Universidad de Sevilla

Vicerrectorado de Investigación

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Ayudas para la Formación de Profesorado Universitario (FPU) 2022


Concesión de Ayudas para contratos predoctorales para la realización de tesis doctorales, en Universidades Españolas. Son ayudas destinadas a la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor/a y la adquisición de competencias docentes universitarias, en cualquier área del conocimiento científico, que faciliten la futura incorporación de estas personas al sistema español de educación superior, y de investigación científica.

Plazos:

  • Plazo de presentación de solicitudes   17/01/2023 - 15/02/2023

Resumen de la Convocatoria:


Se convocan 900 ayudas de las que 45 se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

REQUISITOS

No podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas que, en el momento previsto de incorporación a la ayuda, hayan disfrutado de una ayuda anterior, por un periodo superior a 24 meses.

Las personas que sean beneficiarias de ayudas FPU por convocatorias anteriores, no podrán presentar su solicitud a esta convocatoria.

MÁS INFORMACIÓN

Estas ayudas son para la formalización de contratos predoctorales en los centros de adscripción, que tienen una duración de cuatro años, salvo si es una persona con discapacidad en cuyo caso la ayuda puede tener una duración de seis años, conforme a lo establecido en el artículo 21 c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Quienes hayan obtenido el título de doctor/a, previo al inicio de la última anualidad de la ayuda FPU, podrán acceder a un periodo de orientación postdoctoral (POP) por un máximo de un año.

Asimismo, se financiará la concesión de ayudas para para realizar una estancia en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, que resulte significativa y beneficiosa para el cumplimiento del objeto de formación de la ayuda de FPU, y que contribuya a la mejora o especialización de la formación predoctoral tanto en la fase predoctoral como, en su caso, en la fase postdoctoral.

PRESUPUESTO

Son ayudas para financiar contratos predoctorales conforme a lo establecido en el art. 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación. El importe mensual será de 1.230,08 euros mensuales el primer año, 1.317,95 euros mensuales el segundo año y 1.647,44 euros mensuales el tercer y cuarto año. Cada año se abonarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.



Características de las ayudas:


Se convocan 900 ayudas de las que 45 se reservan a la contratación de investigadores predoctorales con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

Las ayudas se concederán siempre y cuando los contratos predoctorales tengan una duración mínima de un año y una duración máxima conforme a lo establecido en el artículo 21.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Durante el período de contrato predoctoral, para los supuestos previstos en el artículo 21.c), párrafos cuarto y quinto, de la Ley 14/2011, de 1 de junio, se estará a lo dispuesto en dicha ley y, en cuanto sea compatible, en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

En caso de que, con anterioridad a la fecha de inicio del contrato predoctoral al que se refiere la presente convocatoria, los contratados predoctorales hubieran disfrutado de otras ayudas, públicas o privadas, dirigidas a su formación predoctoral, así como la orientada al perfeccionamiento y especialización profesional del personal investigador, o en el marco del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, la duración de la ayuda se reducirá enlos meses completos equivalentes al periodo en que hubiera disfrutado de las otras ayudas. La determinación del período de la ayuda se minorará desde el primer mes y la resolución corresponderá al Ministro de Universidades. A tal efecto, los contratados predoctorales deberán poner en conocimiento del Ministerio de Universidades a través de los centros de adscripción, la percepción de las otras ayudas, así como proporcionar la información que les fuera requerida. En ningún caso, la ayuda que se conceda podrá tener una duración inferior a 24 meses, contados desde el inicio del contrato.


Las ayudas a la FPU se extinguirán por las siguientes circunstancias:

 

  1. El vencimiento del contrato predoctoral cuando no sea prorrogado.
  2. El transcurso del periodo máximo de duración de la ayuda.
  3. La salida del programa de doctorado
  4. La obtención del título de doctor/a por parte del contratado predoctoral.No obstante, si se dieran las circunstancias indicadas en el artículo 27.1 de la convocatoria, se podrá autorizar la continuidad de la ayuda FPU durante un periodo de orientación postdoctoral (POP) de un máximo de 12 meses de duración, para los investigadores recién doctorados.
  5. La renuncia a que se refiere el artículo 32.
  6. La pérdida del derecho a la percepción de la ayuda como causa de incumplimientos a que se refiere el artículo 50.5.

La ayuda para financiar los contratos predoctorales será de 1.230,08 euros mensuales el primer año, 1.317,95 euros mensuales el segundo año y 1.647,44 euros mensuales el tercer y cuarto año, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación. En cada año se devengarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias prorrateadas a lo largo del año. Así mismo, se financian los costes de la cuota patronal de la Seguridad Social.


Enlaces relacionados:

  • Boletin Oficial
  • Orden por la que se convocan ayudas
  • Tramitación de la Ayuda:


    La gestión de la contratación y seguimiento del mismo, se realizará por el Servicio de Investigación y concretamente en la Sección de Gestión de los RRHH de Investigación.

    Tras la adjudicación de los contratos, el personal de la Sección citada, informará a los adjudicatarios de la documentación necesaria para la formalización de estos, quien además facilitará la fecha en que tenga prevista su incorporación a la Universidad de Sevilla siempre dentro de la limitación temporal marcada en las bases de su convocatoria. En el caso de que el contratado quiera solicitar un aplazamiento en la incorporación tendrá que cumplimentar el impreso que se encuentra disponible en la web del Ministerio.

    Antes de la incorporación del contratado en su Centro de trabajo y una vez redactado el contrato, se realizará la fiscalización previa del mismo por parte del Área de Intervención de la Universidad de Sevilla. Al mismo tiempo, el contrato firmado por ambas partes será comunicado al Órgano concedente.

    En relación con el seguimiento de la contratación, en la web del Ministerio se encuentran disponibles impresos de interés como: Solicitud de interrupción de la ayuda, solicitud de renuncia y solicitud de cambio de Centro.

     

    Ante cualquier duda relacionada con su contrato o con el seguimiento durante la vigencia del mismo, puede contactar con la Servicio de Investigación a través de correo electrónico rrhhinvpredoc@us.es

     

    Preguntas Frecuentes:


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