Proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales 2024
Los proyectos susceptibles de beneficiarse de estas ayudas habrán de ser de investigación orientada a la adquisición de nuevos conocimientos científicos aplicables a los principios que orientan la naturaleza y función de los parques nacionales, y en el marco de las líneas prioritarias incluidas en el Programa de Investigación de la Red de Parques Nacionales, de acuerdo con lo indicado en la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, y en las directrices del Real Decreto 389/2016 de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
Plazos:
- Plazo interno (presentación de solicitudes) 01/04/2024 - 30/04/2024
- Plazo interno (para solicitar autorización de participación en proyectos externos a la US): 01/04/2024 - 30/04/2024
Información y contacto sobre la convocatoria: En esta sección podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
Oficina de Proyectos Estatales y Autonómicos, tlfno: 955 421 017, opea@us.es
Los proyectos susceptibles de beneficiarse de estas ayudas habrán de ser de investigación orientada a la adquisición de nuevos conocimientos científicos aplicables a los principios que orientan la naturaleza y función de los parques nacionales, y en el marco de las líneas prioritarias definidas en el Anexo I de la presente convocatoria.
Los proyectos podrán ser tanto unidisciplinares como multidisciplinares, individuales o coordinados, estos últimos constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos grupos de investigación, de la misma o de distintas entidades, pero perteneciendo a diferentes departamentos universitarios o centros de investigación. En caso de entidades diferentes, las entidades beneficiarias serán aquéllas a las que pertenezcan los investigadores responsables de cada subproyecto.
Se priorizarán los proyectos de investigación que impliquen, bien a los 16 parques que configuran la red, o bien a grupos de parques con características comunes, por ejemplo parques nacionales de montaña (Sierra de las Nieves, Picos de Europa, Ordesa y Monte Perdido, Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, Sierra Nevada, Sierra de Guadarrama), parques en sistemas insulares (Islas Atlánticas de Galicia, Archipiélago de Cabrera), parques canarios (Timanfaya, Garajonay, Caldera de Taburiente y Teide), zonas húmedas (Doñana y Tablas de Daimiel), o sistemas mediterráneos (Cabañeros y Monfragüe).
Teniendo en cuenta dichos aspectos, las líneas prioritarias de la presente convocatoria son:
1.Análisis de carencias (gap analysis) en los sistemas naturales de la Ley 30/14 y en las especies y hábitats prioritarios de la Red Natura 2000 infrarrepresentados en la Red de Parques Nacionales, con especial atención a los medios áridos, esteparios y marinos.
2.Investigación en la dimensión social de la conservación: procesos de educación ambiental para la sostenibilidad, interpretación, participación y sensibilización innovadores en la Red de Parques Nacionales.
3.Investigación sobre el patrimonio cultural, material e inmaterial de los parques nacionales, y su puesta en valor social.
4.Conocimientos, usos y costumbres tradicionales de interés en conservación: identificación y caracterización de los procesos ecológicos asociados.
5.Investigación en los sistemas hidrogeológicos de los parques nacionales que incluyen humedales: modelización y análisis de escenarios de recuperación.
6.Investigación en gestión para la adaptación de especies y hábitats amenazados ante escenarios de cambio global. Identificación de refugios climáticos en la Red de Parques Nacionales.
7.Investigación en la monetización de los servicios ecosistémicos de los parques nacionales y sus Áreas de Influencia Socioeconómica, con especial atención en los aspectos de salud pública.
8.Caracterización del componente singular, endémico o amenazado, y evaluación de la biodiversidad oculta en la Red de Parques Nacionales.
9.La gestión de la herbivoría en situaciones de estrés del bioma terrestre y marino. Evaluación de la capacidad de carga y sistemas de regulación de poblaciones.
10. Identificación, análisis y propuestas de mitigación de los impactos de las actividades humanas, con especial atención a la pesca artesanal, ganadería y actividades recreativas.
11.Investigación sobre eventos climáticos, oceanográficos y meteorológicos extremos y sus efectos sobre los sistemas naturales marinos y terrestres de la Red de parques nacionales.
12.Investigación en contaminación ambiental y patógenos con implicaciones en conservación y salud global.
2.-Equipo investigador:
Los/as IP deberán poseer el título de doctor y vinculación con la universidad que cubra al menos todo el periodo de ejecución del proyecto.
Ningún/a IP podrá figurar como tal en más de una solicitud de proyecto de esta convocatoria. Los/as IP podrán participar como miembros del equipo investigador de otro proyecto.
3.-Criterios de Evaluación
1. La valoración científico-técnica de las solicitudes presentadas se realizará por el órgano instructor, de manera ordinaria a través de la Subdivisión de Coordinación y Evaluación de la Agencia Estatal de Investigación o excepcionalmente a través del Comité Científico de Parques Nacionales, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Contribución científico-técnica que se espera del proyecto (0 a 25 puntos).
b) Capacidad del equipo de investigación para la realización de las actividades (0 a 25 puntos) programadas y contribuciones recientes del mismo, relacionadas con el área del proyecto.
c) Resultados previos que los equipos de investigación hayan obtenido en el ámbito temático de la propuesta. Valoración de las actividades y proyectos llevados a cabo con anterioridad (0 a 20 puntos).
d) Participación del equipo de investigación en proyectos del Programa Marco de I + D de la Unión Europea, en otros programas internacionales o en colaboraciones con grupos internacionales, en temas relacionados con el proyecto, así como participación en otros Programas Nacionales de I + D (0 a 15 puntos).
e) Viabilidad de la propuesta, adecuación de la metodología, diseño de la investigación y plan de trabajo con relación a los objetivos del proyecto (0-15 puntos).
2. La evaluación de oportunidad de los proyectos será realizada por el órgano instructor, con la colaboración de los órganos gestores de los parques nacionales, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
a) Interés científico del proyecto para la consecución de los objetivos de conservación de los elementos y recursos naturales del parque nacional (hasta un máximo de 30 puntos).
b) Grado de compatibilidad del proyecto con otros proyectos de investigación en curso en el parque nacional (hasta un máximo de 15 puntos).
c) Acciones de transferencia de los resultados y aplicabilidad del proyecto a la resolución de problemas de conservación y de gestión adaptativa del parque nacional (hasta un máximo de 20 puntos).
d) Adecuación del tamaño del grupo de investigación a las posibilidades logísticas del parque (hasta un máximo de 15 puntos).
e) Interés del plan de difusión y divulgación de los resultados del proyecto para el parque nacional (hasta un máximo de 15 puntos).
f) Compatibilidad del programa de muestreos y obtención de datos del proyecto con las actividades de conservación del parque nacional (hasta un máximo de 5 puntos).
4.-Duración: 3 años
5.-Dotación por proyecto: No podrá ser superior a 175.000 €.
6.-Conceptos financiables:
-Gastos de personal: Personal técnico de apoyo.
-Gastos de adquisición o alquiler de material inventariable y bibliográfico necesarios para la realización del proyecto.
-Material fungible como papelería, consumibles u otros.
-Dietas y gastos de viaje del personal adscrito al proyecto
-Otros gastos, como la utilización de grandes instalaciones de apoyo a la investigación, análisis de muestras, actualización de sistemas de análisis de datos, tasas de publicación de artículos, entre otros.
Tablas salariales para configurar el apartado gastos de personal del presupuesto del proyecto.
7.-Información importante adicional:
Comité de Ética: Todos los proyectos han de contar con la aprobación del Comité Ético de la US https://investigacion.us.es/investigacion/comites-eticos/ceius/. Es necesario que inicien en esta fase de solicitud del proyecto.
Personal no perteneciente a la US: Deberá contar con autorización de su entidad de origen, en la que se haga constar el tipo vinculación indicando si se trata de una relación funcionarial o contractual. En el caso de relación contractual de carácter temporal se habrá de indicar la fecha fin de contrato.
La no correcta presentación del formulario de solicitud y la memoria del proyecto en el formato establecido conllevará la exclusión de la solicitud.
8.-Presentación de solicitudes:
Los investigadores principales realizarán la solicitud de forma telemática, utilizando la aplicación informática disponible en la web (https://aplicaciones.ciencia.gob.es/proyparques/). Adjuntarán a través de la aplicación la siguiente documentación:
a) Memoria científico-técnica del proyecto (no es subsanable).
b) Currículum Vitae abreviado de los investigadores que participarán en el proyecto. (https://www.aei.gob.es/sites/default/files/convocatory_info/2021-12/Instrucciones_CVA_2021_FJC.pdf)
c) Autorización para participar en el proyecto para miembros del equipo investigador adscritos a un organismo distinto al solicitante.
d) Declaración firmada comunicando, en su caso, cualquier otra ayuda que haya obtenido o solicitado para el mismo proyecto, así como su cuantía, de acuerdo con el artículo 33 del Real Decreto 887/2006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Declaración expresa responsable, de no hallarse la entidad solicitante en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la forma que regula el apartado 7 del citado artículo. Deberá constar, asimismo, en dicha declaración que la entidad solicitante cumple las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de dicha ley. (Solicitar por correo a opea@us.es)
Una vez finalizada la cumplimentación, validarán y enviarán telemáticamente la solicitud antes de la finalización del plazo interno (30 de abril) y también deberá enviarse toda la documentación a opea@us.es acompañada del anexo de firmas de los miembros del equipo investigador y de las autorizaciones del personal externo, en su caso.
El representante legal del organismo validará mediante firma electrónica cada solicitud de proyecto, responsabilizándose de la custodia y veracidad de las firmas del investigador principal y del resto de los miembros del equipo de investigación.
Archivos relacionados:
Enlaces relacionados:
Los/as beneficiarios/as de las ayudas están obligados a cumplir las normas de publicidad y difusión establecidas en la convocatoria.
En todas las informaciones, comunicaciones, publicaciones, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, material inventariable, certificados, etc.) así como en los contratos laborales y administrativos (de suministros, de servicios, etc.). Se deberán incluir los logos y texto indicado en las instruciones de publicidad que la Agencia Estatal de Investigación actualiza constamente para sus ayudas.
En este enlace puede encontrar el documento actualizado con las instrucciones para la comunicación y publicidad para cada una de las convocatorias gestionadas por la Agencia Estatal de Investigación: https://www.aei.gob.es/ayudas-concedidas/comunicacion-publicidad-ayudas-concedidas
Archivos generales:
Enlaces generales: