Universidad de Sevilla

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Programa de Formación Predoctoral.


Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Plazos:

  • Modalidad B - Fase A.   18/10/2024 - 15/02/2025

Documentación obligatoria:

  • Programa de formación predoctoral (mod. A)
    • Documentación participación convocatoria 2024 de FPU y resultados de evaluación de su expediente
    • Copia DNI, NIE o pasaporte
    • Títulos oficiales
    • Aceptación Director Tesis y Director Dpto/Instituto (enlace al modelo)
    • Memoria del Proyecto de Tesis
    • Declaración responsable (enlace al modelo)
  • Programa de formación predoctoral (mod. B1)
    • Memoria científica
    • Convenio de colaboración entre la US y la entidad/empresa,
    • CVA solicitante. No se aceptarán modelos diferentes del CVA-AEI (ver normas generales)
    • Actividades de I+D+i de la empresa o entidad, como contratos 68/83 firmados con la universidad, su porcentaje de dedicación a actividades de I+D, etc
  • Programa de formación predoctoral (mod. B2)
    • Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante
    • CV (debe incluir certificación académica detallada)
    • Memoria científica
    • Aceptación del director del trabajo de investigación
    • Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado vigente en la US

Bases de la convocatoria.:


Se desarrolla en 2 modalidades:

Modalidad A. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US.

Modalidad B. Ayudas a proyectos de investigación en colaboración con empresas u otras entidades en el marco de un programa de doctorado de la US.

 

MODALIDAD A. CONTRATOS PREDOCTORALES (PIF) PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PROPIO DE I+D+i DE LA US

1) Objeto de la convocatoria.

Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo. Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los requisitos recogidos en el Art. 21 de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre. Este personal tendrá la consideración de personal investigador predoctoral en formación.

Este programa de ayudas a la formación del personal investigador se inscribirá en el Registro Electrónico de programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a lo regulado en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. Las personas beneficiarias de esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación, contemplados en el mencionado Real Decreto y en las bases de la correspondiente convocatoria anual realizada por la CI-US.

 

2) Requisitos de los solicitantes

-  Los criterios de admisión se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.

-­  Los candidatos de estos contratos predoctorales deberán haber participado en la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario (FPU) inmediatamente anterior al plazo de presentación de candidatos de la convocatoria anual del VII PPIT-US en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (en adelante, convocatoria FPU 2024).

­- Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de esta, donde conste puntuación detallada, título del proyecto y nombre del director de la solicitud de la ayuda FPU. La propuesta de investigación, título y director del proyecto (que debe ser PDI de la US) deben coincidir con los indicados en la solicitud presentada. En caso contrario, la solicitud será excluida.

- Los solicitantes deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.

­- No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor expedido por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

­- Los ciudadanos de países fuera de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del certificado de registro de ciudadano de la Unión.

3) Requisitos de los directores de tesis

-Ser PDI de la US, y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US

­- En el supuesto de vinculación laboral del director del proyecto de tesis, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato PIF. También podrán participar investigadores con contratos/proyectos activos correspondientes a convocatorias incluidas en el plan de estabilización de la US.

- Ningún director podrá figurar como tal en más de una solicitud de beca en cada convocatoria. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

- No figurar como director/codirector de tesis de un contrato previo del VII PPIT-US.

-  No ser adjudicatario de un proyecto de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados (modalidad A). Programa Operativo FEDER Andalucía (convocatoria 2023).

4) Calendario de la Convocatoria.

La tramitación de la presente convocatoria se adecuará a lo dispuesto en la convocatoria de contratos de Formación de Profesorado Universitario, convocatoria 2024 de FPU, del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.

5) Valoración.

El proceso de asignación de estos contratos se realizará por la Comisión de Investigación siguiendo los
criterios específicos de valoración que se indican a continuación:

- La asignación de los contratos se realizará de forma equitativa entre las 5 ramas de conocimiento, si fuese posible.

-  El orden de adjudicación, dentro de cada rama de conocimiento, se realizará haciendo uso de la puntuación otorgada por el Ministerio en la convocatoria FPU 2024.

-  Si alguna de las ramas, después de aplicar lo indicado en el párrafo anterior, no contara con candidatos suficientes para cubrir los contratos que le corresponden, estos podrán reasignarse al resto de las ramas, de manera equitativa entre ellas, en función de la evaluación de los solicitantes dentro de cada rama. El orden de selección de estas ramas se determinará atendiendo a la mayor calificación de los candidatos disponibles. Se priorizará la distribución de forma equitativa entre todas las ramas que dispongan de candidatos elegibles. Así́ pues, en esta asignación adicional no se podrán repetir ramas de conocimiento salvo que no existiesen candidatos elegibles en las ramas restantes. Dentro de cada rama la asignación de contratos se realizará siguiendo el procedimiento general indicado anteriormente.

