Acciones de dinamización “Redes de Investigación" 2024
Estas ayudas tienen como finalidad la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes. De este modo se generan sinergias entre grupos de investigación de distintas instituciones. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos.
Plazos:
- Plazo interno de presentación de solicitudes: 12/06/2024 - 03/07/2024
Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
Oficina de Proyectos Estatales y Autonómicos, tlfno: 955 421 017 – 954420582. Correo: opea@us.es
Resumen de la convocatoria
1.- Modalidades de redes:
a) Redes temáticas: el objetivo es fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+I, así como incrementar el impacto de los resultados de investigación obtenidos en dichos proyectos. Las redes temáticas tendrán preferiblemente un carácter transversal en una determinada área o subárea de conocimiento favoreciendo la creación de sinergias en la misma. Estarán constituidas por investigadores/as encuadrados/as en la misma o similar área temática de conocimiento, cuyo/a coordinador/a deberá haber dirigido algún proyecto de I+D financiado en las convocatorias que se detallan en el artículo 7.2.
b) Redes ICTS: el objetivo es fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación. Estarán constituidas por representantes de infraestructuras incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación, y, en su caso, por una persona experta independiente de las mismas.
c) Redes Estratégicas: el objetivo es contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales:
1º Alianzas de I+D+I reconocidas como tales por el departamento ministerial competente en I+D+I en el momento de su constitución.
2º Consorcios Europeos de Infraestructuras (ERIC).
3º Asociaciones o agrupaciones de investigadores o grupos de investigadores/as, constituidas formalmente o no, que abarquen una representación significativa de una determinada área, disciplina o segmento de la comunidad investigadora, con la finalidad de elaborar estrategias, hojas de ruta o propuestas de interés estratégico que permitan asesorar a las autoridades políticas.
4º Agrupaciones de grupos de investigación que participen en actividades conjuntas en grandes infraestructuras u organizaciones de carácter internacional.
Las redes de investigación no deben desarrollar objetivos propios de la investigación, que corresponden a las convocatorias de ayudas para proyectos de investigación.
2.- Requisitos del coordinador/a y del personal integrante de la red
Requisitos generales:
Se considera personal integrante de la red el personal que participa en la red, bien como coordinador/a de la red, que será el/la responsable de la consecución de los objetivos propuestos e interlocutor/a con la Agencia a efectos de comunicaciones, bien como componente del equipo de la red. Tanto el/la coordinador/a de la red como las personas que componen el equipo de la red actuarán como representantes de una entidad o grupo de investigación que deberá definirse con detalle en la memoria técnica.
Requisito de vinculación del/la coordinador/a de la red y los componentes del equipo: relación funcionarial, estatutaria, laboral o cualquier otro vínculo profesional con la entidad solicitante o con otra entidad que cumpla los requisitos para ser beneficiaria, con compromiso de vinculación desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hasta que finalice el periodo de ejecución de la actuación.
Tanto los coordinadores como los componentes del equipo de la red deben estar en posesión del grado de doctor/a o de titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado.
Requisitos específicos para Redes Temáticas:
Coordinador/a: Doctor/a e IP de un proyecto bien finalizado o en vigor, de alguna de las siguientes convocatorias:
Miembros del equipo: Doctor/a y haber sido investigador/a principal o haber participado como miembro del equipo de investigación de algún proyecto de investigación bien finalizado o en vigor, en alguna de las convocatorias descritas en la tabla anterior.
El equipo estará formado por un mínimo de 8 representantes de grupos participantes, incluido el grupo representado por el/la coordinador/a de la red.
Requisitos específicos para Redes ICTS:
Coordinador/a: Doctor/a o titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado. Además, debe haber sido designado/a por acuerdo de las entidades titulares o gestoras de las infraestructuras que la componen o por acuerdo del máximo órgano de coordinación o gestión de estas.
Miembros del equipo: Doctor/a o titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado. Además dene haber sido designados/as como representante en la red por parte de una de las infraestructuras que la componen. También podrá formar parte del equipo de la red un/a experto/a independiente no vinculado/a con dichas entidades e infraestructuras.
Requisitos específicos para Redes Estratégicas:
Coordinador/a y componentes del equipo: Doctor/a o titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado.
3.- Compatibilidad
No se podrá́ participar como coordinador/a de la red ni como miembro del equipo de la red en más de una solicitud de esta convocatoria 2024, en cualquiera de las modalidades de redes, excepto en el caso de participación en una red estratégica de las descritas en los párrafos 1º y 2º del artículo 1.3.c) o en una red ICTS, que será compatible con la participación en una red temática.
4.- Duración: El plazo de ejecución de las actuaciones será de 2 años, contados a partir de la fecha que se especifique en la resolución de concesión y que, en todo caso, no será anterior al 1 de enero de 2025.
5.- Criterios de evaluación:
a) Calidad y viabilidad de la propuesta.
Se valorará la idoneidad de la propuesta a las características y finalidad de la convocatoria; la calidad científica, tecnológica e innovadora de la propuesta; la relevancia, claridad, novedad y pertinencia de los objetivos científico-técnicos y el carácter ínter y multidisciplinar de la propuesta; la definición e idoneidad de la metodología propuesta, así como la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la consecución de los objetivos propuestos; la adecuación de la distribución de actividades entre los distintos miembros de la red; la identificación de puntos críticos y planes de contingencia, así como los recursos humanos y materiales disponibles, tanto por parte de la entidad coordinadora como de la red globalmente, para llevar a cabo la propuesta.
b) Calidad y trayectoria de los componentes de la actuación.
Se valorará para el coordinador de la red y todos los componentes de la misma la calidad de las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y los resultados obtenidos; las aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación; el desarrollo de herramientas de software; la aportación de datos en acceso abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades públicas y privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación; las colaboraciones previas entre los miembros de la red y el grado de complementariedad entre los mismos. Así mismo, se valorará cualquiera otro resultado científico y tecnológico obtenido a lo largo de la trayectoria investigadora de los componentes de la red.
c) Impacto esperado de los resultados.
Se valorará el impacto científico y técnico esperado de los resultados para impulsar avances significativos en la generación de conocimiento científico y técnico; la generación de sinergias entre los componentes de la red, y el plan de comunicación científica y divulgación a la sociedad de los resultados.
6.- Dotación por red:
El importe de las ayudas que se concedan estará comprendido entre los siguientes límites:
a) En el caso de las redes temáticas, la ayuda no podrá ser inferior a 20.000 € ni superior a 50.000 €.
b) En el caso de las redes ICTS y de las redes estratégicas la ayuda no podrá ser inferior a 20.000 € ni superior a 150.000 €.
7.- Conceptos financiables:
Costes directos:
a) Costes de personal. Gastos de personal, que deberá estar dedicado a la actuación. El personal podrá incorporarse a la red durante todo o parte del tiempo de duración previsto. Los gastos de personal podrán referirse a doctores/as, titulados/as superiores y personal técnico. Las contrataciones de personal se realizarán con carácter indefinido (art.23 bis. Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación).
Tabla salarial para configurar el presupuesto de gastos de personal.
b) Gastos derivados de la organización y asistencia a actividades científico-técnicas de la red, tales como reuniones, comités, jornadas o seminarios. Se incluyen gastos de publicidad, alquiler de salas, gastos de consultoría y traducción, así como gastos de viaje, alojamiento y manutención que se imputen a esas actividades. Podrán imputar este tipo de gastos los/las componentes de la red (coordinador/a y miembros del equipo). También podrán imputar gastos de viajes, alojamiento y manutención personas invitadas a las actividades científico-técnicas de la red, siempre que realicen algún tipo de presentación o actividad en el marco de la red y queden reflejadas en los informes de seguimiento científico-técnico. La duración máxima del viaje subvencionable no podrá exceder de 30 días naturales en territorio español o tres meses en el caso de estancias en el extranjero.
c) Gastos destinados a la publicación y difusión de las actividades de la red, incluyendo el desarrollo y utilización de herramientas web e informáticas.
d) En el caso de las redes estratégicas, gastos correspondientes a cuotas a sociedades científicas, organizaciones de referencia en el ámbito de la actividad, foros establecidos de debate y planificación, y otros conceptos análogos siempre que estos aparezcan específicamente señalados en la solicitud.
e) En aquellos casos en los que durante la ejecución de la actuación se produzca un cambio de entidad beneficiaria y precise la presentación de un informe de auditoría, será subvencionable con un límite de 1.200 €.
f) En las redes ICTS, gastos derivados de la promoción y fomento del acceso abierto competitivo a las infraestructuras.
No serán elegibles, entre otros, los siguientes gastos:
a) Gastos de material inventariable.
b) Gastos de inscripción a congresos científicos, nacionales o internacionales y/o gastos de publicación y difusión de resultados cuando dichas actividades correspondan exclusivamente a las actividades de investigación de los grupos participantes en la red.
c) Gastos de honorarios por participación en actividades científico-técnicas ni pagos a conferenciantes, en el caso de las redes temáticas y de las redes ICTS.
Costes indirectos: no se financian.
8.-Información adicional de interés:
Comité de Ética: Si la red conlleva experimentos con animales o sujetos humano, han de contar con la aprobación del Comité Ético de la US https://investigacion.us.es/investigacion/comites-eticos/ceius/ . Es necesario que inicien los trámites en esta fase de solicitud de la ayuda.
9.- Presentación de solicitudes:
a) Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación de solicitud, el/la coordinador/a deberá cumplimentar el formulario electrónico y adjuntar la siguiente documentación:
- Memoria técnica de la red: se presentará necesariamente en el modelo normalizado disponibles en el apartado archivos de esta ficha. La memoria científico-técnica se presentará en inglés o en español. Se recomienda la cumplimentación de la memoria científico-técnica en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La extensión máxima será de 10 páginas. La aplicación de solicitud no admitirá memorias con una extensión superior a la citada.
- Curriculum vitae abreviado (CVA) del coordinador o coordinadora de la red, se presentará necesariamente en el modelo normalizado disponibles en el apartado archivos de esta ficha. También pude utizar el CVA generdo por PRISMA. El CVA se presentará en inglés o en español. Se recomienda cumplimentar el CVA en letra Times New Roman, Calibri o Arial de un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo. La extensión máxima será de 4 páginas. La aplicación de solicitud no admitirá CVA con una extensión superior a 4 páginas.
b) Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada la documentación, lo validará y enviará telemáticamente. Imprimirá los documentos que genere y dentro del plazo interno establecido 3/07/2024 deberá enviarse a opea@us.es la siguiente documentación:
- Solicitud definitiva generada (sin firmar).
-En solicitudes de Redes ICTS: documentación acreditativa de las designaciones del/la coordinador/a y miembros del equipo.
- Documento Anexo de firmas de los participantes de la red.
- En su caso, autorizaciones del personal externo: firmada por la persona que ostente la representación legal de dicha entidad, en la que se le autorice a participar en la red, se certifique el requisito de vinculación y se comprometa al mantenimiento de su vinculación desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hasta que finalice el periodo de ejecución de la actuuación. Es obligatorio que las autorizaciones se emitan en estos términos con independencia de que la vinculación sea permanente.
c) El representante legal de la Universidad, una vez supervisada toda la documentación, firmará su solcitud y qeudará presnetada en la sede electrónica.
Archivos relacionados:
Enlaces generales:
- Web de la convocatoria y acceso a presentación de solicitudes
- Webinario sobre la convocatoria (Agencia Estatal de Investigación): 11 de junio de 2024 a las 11:00 h.