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Plazas de Profesor Ayudante Doctor por Necesidades Investigadoras.


Se trata de una acción destinada a impulsar el tejido investigador de la US, en términos de recursos humanos, mediante la dotación de plazas de Ayudante Doctor en áreas donde existan necesidades investigadoras que se consideren de especial interés para la US.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140, email
  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
  • Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140, email

Bases de la convocatoria.:


1) Objeto de la convocatoria.

Se trata de una acción destinada a impulsar el tejido investigador de la US, en términos de recursos humanos, mediante la dotación de plazas de Ayudante Doctor en áreas donde existan necesidades investigadoras que se consideren de especial interés para la US.

2) Dotación.

Anualmente se determinará el número de plazas dependiendo de la disponibilidad económica y necesidades estratégicas, a propuesta de los Vicerrectorados de Investigación y de Personal Docente e Investigador. Esta propuesta incluirá la dotación de plazas asociadas al Plan de Captación de Talento de la US.

3) Criterios de concesión.

Para dar trámite a esta ayuda, la CI-US designará una subcomisión, presidida por el Vicerrectorado de Investigación y en cuya composición también estará representado el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador.

La propuesta emitida por la subcomisión, no vinculante, será considerada por la CI-US para la selección de las áreas a las que se dotarán las plazas. En base a ella, los Vicerrectorados de Investigación y Personal Docente e Investigador elaborarán la correspondiente propuesta de dotación al Consejo de Gobierno de la US, para su aprobación.  

Este procedimiento de selección, se aplicará a las dos modalidades:

Modalidad 1.

Implicará una propuesta en la que se incluirá la dotación de plazas asociadas al Plan de Captación de Talento de la US, en áreas donde existan necesidades investigadoras que se consideren de especial interés para la US, asociadas a perfiles excelentes procedentes de convocatorias altamente competitivas.

Para 2024 se destinan hasta un máximo de cinco plazas, una por rama de conocimiento, para esta modalidad.

Modalidad 2.

Adicionalmente, en función de las disponibilidades presupuestarias, la subcomisión podrá identificar otras áreas en las que dotar nuevas plazas, en función de que posean una masa crítica de personal investigador postdoctoral de alta cualificación con elevada producción científica de calidad, también áreas emergentes, estratégicas, o en las que el impulso investigador tenga especial impacto.

Las plazas de Profesor Ayudante Doctor que puedan ofertarse podrán ser repartidas de la siguiente manera:

I. Cinco plazas destinadas a departamentos con actividad investigadora especialmente relevante (una por cada una de las cinco ramas del conocimiento, de entre los departamentos solicitantes), atendiendo a criterios estrictamente de investigación. Se seleccionarán los cinco primeros departamentos de la modalidad 2.I aplicando el baremo de la actividad investigadora.

II. Hasta un máximo de cinco plazas, una por cada rama de conocimiento, destinadas a departamentos cuyo elevado encargo docente suponga una dificultad añadida al desarrollo de su actividad investigadora relevante.

El Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador realizará una selección entre los departamentos no beneficiarios en las modalidades 1 y 2.I que hayan participado en la convocatoria.  Sobre este grupo de departamentos se aplicará el baremo de la actividad investigadora.

En las modalidades 1, 2.I y 2.II, se dará preferencia a los departamentos que no hayan obtenido plazas de Profesor Ayudante Doctor por necesidades investigadoras en las tres últimas convocatorias de esta acción, en cualesquiera de sus modalidades.

Baremo en relación con la actividad investigadora:

A. 25% - Producción científica de calidad (es obligatorio especificar los indicadores de calidad de las aportaciones presentadas) (últimos 5 años). Se podrá aportar esta información desde PRISMA.

B. 25% - Capacidad de captación de fondos para investigación (no es necesario aportar esta información) y actividades relevantes de transferencia (últimos 5 años).

C. 50% - Contratos predoctorales (últimos 5 años) (no es necesario aportar esta información).

A. Respecto del 25% de la producción científica:

A.1. Contemplar producción desde 2018 hasta 2022 (aportaciones con DOI; artículos científicos y libros y capítulos de libros en SPI).

A.2. Solo aportaciones indexadas en bases de datos en consonancia con los criterios de evaluación de la actividad investigadora usada habitualmente en el ministerio en relación con cada rama de conocimiento.

A.3. Computar únicamente las aportaciones científicas con indicadores de calidad correctamente expresados.

A.5. En caso de que no estén especificados los indicadores de calidad de algunas de las aportaciones, éstas se computarán con la puntuación mínima (como no indexado).

A.6. Se puntuará según producción científica total. Posteriormente, se ponderará el resultado de la siguiente manera:

60% ponderado al tamaño del departamento.

40% peso directo de la producción científica.

Para definir el tamaño del departamento, con el objeto de la ponderación en base a este factor, se computarán el total de personal correspondiente a las siguientes figuras: CU, CEU, TU, TEU, PCD, PCDI y AYD.

A.7. Una vez ponderado, se normalizará sobre los 25 puntos máximos.

B. Respecto del 25% de captación de fondos y actividades relevantes de transferencia:

B.1. Se define el espacio temporal de 5 años (2018 a 2022).

B.2. Se determina la siguiente distribución:

Captación de fondos (cont. 68/83 y proyectos de investigación en convocatorias competitivas): 20 puntos.

Transferencia: 5 puntos.

B.3. Ponderar igual que en el apartado A.

 C. Respecto del 50% de contratos predoctorales (últimos 5 años):

Se emplearán los datos oficiales respecto de los contratos predoctorales de la US.

C.1 Se contemplarán los contratos predoctorales oficiales cuyo inicio haya tenido lugar en los últimos 5 años.

C.2 Ponderar igual que en el apartado A.

La subcomisión podrá desarrollar los criterios de selección, en lo no considerado en estas bases, previamente a la apertura de la convocatoria.

La CI podrá determinar un umbral mínimo para acceder a esta ayuda.

Los departamentos beneficiarios de esta acción deberán incluir el perfil investigador propuesto por la CI-US.

4) Plazos de presentación

La convocatoria, que se aprobará en CI si hubiese alguna modificación, se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la US y en el Tablón Oficial de la US.

Los aspectos referidos a la formalización de las solicitudes y a los plazos para esta convocatoria se publicarán en la página web del Vicerrectorado de Investigación de la US. Se usarán igualmente los canales de publicación adicionales que se estimen oportunos.

5) Obligaciones de los beneficiarios.

Los departamentos beneficiarios de esta acción deberán incluir el perfil investigador propuesto por la CI-US, en caso de autorización para la convocatoria pública de la plaza, aceptando las condiciones fijadas en esta convocatoria.


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