-  La asignación de la rama de conocimiento del contrato predoctoral se realizará teniendo en cuenta el área de adscripción del director del proyecto de tesis.

En el caso de que no se hubiera iniciado el proceso de resolución de la convocatoria del Ministerio a fecha de 31 de octubre de 2025, la CI-US establecerá los mecanismos necesarios para arbitrar la adjudicación de estas ayudas. Asimismo, el proceso de adjudicación de las ayudas podrá realizarse con la resolución provisional del programa FPU 2024. Todos estos aspectos quedarán especificados en las bases de la convocatoria que se publicarán en la página web del Vicerrectorado.

 

6) Número de ayudas

En cada convocatoria anual del VII PPIT-US se dotarán hasta 30 ayudas, distribuidas de forma equitativa entre las 5 ramas científicas establecidas por la CI-US si fuese posible. El número de ayudas previstas podrá modificarse según las disponibilidades presupuestarias. Las ayudas se distribuyen en dos cupos: cupo general con 25 contratos y cupo de talento estratégico con 5 contratos.

Solo se concederá un contrato por esta modalidad, incluyendo ambos cupos, durante toda la vigencia del VII Plan Propio por director de tesis. Los departamentos sólo podrán obtener un contrato por convocatoria, no pudiendo optar a un nuevo contrato en la convocatoria siguiente a la de la concesión. Esta última condición se aplicará por separado a los dos cupos establecidos, talento estratégico y general (ver excepción más adelante en este mismo apartado). En las restricciones mencionadas se incluyen los proyectos adjudicados en el Programa Operativo FEDER Andalucía, 2021-2027, modalidad A (proyectos de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados). Resolución de 23 de febrero de 2024. Enlace: https://investigacion.us.es/docs/planpropio/feder/Convocatoria_PPIT-FEDER-tablon.pdf. 

Se establece un cupo de hasta 5 contratos para estimular la incorporación de talento estratégico, dirigido exclusivamente a investigadores (directores de tesis) que hayan sido seleccionados por su carácter estratégico, de entre los que hayan obtenido proyectos/contratos en los programas ERC, RyC, Emergia y Beatriz Galindo. Los proyectos/contratos corresponderán a convocatorias resueltas tras la aprobación del VII Plan Propio de Investigación y Transferencia, septiembre 2021, y deberán estar en activo en la fecha de presentación de solicitudes. Los 5 contratos serán distribuidos de forma equitativa entre las 5 ramas científicas establecidas por la CI-US si fuese posible. El proceso de asignación de estos contratos se hará de forma independiente a la convocatoria general. En el caso en que el número de candidatos elegibles en este cupo sea superior al número de contratos disponibles (5), los candidatos no elegidos serán transferidos al cupo general para su evaluación. Si el número de contratos asignados en el cupo estratégico fuera menor al máximo establecido (5), los restantes se transferirán al cupo general para su asignación siguiendo los criterios generales de evaluación.

En el caso en que, tras el proceso completo de adjudicación señalado en el párrafo previo, no hubiesen podido adjudicarse todos los contratos, la Comisión de Investigación podrá establecer mecanismos para su adjudicación a departamentos que ya dispongan de un contrato asignado en el marco del VII PPIT-US o de un proyecto de investigación e innovación aplicada para investigadores consolidados. Programa Operativo FEDER Andalucía (convocatoria 2023). Modalidad A.

Se reservan dos contratos para personas con discapacidad cuyos candidatos a contratar deben haber sido admitidos en la convocatoria de FPU 2024 por el turno de discapacidad. La selección del contrato en este apartado se realizará en primer lugar, teniendo presente la rama de conocimiento a la que pertenezca su director.

 

7) Incompatibilidad:

 

La percepción de una ayuda al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados con finalidad análoga, con sueldos o salarios de similar naturaleza, con otras actividades con horarios coincidentes con los de la formación y, en general, con la percepción de cualquier cuantía salarial o con cualquier actividad que pueda afectar al complimiento del objeto de la ayuda, a su finalidad formativa e investigadora, o que se produzca en su mismo horario.

