Ayudas a Empresas Basadas en el Conocimiento de la US.
Esta ayuda, con dotación presupuestaria anual de hasta 25.000 €, está destinada a incentivar e impulsar iniciativas empresariales que se constituyan como Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC) de la US.
Plazos:
- 18/10/2023 - 15/07/2024
Bases de la convocatoria.:
1) Objeto de la convocatoria
Esta ayuda, con dotación presupuestaria anual de hasta 25.000 €, está destinada a incentivar e impulsar iniciativas empresariales que se constituyan como Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC) de la US.
Adicionalmente, se podrán aplicar estas ayudas para las EBC que necesiten, para su creación y funcionamiento, hacer uso de los espacios de incubación disponibles en las instalaciones de los SGI y espacios de investigación de la US, condicionadas a las disponibilidades anuales. En este caso las condiciones de instalación en los espacios de incubación de la US vendrán reguladas por un convenio.
Se establecen 2 modalidades:
Modalidad A. Creación de EBC
Se pretende impulsar la creación de EBC, cuyos objetivos empresariales se basen en la explotación de los resultados de investigación de los miembros de la US. Las ayudas máximas serán de 2.000 €.
Para la selección de las solicitudes según la convocatoria anual se tendrá en cuenta:
- Viabilidad técnico-económica de la iniciativa, con posibilidad de retorno o capacidad de cofinanciación.
- Se tendrá particularmente presente que la EBC vaya a realizar una explotación comercial de cualquier tipo de resultado de investigación protegido cuya titularidad corresponda a la US.
- Naturaleza de la actividad y descripción de la idea (si se pretende potenciar determinados sectores económicos o bien la complementariedad con las empresas anteriormente ubicadas).
Estará destinada para la valoración de las transferencias del conocimiento de la US a la empresa. Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Modalidad B. Impulso de EBC
Constituidas en los últimos 5 años que tengan entre sus promotores a miembros del PDI de la US. El objetivo es potenciar actuaciones del PDI que mejoren el posicionamiento de la EBC en el sector empresarial.
Las ayudas máximas serán de 4.000 €. Para la selección de las solicitudes según la convocatoria anual se tendrá en cuenta:
- Valoración de la transferencia del conocimiento de la EBC.
- Facturación media anual.
- Puestos de trabajo cualificados (becarios, egresados, prácticas, etc.).
Podrán solicitar esta ayuda el PDI de la US que sean promotores de las siguientes iniciativas:
- Las EBC constituidas o en fase de constitución que tengan entre sus promotores a miembros del PDI de la US.
- Las EBC cuya actividad principal esté vinculada a la explotación de una línea o resultado de investigación desarrollado en la US.
- Quedarán excluidos de la ayuda los gastos de constitución de la empresa.
- Podrá solicitarse la ayuda para la valoración de las transferencias del conocimiento de la US a la empresa.
- Para solicitar la ayuda I.9.B la empresa ha de estar legalmente constituida, y haber firmado el contrato de transferencia con la US.
2) Solicitudes y plazos de presentación
La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática, presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.
3) Documentación a aportar:
Modalidad A:
- Informe de autorización para la creación de EBC, emitido por el Secretariado de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento.
Modalidad B:
- Informe de seguimiento de EBC conforme al modelo suministrado por el Secretariado de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento.
- Impuesto de Sociedades del último año o documento equivalente que recoja datos de facturación de la empresa.
- Certificado del Secretariado de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento de estar al corriente del pago de regalías.
Plazo de presentación de solicitudes: 18 de octubre de 2023 - 15 de julio de 2024.
4) Criterios de concesión y resolución de la convocatoria
En la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Modalidad A:
- 40%: viabilidad técnico-económica de la iniciativa, con posibilidad de retorno o capacidad de cofinanciación.
- 30%: se tendrá particularmente presente que la EBC vaya a realizar una explotación comercial de cualquier tipo de resultado de investigación protegido cuya titularidad corresponda a la US.
- 30%: naturaleza de la actividad. y descripción de la idea (si se pretende potenciar determinados sectores económicos o bien la complementariedad con las empresas anteriormente mencionadas).
Modalidad B:
- 50%: valoración de la transferencia del conocimiento de la EBC.
- 20%: facturación media anual.
- 30%: puestos de trabajo cualificados (becarios, egresados, prácticas, etc.
5) Obligaciones de los beneficiarios
- Remitir al Vicerrectorado de Investigación, al finalizar el año de la concesión de la ayuda, informe de actividades para su evaluación. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá el reembolso de la ayuda obtenida.
- Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.
- Compromiso de constitución de la empresa.
- Compromiso de colaborar con la institución en la creación de la empresa.
Justificación de la ayuda.
Al corresponderle la orgánica general del PPIT a esta Acción, para la gestión de las facturas se deberán ajustar a la nueva norma sobre el Procedimiento de Reservas de Créditos mediante Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales, procedimiento que deberán iniciar los Gestores del Departamento/Centro/Instituto señalado en la solicitud de la Ayuda, mediante la aplicación cuyo enlace es el siguiente https://investigacion.us.es/sisiusapp/invest
Más información de ayuda sobre dicho procedimiento en el siguiente enlace:
https://investigacion.us.es/area-investigacion/procedimientos/gestion-vii-plan-propio