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Letras Universidad de Sevilla

Programa de Formación Predoctoral.

VIIPPIT-2024-II.2

Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Plazos:

  • Modalidad B - Fase A.   18/10/2023 - 15/02/2024

Bases de la convocatoria.:

Se desarrolla en 2 modalidades:

Modalidad A. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US.

Modalidad B. Ayudas a proyectos de investigación en colaboración con empresas u otras entidades en el marco de un programa de doctorado de la US.

 

MODALIDAD A. CONTRATOS PREDOCTORALES (PIF) PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PROPIO DE I+D+i DE LA US

1) Objeto de la convocatoria.

Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Este programa de ayudas a la formación del personal investigador se inscribirá en el Registro general de programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a lo regulado en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. Las personas beneficiarias de esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación, contemplados en el mencionado Real Decreto y en las bases de la correspondiente convocatoria anual realizada por la CI-US.

2) Requisitos de los solicitantes

- Los criterios de admisión se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.

-­ Los candidatos de estos contratos predoctorales deberán haber participado en la convocatoria de FPU inmediatamente anterior al plazo de presentación de candidatos de la convocatoria anual del VII PPIT, y presentar su solicitud con el mismo director de proyecto (que debe ser PDI de la US), grupo y propuesta de investigación. Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de la misma, donde conste puntuación detallada, título del proyecto y nombre del director de la solicitud del contrato FPU.

­- Los solicitantes deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.

­- No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

­- Los ciudadanos de países fuera de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

3) Requisitos de los directores de tesis

- Ser Personal Docente e Investigador (PDI) o Personal Investigador (PI) contratado de la US, y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.

­- En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.

- Ningún director/a podrá figurar como tal en más de una solicitud de beca en cada convocatoria. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

- No figurar como director/codirector de tesis de un contrato predoctoral previo del VII PPIT-US.

4) Documentación requerida

- Copia DNI, pasaporte o tarjeta residencia del candidato.

- Documentación acreditativa de haber participado en el programa de contratos predoctorales del Ministerio, FPU, de la convocatoria inmediatamente anterior. Deberá indicar la puntuación obtenida, director y/o codirector del proyecto de tesis, y título de este.

- Titulaciones oficiales del solicitante.

­- Documento de aceptación del Director del Proyecto de Tesis (director de la beca)

- Memoria del proyecto de tesis (formato libre)

5) Calendario de las convocatorias y valoración de las solicitudes

- Para el ejercicio 2024, esta convocatoria se adecuará a lo dispuesto en la convocatoria de contratos de Formación de Profesorado Universitario del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación de 2023.

Plazo de presentación de las solicitudes: se publicará la convocatoria, que será aprobada en la CI si hubiese alguna modificación, en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la US y en el Tablón Oficial de la US, una vez se haya resuelto definitivamente la convocatoria FPU - 2023 (resolución en 2024).

-­ El orden de adjudicación, dentro de cada rama de conocimiento, se realizará haciendo uso de la puntuación otorgada por el Ministerio en la convocatoria FPU 2023. Si alguna de las ramas, después de aplicar lo indicado en el párrafo anterior, no contara con candidatos suficientes para cubrir los que le corresponden, estos podrán reasignarse al resto de las ramas de manera equitativa entre ellas en función de la evaluación de los solicitantes dentro de cada rama. El orden de selección de estas ramas se determinará atendiendo a la mayor calificación de los candidatos disponibles. Se priorizará la distribución de forma equitativa entre todas las ramas que dispongan de candidatos elegibles. Así pues, en esta asignación adicional no se podrán repetir ramas de conocimiento salvo que no existiesen candidatos elegibles en las ramas restantes. Dentro de cada rama la asignación de contratos se realizará siguiendo el procedimiento general indicado anteriormente.

-­ La asignación de la rama de conocimiento del contrato predoctoral se realizará teniendo en cuenta el área de adscripción del director del proyecto de tesis.

­- En el caso de que no se hubiera iniciado el proceso de resolución de la convocatoria del Ministerio a fecha de 31 de octubre de 2024, la CI-US establecerá los mecanismos necesarios para arbitrar la adjudicación de estas ayudas. En este supuesto, se publicaría en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la US las bases de la convocatoria.