8) Procedimiento


A) Solicitudes y plazos de presentación:

Las solicitudes se presentarán a través del gestor de solicitudes, ( https://investigacion.us.es/sisius/investigador ). Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor de solicitudes, la documentación requerida en cada acción (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB).

Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de presentación de la solicitud. A continuación, el solicitante deberá presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través el Registro Electrónico de la Universidad de Sevilla ( https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.

Las solicitudes, una vez presentadas, no podrán ser reformuladas. No se admitirán las solicitudes que no sigan el procedimiento establecido anteriormente.

B) Documentación obligatoria:

Documentación participación convocatoria 2024 de FPU y resultado de evaluación. Deberá constar puntuación detallada, así como título del proyecto de tesis y nombre del director de la solicitud de la ayuda FPU.

- Copia DNI, NIE o pasaporte.

- Títulos oficiales.

- Aceptación Director Tesis y Director Dpto/Instituto (enlace al modelo).

- Memoria del proyecto de tesis. La memoria no podrá tener una extensión superior a 10 páginas. Este documento no será subsanable, y en caso de no aportarse, el solicitante será excluido del proceso selectivo.

- Declaración responsable (enlace al modelo).

C) Subsanación:

La resolución provisional de candidatos admitidos y excluidos se hará pública en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla ( https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2024 ) y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla ( https://www.us.es/tablon-virtual ). Aquellos solicitantes que no reúnan los requisitos o documentos exigidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución. En este plazo en ningún caso se podrán reformular las solicitudes presentadas.

Las subsanaciones se realizarán a través del gestor de solicitudes, disponible en la dirección URL ( https://investigacion.us.es/sisius/investigador ), adjuntando en formato pdf los documentos requeridos (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB). Una vez grabada la subsanación en el gestor y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de resumen de la subsanación. A continuación, el solicitante deberá presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través del Registro Electrónico de la Universidad de Sevilla ( https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do ) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.

Se tendrán por adjuntados a la subsanación los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes.

Una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, la CI-US elevará los listados definitivos de admitidos y excluidos al Rector de la Universidad de Sevilla, que mediante Resolución los aprobará y hará públicos en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla http://investigacion.us.es/investigacion/anuncios  y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla ( https://www.us.es/tablon-virtual ).

Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de la Universidad de Sevilla, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (BOE de 14 de julio).

D) Resolución y publicación:

La adjudicación provisional se dictará y publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla http://investigacion.us.es/investigacion/anuncios  y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla ( https://www.us.es/tablon-virtual ), concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de alegaciones que estimen oportunas. Las alegaciones se realizarán a través del gestor de solicitudes (disponible en la dirección https://investigacion.us.es/sisius/investigador, adjuntando en formato pdf la documentación pertinente (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB).

Tras la valoración de las solicitudes, la Comisión de Investigación elevará la propuesta de resolución y se dictará resolución rectoral de resolución definitiva de adjudicación que será publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla ( https://www.us.es/tablon-virtual ) de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del
Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y art. 62 y 63 de Acuerdo 7.1/CG 20-12-22, por el que se aprueba el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla).

En la resolución de adjudicación definitiva figurarán los adjudicatarios de los proyectos y, en su caso, las personas que integren las listas de reserva.

Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de la Universidad e Sevilla, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa (BOE de 14 de julio).

 

9) Duración del contrato:

El contrato, con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración mínima de un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela Internacional de Doctorado de la US, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá presentar al Vicerrectorado de Investigación de la US la memoria anual de actividades (máximo 1000 palabras) con el informe favorable del director de la tesis doctoral.

En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años, salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la Ley CTI.

La consecución de la titulación de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador (punto 4 del Art. 20 de la Ley CTI). A estos efectos, la fecha se considerará al día siguiente de la lectura y aprobación de la tesis doctoral.

Asimismo, el contrato tendrá por objeto la orientación postdoctoral por un período máximo de doce meses. En cualquier caso, la duración del contrato no podrá exceder del máximo indicado en el párrafo c) del art. 21 de la LCT.

En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses desde la resolución definitiva, el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará íntegramente desde la fecha del contrato suscrito con la persona sustituta. Si la renuncia se produce entre el 6º mes y el año de contrato, la ayuda se asignará al suplente por el periodo restante (mínimo 3 años). Por último, en el caso de renuncias producidas tras haber disfrutado del contrato predoctoral más de un año, este no se adjudicará a otro solicitante. En ningún caso, independientemente del tiempo que haya estado vigente el contrato, podrá nombrarse un nuevo beneficiario transcurridos más de 18 meses desde la resolución definitiva de la convocatoria.

