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Contratos de Acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo del Programa Propio de I+D+i de la US.

VIIPPIT-2024-II.4

Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores que estén en posesión del título de Doctor o equivalente y puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo del programa de I+D+i de la US. El objetivo esencial es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad investigadora y una dilatada experiencia en centros de investigación tanto nacionales como extranjeros. Los doctores contratados realizarán tareas de investigación orientadas a la obtención de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional.


1) Objeto de la convocatoria

Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores que estén en posesión del título de Doctor o equivalente y puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo del programa de I+D+i de la US. El objetivo esencial es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad investigadora y una dilatada experiencia en centros de investigación tanto nacionales como extranjeros. Los doctores contratados realizarán tareas de investigación orientadas a la obtención de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional.

2) Dotación

En el ejercicio 2024 se dotarán hasta 20 contratos, a distribuir entre las cinco ramas científicas establecidas por la CI-US. Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las plazas que le corresponden, las vacantes podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la puntuación alcanzada por los solicitantes.

Los candidatos seleccionados se adscribirán a departamentos o institutos universitarios de la US. Ningún departamento o instituto universitario podrá tener más de 1 contrato en activo por esta modalidad durante el VII PPIT-US. No obstante, se contempla la posibilidad de que la CI-US arbitre un mecanismo por el que se pueda asignar un nuevo contrato a departamentos o institutos universitarios ya beneficiados por esta acción en el presente PPIT. Los departamentos que en la convocatoria previa de la acción II.4 hayan decidido no aceptar la admisión de los contratados asignados, no podrán participar en la presente convocatoria. Por el contrario, los departamentos receptores de esos contratados sí podrán hacerlo.

Durante la vigencia del VII PPIT-US, el número de plazas a dotar cada año podrá modificarse por el Consejo de Gobierno en razón de las disponibilidades presupuestarias. El coste anual aproximado de cada contrato, incluido cuotas patronales y finiquito será aprobado por la CI previamente a la publicación de la convocatoria.

Se establecerá un cupo de hasta 5 contratos de acceso de personal investigador doctor para estimular la incorporación de talento senior de interés estratégico, de entre los investigadores que hayan obtenido proyecto en el programa ERC, así como en otros programas que pueda determinar la CI. El proceso de asignación de dicho contrato se hará de forma independiente a la convocatoria general, pero siguiendo los mismos criterios señalados en párrafos previos.

3) Selección de los candidatos

El objetivo general del programa es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad científica y experiencia postdoctoral prolongada con estancias en centros de investigación preferentemente internacionales. El programa de contratos de acceso de personal investigador doctor irá ligado a la participación previa de los candidatos en la convocatoria anual del programa Ramón y Cajal del Ministerio. Se pretende de esta forma fomentar la participación de los jóvenes investigadores en convocatorias científicas altamente competitivas.

4) Requisitos de los candidatos

- Haber participado en la convocatoria del Programa Ramón y Cajal del Ministerio inmediatamente anterior al periodo de presentación de candidatos de esta acción. El candidato deberá presentar justificación de su participación en dicho programa, así como la evaluación obtenida, sea esta provisional o definitiva. La resolución de esta convocatoria tendrá lugar una vez que el programa Ramón y Cajal haya publicado la lista definitiva con las evaluaciones. En el caso en que existiese un retraso considerable en la resolución del programa RyC, modificación o desaparición de este, la CI arbitrará las medidas que considere oportunas. La CI-US también establecerá las medidas oportunas para la transición entre lo estipulado en el VI y VII PPITUS en esta acción.

- El candidato deberá haber obtenido en el programa RyC una calificación mínima para su admisión. La CI de investigación establecerá en las bases anuales la calificación mínima que deberá ser igual o superior en todo caso a 70 (sobre 100) puntos. Para la convocatoria de 2024 la CI decidirá la calificación mínima específica con anterioridad a la apertura del plazo de convocatoria. Se podrá establecer un mínimo diferenciado por rama de conocimiento.

- Presentar escrito firmado por uno o varios profesores/investigadores doctores de un departamento o instituto universitario de investigación de la US avalando la solicitud. Entre los firmantes del documento de aval deberá figurar necesariamente al menos un miembro del cuerpo de: catedráticos de universidad, profesores titulares de universidad y/o profesores contratados doctores, que será el avalista principal. Las solicitudes se adscribirán a la rama de conocimiento y departamento/instituto del profesor avalista principal. Los profesores avalistas deberán informar al departamento de la solicitud planteada. El escrito de aval deberá ir acompañado de documento firmado por el director del departamento indicando su conocimiento de la solicitud presentada y escritos de aval.

En caso de no disponer de profesor avalista, el candidato podrá realizar la solicitud y la CI-US establecerá un proceso de captación de profesores avalistas. Si este proceso no culmina con la asignación de un profesor avalista al solicitante, este será desestimado.

- Cada candidato presentará una única solicitud, con el documento de aval de profesores de un único departamento o instituto. La presentación de más de una solicitud será motivo de exclusión. Los investigadores que ya estén disfrutando, o hayan disfrutado, de un contrato de acceso de personal investigador doctor del Plan Propio en la US, no podrán participar en la presente convocatoria. En el caso en que el solicitante sea seleccionado en el programa RyC será excluido de la convocatoria. La selección se realizará por orden de calificación en el programa RyC, de manera independiente en cada una de las ramas de conocimiento, teniendo en cuenta las incompatibilidades generales anteriormente descritas.