­- La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

­-  En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses desde la resolución, el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará íntegramente desde la fecha de nombramiento del sustituto. Podrá ser por una única vez. Si la renuncia se produce entre el 6º mes y el año de contrato, la ayuda se asignará al suplente por el periodo restante (mínimo 3 años). Por último, en el caso de renuncias producidas tras haber disfrutado del contrato predoctoral más de un año, este no se adjudicará a otro solicitante. 

6) Número de ayudas

En cada convocatoria anual del VII PPIT se dotarán hasta 30 ayudas, distribuidas entre las 5 ramas científicas (Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura) establecidas por la CI-US, asignando siempre que sea posible 6 ayudas por rama. El número de ayudas previstas podrá ser modificado en función de las disponibilidades presupuestarias. Las ayudas se distribuyen en dos cupos: cupo general con 25 contratos y cupo de talento estratégico con 5 contratos (ver descripción más adelante). La asignación del cupo se realizará en función de los requisitos del director del proyecto de tesis.

Se establecerá un cupo de hasta 5 contratos para estimular la incorporación de talento estratégico, dirigido a beneficiarios seleccionados por su carácter estratégico, de entre los que hayan obtenido proyectos/contratos en los programas ERC, RyC, Emergia y Beatriz Galindo en las convocatorias 2020, 2021 y 2022, así como en otros programas que pueda determinar la CI. Excepcionalmente podría superarse el cupo de 5, si así lo decide la CI antes de publicarse la correspondiente convocatoria. El proceso de asignación de estos contratos se hará de forma independiente a la convocatoria general pero siguiendo los mismos criterios señalados en el párrafo previo.

La asignación de los contratos se realizará de forma equitativa entre las 5 ramas de conocimiento si fuese posible. En caso en que el número de candidatos elegibles en este cupo sea superior al número de contratos disponibles (5), los candidatos no elegidos, que figurarán como suplentes en el cupo de talento, serán también considerados en el cupo general para su evaluación de acuerdo con los criterios generales indicados. Si el número de contratos asignados en el cupo estratégico fuera menor al máximo establecido (5), los restantes se transferirán al cupo general para su asignación siguiendo los mismos criterios que para el caso de contratos del cupo general sobrantes en algunas ramas. En caso de renuncia de un titular del cupo de incorporación de talento, se asignará el contrato al candidato de reserva de dicho cupo (lista de suplentes) teniendo en cuenta la valoración y rama de adscripción.

Sólo se concederá 1 contrato por esta modalidad a lo largo del presente Plan Propio por director de tesis. Los departamentos sólo podrán obtener un contrato por convocatoria, no pudiendo optar a un nuevo contrato en la convocatoria siguiente a la de la concesión. Esta última condición se aplicará por separado a los dos cupos establecidos, talento estratégico y general. Así pues, la concesión de un contrato por un cupo determinado a un departamento no impide que ese departamento pueda participar en la convocatoria siguiente siempre que solicite un contrato correspondiente al otro cupo (sin tener ninguno asignado previamente dentro del VII PPIT-US).

Se reservan dos contratos para el cupo de discapacidad, cuyos candidatos se seleccionarán de entre aquellos que se presentaron a la convocatoria FPU del turno de discapacidad. En el caso que no hubiera candidatos elegibles se podrá conceder un contrato a un candidato que cumpla los requisitos del turno de discapacidad de la convocatoria de becas FPU anterior, pero que no haya podido presentarse a la misma por razones de tiempo transcurrido desde la finalización de estudios. En este caso específico, la CI evaluará las solicitudes presentadas en base a los siguientes aspectos: expediente académico (50%), proyecto de tesis (25%) y CV de los directores del proyecto (25%).

La documentación a presentar por los candidatos que opten a este contrato será la siguiente:

­          - Certificado y dictamen de discapacidad del órgano competente.

­          - Proyecto de tesis.

­          - Justificación de estar matriculado en un programa de doctorado de la US (copia matrícula).

­          - Certificados académicos oficiales del grado/licenciatura/máster.

­          - Aceptación del director del contrato/tesis (formato libre).

­          - Documento que justifique su integración en un grupo/proyecto de investigación de la US (informe del responsable del grupo/proyecto, formato libre).

­          - CVA de los directores del proyecto. No se aceptarán modelos diferentes al CVA-AEI (ver enlace: https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/plan-propio/bases-viippit-2024/extracto-bases).