 

10)  Obligaciones de los beneficiarios.

1.Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.

2. El beneficiario de esta ayuda deberá colaborar en actividades docentes en el departamento con un máximo de 60 horas/año y 180 horas durante los cuatro años, en cualquier caso en las mismas condiciones que las determinadas en la convocatoria FPU del Ministerio correspondiente a la anualidad 2023 y según quede recogido en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, sin que pueda superarse este límite máximo de 60 h anuales, sin que ello suponga ningún compromiso laboral por parte de la US y sin que suponga responsabilidad exclusiva del contratado sobre la asignatura. Esta colaboración será incluida en el Plan de Organización Docente del departamento.

3.  Con carácter general, la docencia impartida por el beneficiario de esta ayuda se retraerá de la carga docente del director de la tesis doctoral, caso que éste perteneciera al departamento en cuestión. Si no fuera así, computaría en el encargo docente común del departamento de adscripción. En el caso de que hubiera más de un director, el reparto sería proporcional entre ellos.

4.  Deberá presentar memoria anual de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral y el VºBº del coordinador del Programa de Doctorado, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato. El documento se enviará al Servicio de Investigación por Registro Electrónico.

5.  En un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de finalización del contrato, el beneficiario de esta ayuda deberá presentar documentación que demuestre la consecución del grado de doctor. Excepcionalmente, se podrá solicitar prórroga. La no aportación de dicha documentación dará lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda y en su caso, el reintegro de la misma. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación; salvo justificación, en caso de incumplimiento se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.

6.  Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

 

11) Retribución.

La retribución bruta será la indicada en el Estatuto del Personal Investigador en Formación, y se concretará en las Bases reguladoras anuales. La US asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el Régimen General de la Seguridad Social.

 

12) Ayudas específicas.

Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a concurrir a la convocatoria de ayudas para estancias breves en las condiciones que se describen en los siguientes párrafos.

Las ayudas para estancias breves del PIF en otros centros tendrán por objeto reforzar la internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de su tesis. Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de prestigio internacional, preferentemente en el extranjero y muy excepcionalmente en centros españoles. Los centros de destino en España deberán estar ubicados en una localidad distinta a la del centro de adscripción de la beca y deberá implicar, necesariamente, cambio de residencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la residencia familiar y al centro de formación académica anterior. Análogamente, las estancias a realizar en centros extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización al que no hubiera accedido por formación académica anterior o por nacionalidad.

Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y máxima de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de actividad ordinaria de los centros de destino.

El máximo número de estancias breves a lo largo de los 48 meses será de 3 y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de los 48 de duración del contrato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite para su defensa pública o que haya indicación expresa favorable en el informe del director de la tesis doctoral.

Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica en los desplazamientos cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para el período para el que fuera concedida la estancia breve.

Una vez concedidas las ayudas, y en casos debidamente justificados en los que concurran circunstancias de fuerza mayor, se podrán autorizar cambios sobrevenidos por situaciones posteriores, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los elementos tenidos en cuenta en la evaluación.

Requisitos: Podrán disfrutar de esta ayuda los contratados predoctorales del Plan Propio que hayan completado un periodo igual o superior a doce meses. La solicitud podrá realizarse antes de haber transcurrido el citado periodo.

La presentación de las solicitudes, así como el proceso de evaluación y selección, se detallarán en cada convocatoria anual del presente Plan Propio.

Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las cuantías y condiciones que determine la CI- US. Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de movilidad dentro de las convocatorias oficiales que se convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional e internacional.

Pago y justificación de las ayudas para estancias breves: El 50% máximo del importe de las ayudas concedidas para la realización de estancias breves se entregará por adelantado a los beneficiarios, con fecha anterior al inicio de la estancia.

Una vez concluida la estancia y en los quince días contados desde el día siguiente a su regreso, los beneficiarios justificarán su realización. Los beneficiarios deberán presentar ante la CI-US el formulario de justificación con la siguiente documentación:

1.  Certificación del responsable del grupo receptor, en la que constará el día de inicio y de finalización de la estancia.

2.   Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lugar de disfrute de la beca al centro receptor de la estancia breve y regreso.

3.  Memoria descriptiva, con una extensión máxima de 1.000 palabras, en la que figurará el visto bueno del director de la tesis; dicha memoria irá encabezada por el título del proyecto de tesis y por la referencia del contratado predoctoral.