- En el caso de ramas de conocimiento en que no se hubiesen podido asignar todos los contratos (cuatro), estos se asignarán entre las ramas restantes con candidatos elegibles. El orden de selección de estas ramas se determinará atendiendo a la rama que tenga mayor calificación de los candidatos disponibles. Se priorizará la distribución de estos contratos adicionales de forma equitativa entre todas las ramas que dispongan de candidatos elegibles. Así pues, en esta asignación adicional no se podrán repetir ramas de conocimiento salvo que no existiesen candidatos disponibles en las ramas restantes. Dentro de cada rama la asignación de contratos se realizará siguiendo el procedimiento general indicado más arriba.

- Los candidatos seleccionados se incorporarán a los departamentos o institutos correspondientes, previo informe razonado emitido por los consejos de departamento.

Los posibles conflictos que puedan generarse en el proceso de adscripción serán resueltos, en primera instancia, por la CI- US. Si el departamento determinado por la CI no admite al candidato, la CI podrá determinar que dicho departamento no pueda optar por un contrato de este tipo durante la vigencia del VII PPIT-US.

Los contratos serán incluidos a su finalización en el plan de Captación y Retención de Talento de la US que anualmente se contemple en la correspondiente Oferta de Empleo Público, ofreciendo de este modo la posibilidad de estabilización para un investigador por cada uno de los contratos efectuados bajo esta modalidad, siempre que se haya disfrutado el contrato al menos 3 de los 4 años de duración.

5) Duración del contrato

El contrato, de duración determinada con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de un máximo de 4 años. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato, tal como se indica en las normas generales.

Las prórrogas se otorgarán tras la evaluación de los resultados presentados en las memorias anuales de seguimiento. En las bases de la convocatoria, la CI-US establecerá y publicará los indicadores de seguimiento para estas evaluaciones anuales.

En el caso de investigadores adjudicatarios que hayan disfrutado previamente de contratos de acceso de personal investigador doctor, la duración del contrato de acceso a formalizar no podrá exceder el máximo total establecido por la legislación vigente. En la convocatoria se especificarán, si es el caso, aspectos adicionales sobre la modalidad de contratación.

En el caso de renuncia del titular antes de la finalización del primer año de contrato, este se adjudicará al primer suplente de la rama que corresponda. Si no existiesen candidatos elegibles entre los suplentes de la rama mencionada, la CI establecerá el mecanismo para que el contrato pueda ser asignado a otra rama de conocimiento siguiendo el procedimiento general de valoración indicado en los párrafos previos. En el caso en que la renuncia se produzca tras haber disfrutado del contrato por un periodo superior a un año, este no se adjudicará a otro solicitante.

6) Participación en la docencia

El personal investigador que sea contratado por esta modalidad podrá realizar tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación propuesta en los términos que indique la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Transferencia y la Innovación, con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y a la Normativa de dedicación docente del profesorado en cada curso.

 

7)  Solicitudes y plazos de presentación.

  1. La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro General o Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

En la página de entrada a la aplicación telemática se proporcionará un enlace con el procedimiento de autenticación para realizar la solicitud si el solicitante de la ayuda no dispone de usuario UVUS de la Universidad de Sevilla.

2.Deberá venir acompañada de la siguiente documentación:

­          - Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.

­          - Documentación acreditativa de haber participado en la última convocatoria del programa Ramón y Cajal inmediatamente anterior al periodo de presentación de candidatos de esta acción, así como el resultado de la evaluación obtenida, sea esta provisional o definitiva.

­          - Escrito firmado por uno o varios profesores/investigadores doctores de un departamento o instituto universitario de investigación de la US avalando la solicitud.

­          - Escrito firmado por el director del departamento/instituto de investigación indicando su conocimiento de la solicitud planteada y escritos de aval.

­          - En el caso de no disponer del escrito de aval y/o escrito firmado por el director del departamento/instituto de investigación en el momento de la solicitud, esta podrá tramitarse sin adjuntar dichos documentos (ver detalles en el apartado “Requisitos de los candidatos”).

Plazo de presentación de solicitudes: la convocatoria, que se aprobará en CI si hubiese alguna modificación, se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la US, en el Tablón Oficial de la US, así como en los canales nacionales e internacionales que posibiliten máxima difusión de la convocatoria.

8) Obligaciones de los contratados.

­          - Aceptar las condiciones fijadas en esta convocatoria.

­          - Los investigadores que sean contratados al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria deberán incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con este, el día primero de uno de los 3 meses siguientes a contar desde la publicación de la resolución de concesión. En casos excepcionales, y previa solicitud al Vicerrectorado de Investigación, la incorporación al centro podrá ampliarse en un máximo de 3 meses adicionales. En ningún caso podrá excederse del límite de 6 meses.

­          - Deberán cumplir con las actividades docentes asignadas. Esta colaboración será incluida en el plan de asignación del profesorado del departamento implicado.

­          - Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US. 


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