7) Duración del contrato

El contrato, con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración mínima de un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá presentar al Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Sevilla la memoria anual de actividades (máximo 1000 palabras) con el informe favorable del director de la tesis doctoral.

En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en adelante Ley CTI.

La obtención del título de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador (punto 4 del Art. 20 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación). A estos efectos, la fecha de finalización de esta etapa se considerará el día de la exposición y defensa de la tesis doctoral. En este supuesto, la vinculación del contratado con la Universidad de Sevilla se mantendrá, con las mismas condiciones económicas, adaptando el contrato a la legislación vigente y en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley CTI   por un periodo máximo de 12 meses, sin que pueda superarse en ningún caso la fecha prevista inicialmente de finalización del cuarto año del contrato predoctoral PIF.

8) Obligaciones de los beneficiarios

- Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.

­- El beneficiario de esta ayuda deberá colaborar en actividades docentes en el departamento con un máximo de 60 horas/año y 180 horas durante los cuatro años, en cualquier caso en las mismas condiciones que las determinadas en la convocatoria FPU del Ministerio, Convocatoria FPU 2023, y según quede recogido en el Estatuto del personal investigador en formación.

­ - Con carácter general, la docencia impartida por el beneficiario de esta ayuda se retraerá de la carga docente del director de la tesis doctoral, caso que éste perteneciera al departamento en cuestión. Si no fuera así, computaría en el encargo docente común del departamento de adscripción. En el caso de que hubiera más de un director, el reparto sería proporcional entre ellos.

­- Deberá presentar memoria anual de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral y el VºBº del presidente de la Comisión de Doctorado, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.

­-  En un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de finalización del contrato, el beneficiario de esta ayuda deberá presentar documentación que demuestre la consecución del grado de doctor. Excepcionalmente, se podrá solicitar prórroga. La no aportación de dicha documentación dará lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda y en su caso, el reintegro de la misma. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación; salvo justificación, en caso de incumplimiento se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.

- Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

9) Retribución

La retribución bruta será la indicada en el Estatuto del Personal Investigador en Formación.

10) Ayudas específicas

Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a concurrir a la convocatoria de las siguientes ayudas, en las condiciones que se describen:

10.1 Ayudas para estancias breves:

Las ayudas para estancias breves del PIF en otros centros tendrán por objeto reforzar la internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de su tesis. Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de prestigio internacional, preferentemente en el extranjero y muy excepcionalmente en centros españoles. Los centros de destino en España deberán estar ubicados en una localidad distinta a la del centro de adscripción de la beca y deberá implicar, necesariamente, cambio de residencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la residencia familiar y al centro de formación académica anterior. Análogamente, las estancias a realizar en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización al que no hubiera accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.

Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y máxima de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino.

El máximo número de estancias breves a lo largo de los 48 meses será de 3 y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de los 48 de duración del contrato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite para su defensa pública o que haya indicación expresa favorable en el informe del director de la tesis doctoral.

Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica en los desplazamientos cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para el período para el que fuera concedida la estancia breve.

Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente justificados en los que concurran circunstancias de fuerza mayor, se podrán autorizar cambios sobrevenidos por situaciones posteriores, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los elementos tenidos en cuenta en la evaluación.

Requisitos: Podrán disfrutar de esta ayuda los contratados predoctorales del Plan Propio que hayan completado un periodo igual o superior a doce meses. La solicitud podrá realizarse antes de haber transcurrido el citado periodo.

Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las cuantías y condiciones que determine la CI-US. Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de movilidad dentro de las convocatorias oficiales que se convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional e internacional.

Pago y justificación de las ayudas para estancias breves: El 50% máximo del importe de las ayudas concedidas para la realización de estancias breves se entregará por adelantado a los beneficiarios, con fecha anterior al inicio de la estancia.

Una vez concluida la estancia y en el plazo de quince días contados desde el día siguiente a su regreso, los beneficiarios justificarán la realización de la misma. Los beneficiarios deberán presentar ante la CI-US el formulario de justificación con la siguiente documentación:

- Certificación del responsable del grupo receptor, en la que constará el día de inicio y de finalización de la estancia.

­- Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lugar de disfrute de la beca al centro receptor de la estancia breve y regreso.