En caso de no llevarse a cabo la estancia en las condiciones que fue concedida o de no poderla justificar, el beneficiario estará obligado a reintegrar la totalidad de la cantidad percibida. En el caso de reducción del periodo concedido, el beneficiario deberá justificar las causas. Igualmente deberá reintegrar las cantidades percibidas en exceso sobre el coste real al viaje realizado, todo ello relacionado con la finalidad de la estancia.

Interrupción voluntaria de las ayudas y ausencias temporales

No se autorizará la interrupción voluntaria por motivos no relacionados con el contrato predoctoral y la actividad del programa de doctorado.

Ayudas de precios públicos por matrícula en el Programa de Doctorado

Las ayudas por los precios públicos de la matrícula en un Programa de Doctorado de la presente convocatoria se aplicarán exclusivamente en la tutela académica durante los cursos académicos coincidentes con el período total de la ayuda. Estas ayudas no podrán aplicarse en los casos de convalidaciones de estudios realizados con anterioridad.

Incompatibilidades:

Esta ayuda será incompatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, para cursar las mismas enseñanzas que se acrediten en la solicitud de la presente convocatoria.

 

MODALIDAD B. AYUDAS PREDOCTORALES EN COLABORACIÓN CON EMPRESAS U OTRAS ENTIDADES

1) Objeto de la convocatoria

El objeto de esta acción es promover la colaboración de la Universidad de Sevilla con el tejido empresarial mediante la financiación de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que se enmarque una tesis doctoral que pudiera optar preferentemente a la mención de Doctorado Industrial conforme a lo establecido en el RD99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. Se persigue estimular la colaboración entre el entorno universitario y el sector productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la contratación en empresas

2) Dotación

Esta acción tendrá una dotación económica inicial de hasta 80.000 € anuales, pudiéndose otorgar un máximo de 8.000 € anuales por ayuda, o proporcionalmente a la duración del proyecto caso de que éste sea inferior a 1 año, que deberá destinarse al correcto desarrollo de la propuesta de investigación planteada. El proyecto podrá tener una duración máxima de 3 años. En la medida de lo posible se distribuirán de manera equitativa entre las ramas de conocimiento de la US.

Se mantendrá un máximo de 10 ayudas en vigor en la actual convocatoria.

3) Características de la ayuda:

-  Se financiará un único proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental por tesis doctoral. El proyecto podrá ser nuevo o encontrarse en desarrollo, es decir, con la tesis doctoral en proceso de elaboración, o bien dicho proyecto podría conllevar la contratación de un doctorando por parte de la empresa. En este último supuesto, el proceso de selección quedará explícitamente detallado en el convenio regulador de la colaboración.

-­  La financiación irá dirigida a incentivar el desarrollo del proyecto de investigación en el seno de la empresa o entidad participante, y se destinará a cubrir parte de los gastos de ejecución del proyecto presentado.

-  El proyecto cuya financiación se solicita tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 3 años. Los proyectos con una duración superior a 12 meses deberán presentar solicitud de renovación en la siguiente anualidad. Para ello, en el décimo mes de contratación deberá presentarse, por parte del contratado y con las firmas del IP del proyecto y del responsable por parte de la empresa, informe de seguimiento, así como compromiso de vinculación por parte de la empresa.

-­  Será necesario rubricar el correspondiente convenio de colaboración entre la US y la empresa o institución participante conforme al modelo publicado en la página web del Vicerrectorado de Investigación, con carácter previo a la solicitud de la ayuda. Se recomienda contactar con la Unidad de Convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda.

-­  La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+i se deberá distribuir entre la empresa y la US, de modo que permita finalizar la tesis doctoral en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.

­-  Los beneficiarios de esta acción podrán prestar colaboraciones docentes cuando se determinen en el convenio de colaboración entre la US y la empresa.

­- La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes, al menos, a las de un contratado predoctoral de programas oficiales (e.g., programas FPU o FPI).

-­  Los proyectos que se presenten deberán atenerse a los principios internacionales y a la normativa vigente en materia de bioética, experimentación animal, bioseguridad, seguridad biológica, protección del medioambiente, patrimonio natural y biodiversidad y protección de datos, correspondiendo a las entidades participantes velar por su cumplimiento.

-­ Se podrán también considerar como destinatarias de estas ayudas, colaboraciones/convenios en el ámbito de las Cátedras de Empresa, aunque las tesis realizadas no sean conducentes a la mención de Doctorado Industrial. Al respecto, tendrán prioridad las solicitudes de propuestas de tesis que puedan tener la mención de doctorado industrial.

