidad, como contratos 68/83 firmados con la universidad, su porcentaje de dedicación a actividades de I+D, etc.
Plazo de presentación de la fase A: del 17 de octubre de 2022 al 15 de febrero de 2023.
Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
La selección se realizará atendiendo a los siguientes criterios:
1. 60%: interés científico-técnico y viabilidad del proyecto presentado.
2. 40%: calidad y relevancia de la actividad de I+D+i desarrollada por la entidad/empresa colaboradora en relación con el proyecto de tesis.
Se establece una puntuación de 50 sobre 100 como umbral mínimo para el acceso a esta ayuda.
Fase B. Candidatos.
Una vez resuelta la fase A, se abrirá una convocatoria pública para proceder a la selección de los candidatos, que deberán estar pre-admitidos o matriculados en un programa de doctorado de la US, o al menos en condiciones de realizar el programa de doctorado en caso de ser seleccionados.
Esta fase no será de aplicación para aquellas solicitudes que ya tengan un doctorando contratado por la empresa o institución para el desarrollo del proyecto solicitado.
En la convocatoria se indicarán la titulación y requisitos exigidos, las condiciones del contrato y la composición de la comisión evaluadora, que deberá estar integrada de forma igualitaria entre miembros de la CI-US y de la entidad/empresa. Estos aspectos deberán quedar claramente reflejados en el convenio de colaboración.
- Titulación exigida en la convocatoria: Máster Universitario en Ingeniería Química (o titulación equivalente a nivel internacional).
No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.
Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.
Solicitudes y plazos de presentación.
Se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
Deberá acompañarse de la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.
- CV. Debe incluir certificación académica detallada.
- Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico de la propuesta y su viabilidad.
- Aceptación del director del trabajo de investigación.
- Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado vigente en la US.
Plazo de presentación de la fase B: Del 12 al 25 de junio de 2024.
Criterios de concesión y resolución de la convocatoria.
La selección se realizará atendiendo al CV de los candidatos y su adecuación al proyecto de investigación propuesto.
Obligaciones de los beneficiarios.
- Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.
- Deberán presentar memoria de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.
- El doctorando deberá presentar su Tesis Doctoral y acreditar la consecución del título de doctor mediante informe final presentado a la CI-US, en el tiempo que le corresponda según su modalidad de permanencia en su programa de doctorado. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación. En caso de incumplimiento, salvo caso convenientemente justificado, se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.
- Deberá presentar los informes que le requiera la empresa o entidad colaboradora.
- Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.
- Podrá impartir clase como colaborador docente externo.
Archivos generales:
- Resolución Rectoral de 23/02/2024, publicación de la convocatoria en el Tablón Virtual de la Universidad de Sevilla
- Resolución de ampliación del plazo de presentación de solicitudes.