­- Memoria descriptiva, con una extensión máxima de 1.000 palabras, en la que figurará el visto bueno del director de la tesis; dicha memoria irá encabezada por el título del proyecto de tesis y por la referencia del contratado predoctoral.

En caso de no llevarse a cabo la estancia en las condiciones que fue concedida o de no poderla justificar, el beneficiario estará obligado a reintegrar la totalidad de la cantidad percibida. En el caso de reducción del periodo concedido, el beneficiario deberá justificar las causas. Igualmente deberá reintegrar las cantidades percibidas en exceso sobre el coste real al viaje realizado, todo ello relacionado con la finalidad de la estancia.

Interrupción voluntaria de las ayudas y ausencias temporales: No se autorizará la interrupción voluntaria por motivos no relacionados con el contrato predoctoral y la actividad del programa de doctorado.

10.2 Ayudas de precios públicos por matrícula en el Programa de Doctorado

Las ayudas por los precios públicos de la matrícula en un Programa de la presente convocatoria se aplicarán exclusivamente en la tutela académica durante los cursos académicos coincidentes con el período total de la ayuda. Estas ayudas no podrán aplicarse en los casos de convalidaciones de estudios realizados con anterioridad.

Incompatibilidades: Esta ayuda será incompatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, para cursar las mismas enseñanzas que se acrediten en la solicitud de la presente convocatoria.

 

MODALIDAD B. AYUDAS PREDOCTORALES EN COLABORACIÓN CON EMPRESAS U OTRAS ENTIDADES

1) Objeto de la convocatoria

El objeto de esta acción es promover la colaboración de la Universidad de Sevilla con el tejido empresarial mediante la financiación de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que se enmarque una tesis doctoral que pudiera optar preferentemente a la mención de Doctorado Industrial conforme a lo establecido en el RD99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Se persigue estimular la colaboración entre el entorno universitario y el sector productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la contratación en empresas.

2) Dotación

Esta acción tendrá una dotación económica inicial de hasta 80.000 € anuales, pudiéndose otorgar un máximo de 8.000 € anuales por ayuda, o proporcionalmente a la duración del proyecto caso de que éste sea inferior a 1 año, que deberá destinarse al correcto desarrollo de la propuesta de investigación planteada. El proyecto podrá tener una duración máxima de 3 años. En la medida de lo posible se distribuirán de manera equitativa entre las ramas de conocimiento de la US.

Se mantendrá un máximo de 10 ayudas en vigor en la actual convocatoria.

3) Características de la ayuda:

- Se financiará un único proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental por tesis doctoral. El proyecto podrá ser nuevo o encontrarse en desarrollo, es decir, con la tesis doctoral en proceso de elaboración, o bien dicho proyecto podría conllevar la contratación de un doctorando por parte de la empresa. En este último supuesto, el proceso de selección quedará explícitamente detallado en el convenio regulador de la colaboración.

-­ La financiación irá dirigida a incentivar el desarrollo del proyecto de investigación en el seno de la empresa o entidad participante, y se destinará a cubrir parte de los gastos de ejecución del proyecto presentado.

- El proyecto cuya financiación se solicita tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 3 años. Los proyectos con una duración superior a 12 meses deberán presentar solicitud de renovación en la siguiente anualidad. Para ello, en el décimo mes de contratación deberá presentarse, por parte del contratado y con las firmas del IP del proyecto y del responsable por parte de la empresa, informe de seguimiento, así como compromiso de vinculación por parte de la empresa.

-­ Será necesario rubricar el correspondiente convenio de colaboración entre la US y la empresa o institución participante conforme al modelo publicado en la página web del Vicerrectorado de Investigación, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. Se recomienda contactar con la Unidad de Convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda.

-­ La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+i se deberá distribuir entre la empresa y la US, de modo que permita finalizar la tesis doctoral en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.

­- Los beneficiarios de esta acción podrán prestar colaboraciones docentes cuando se determinen en el convenio de colaboración entre la US y la empresa.

­- La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes, al menos, a las de un contratado predoctoral de programas oficiales (e.g., programas FPU o FPI).

-­ Los proyectos que se presenten deberán atenerse a los principios internacionales y a la normativa vigente en materia de bioética, experimentación animal, bioseguridad, seguridad biológica, protección del medioambiente, patrimonio natural y biodiversidad y protección de datos, correspondiendo a las entidades participantes velar por su cumplimiento.

-­ Se podrán también considerar como destinatarias de estas ayudas, colaboraciones/convenios en el ámbito de las Cátedras de Empresa, aunque las tesis realizadas no sean conducentes a la mención de Doctorado Industrial. Al respecto, tendrán prioridad las solicitudes de propuestas de tesis que puedan tener la mención de doctorado industrial.

Observaciones: a efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa o instituciones participantes las definiciones recogidas en el art. 3 de la última convocatoria del MINECO, referida a Doctorados Industriales.

4)  Formalización de solicitudes

Se realizará en dos fases

Fase A. Directores de los proyectos.

Requisitos

-­ Ser PDI de la US y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.

­- En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.

­- Si un director presenta más de una solicitud a este programa, se atenderá a la que resulte mejor valorada (siempre superando el umbral mínimo). En el caso de queden ayudas sin otorgar podría contemplarse dotar de más de una ayuda a un mismo director.

­- Deberán firmar un convenio de colaboración con la empresa o entidad colaboradora en donde se defina el compromiso de colaboración científica y de cofinanciación del doctorando.

Solicitudes y plazos de presentación

Las solicitudes se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Deberá venir acompañada de la siguiente documentación, en formato electrónico:

-­ Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico-técnico de la propuesta y su viabilidad.

­- Convenio de colaboración entre la US y la entidad/empresa (ver documento). Se recomienda contactar con la unidad de convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda. Será este documento, convenientemente validado por la unidad de convenio y firmado por la universidad, el que se remitirá a la firma para la empresa.

­- CVA del solicitante. No se aceptarán modelos diferentes del CVA-AEI (ver enlace: https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/plan-propio/bases-viippit-2024/extracto-bases).

-­ Actividades de I+D+i de la empresa o entidad, como contratos 68/83 firmados con la universidad, su porcentaje de dedicación a actividades de I+D, etc.

Plazo de presentación de la fase A: 18 de octubre de 2023 – 15 de febrero de 2024.

Criterios de concesión y resolución de la convocatoria

La selección se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

  • 60%: interés científico-técnico y viabilidad del proyecto presentado.
  • 40%: calidad y relevancia de la actividad de I+D+i desarrollada por la entidad/empresa colaboradora en relación con el proyecto de tesis.

-­ Se establece una puntuación de 50 sobre 100 como umbral mínimo para el acceso a esta ayuda.

 

Fase B. Candidatos.

Una vez resuelta la fase A, se abrirá una convocatoria pública para proceder a la selección de los candidatos, que deberán estar pre-admitidos o matriculados en un programa de doctorado de la US, o al menos en condiciones de realizar el programa de doctorado en caso de ser seleccionados.

Esta fase no será de aplicación para aquellas solicitudes que ya tengan un doctorando contratado por la empresa o institución para el desarrollo del proyecto solicitado.

En la convocatoria se indicarán la titulación y requisitos exigidos, las condiciones del contrato y la composición de la comisión evaluadora, que deberá estar integrada de forma igualitaria entre miembros de la CI-US y de la entidad/empresa. Estos aspectos deberán quedar claramente reflejados en el convenio de colaboración.

No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

5) Solicitudes y plazos de presentación

Se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

 Deberá acompañarse de la siguiente documentación:

-­ Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.

- CV. Debe incluir certificación académica detallada.

-­ Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico de la propuesta y su viabilidad.

-­ Aceptación del director del trabajo de investigación.

-­ Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado vigente en la US.

Plazo de presentación de la fase B: se irá publicando en la página web del Vicerrectorado de Investigación a medida que se vaya resolviendo la fase A. 

6) Criterios de concesión y resolución de la convocatoria

La selección se realizará atendiendo al CV de los candidatos y su adecuación al proyecto de investigación propuesto.

7) Obligaciones de los beneficiarios

-­ Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.

-­ Deberán presentar memoria de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.

- El doctorando deberá presentar su Tesis Doctoral y acreditar la consecución del título de doctor mediante informe final presentado a la CI-US, en el tiempo que le corresponda según su modalidad de permanencia en su programa de doctorado. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación.  En caso de incumplimiento, salvo caso convenientemente justificado, se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.

- Deberá presentar los informes que le requiera la empresa o entidad colaboradora.

- Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

Podrá impartir clase como colaborador docente externo.


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