Observaciones: a efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa o instituciones participantes las definiciones recogidas en el art. 3 de la última convocatoria del MINECO, referida a Doctorados Industriales.

 

4)  Formalización de solicitudes

Se realizará en dos fases

Fase A. Directores de los proyectos.

Requisitos

-­ Ser PDI de la US y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la US.

­-  En el supuesto de vinculación laboral del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante todo el tiempo de duración del contrato.

­-  Si un director presenta más de una solicitud a este programa, se atenderá a la que resulte mejor valorada (siempre superando el umbral mínimo). En el caso de queden ayudas sin otorgar podría contemplarse dotar de más de una ayuda a un mismo director.

­-  Deberán firmar un convenio de colaboración con la empresa o entidad colaboradora en donde se defina el compromiso de colaboración científica y de cofinanciación del doctorando.

Solicitudes y plazos de presentación

Las solicitudes se formalizarán a través de la aplicación informática rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Deberá venir acompañada de la siguiente documentación, en formato electrónico:

-­  Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico-técnico de la propuesta y su viabilidad.

­- Convenio de colaboración entre la US y la entidad/empresa (ver documento). Se recomienda contactar con la unidad de convenios del Vicerrectorado de Investigación (convenios_viceinves@us.es) al iniciar los trámites de solicitud de esta ayuda. Será este documento, convenientemente validado por la unidad de convenio y firmado por la universidad, el que se remitirá a la firma para la empresa.

­-   CVA del solicitante. No se aceptarán modelos diferentes del CVA-AEI (ver enlace: https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/plan-propio/bases-viiPPIT-US-2025/extracto-bases )

-­ Actividades de I+D+i de la empresa o entidad, como contratos Art. 60 LOSU firmados con la universidad, su porcentaje de dedicación a actividades de I+D, etc.

Plazo de presentación de la fase A: 18 de octubre de 2024 – 15 de febrero de 2025.

Criterios de concesión y resolución de la convocatoria

La selección se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

  • 60%: interés científico-técnico y viabilidad del proyecto presentado.
  • 40%: calidad y relevancia de la actividad de I+D+i desarrollada por la entidad/empresa colaboradora en relación con el proyecto de tesis.

-­ Se establece una puntuación de 50 sobre 100 como umbral mínimo para el acceso a esta ayuda.

 

Fase B. Candidatos.

Una vez resuelta la fase A, se abrirá una convocatoria pública para proceder a la selección de los candidatos, que deberán estar preadmitidos o matriculados en un programa de doctorado de la US, o al menos en condiciones de realizar el programa de doctorado en caso de ser seleccionados.

Esta fase no será de aplicación para aquellas solicitudes que ya tengan un doctorando contratado por la empresa o institución para el desarrollo del proyecto solicitado.

En la convocatoria se indicarán la titulación y requisitos exigidos, las condiciones del contrato y la composición de la comisión evaluadora, que deberá estar integrada de forma igualitaria entre miembros de la CI-US y de la entidad/empresa. Estos aspectos deberán quedar claramente reflejados en el convenio de colaboración.

No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.

Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del registro de ciudadano de la Unión.

5) Solicitudes y plazos de presentación

Se formalizarán a través de la aplicación informática (gestor de solicitudes) rellenando el impreso de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el Registro Electrónico de la US cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

 Deberá acompañarse de la siguiente documentación:

-­ Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.

- CV (formato libre). Debe incluir certificación académica detallada.

-­  Memoria científica que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. Deberá quedar claramente descrito el interés científico de la propuesta y su viabilidad.

-­ Aceptación del director del trabajo de investigación.

-­ Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado vigente en la US.

Plazo de presentación de la fase B: se irá publicando en la página web del Vicerrectorado de Investigación a medida que se vaya resolviendo la fase A. 

6) Criterios de concesión y resolución de la convocatoria

La selección se realizará atendiendo al CV de los candidatos y su adecuación al proyecto de investigación propuesto.

7) Obligaciones de los beneficiarios

-­ Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.

-­ Deberán presentar memoria de actividades, con el informe favorable del director de la tesis doctoral, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.

- El doctorando deberá presentar su Tesis Doctoral y acreditar la consecución del título de doctor mediante informe final presentado a la CI-US, en el tiempo que le corresponda según su modalidad de permanencia en su programa de doctorado. El director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación.  En caso de incumplimiento, salvo caso convenientemente justificado, se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el siguiente Plan Propio.

- Deberá presentar los informes que le requiera la empresa o entidad colaboradora.

- Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

Podrá impartir clase como colaborador docente externo.

Enlaces generales:


Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla