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VIIPPIT-2025-IV.2 - Ayudas para Actividades de Divulgación Científica.


Con estas ayudas se pretende promover, mediante su financiación, la realización de actividades de divulgación científica de calidad orientadas al fomento de la cultura científica y tecnológica de la sociedad, y a promocionar el interés de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma preferente, serán objeto de esta acción la realización de acciones que además tiendan a promocionar en la sociedad las actividades científicas y tecnológicas de la US y a fortalecer la marca de divulgación de la US.

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Emilio Leal Usero. Responsable Unidad Plan Propio Investigación, tlfno: 954-488140
  • Justificación VII Plan Propio de Investigación. David Heredia Campos, tlfno: 954 488 140, email
  • Justificación VII Plan Propio de Investigación. Mª Dolores Carmona, tlfno: 954 488 140, email
  • Consultas VII Plan Propio de Investigación. Inmaculada Ruibérriz, tlfno: 954 488 140, email
  • Consultas VII Plan Propio de Investigación. Raquel Balón Segura, tlfno: 954 488 140, email

Plazos:

  •   18/10/2024 - 30/11/2024

Bases de la convocatoria.:


1)      Objeto de la convocatoria

Con estas ayudas se pretende promover, mediante su financiación, la realización de actividades de divulgación científica de calidad orientadas al fomento de la cultura científica y tecnológica de la sociedad, y a promocionar el interés de esta en la Ciencia y la Tecnología. De forma preferente, serán objeto de esta acción la realización de acciones que además tiendan a promocionar en la sociedad las actividades científicas y tecnológicas de la US y a fortalecer la marca de divulgación de la US.

Estas actividades se vincularán al Secretariado de divulgación científica y cultural de la US, perteneciente a la Red de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) del Ministerio de Economía y Competitividad.

2)      Dotación y cuantía de las ayudas

La dotación en la anualidad 2025 será de hasta 80.000 €. Se concederán ayudas por un máximo de 6.000 €. Una misma solicitud, que podrá contener más de una acción, no podrá recibir más de una Ayuda dentro de esta convocatoria del VII PPIT-US. Una misma persona no podrá participar en más de una solicitud (ni como responsable, ni en el equipo de trabajo). Sin embargo, independiente de lo anterior, los distintos centros de la US podrán presentar solicitudes a nivel de su unidad y lideradas por alguno de los cargos de dicha unidad. Siguiendo las directrices de la FECYT,no se contemplarán, salvo casos excepcionales debidamente justificados gastos de personal, dietas, traslados, campañas publicitarias, ni pago a conferenciantes. También tendrá un carácter muy restrictivo la compra de material inventariable, que, en cualquier caso, quedará inventariado a nombre del Secretariado de Divulgación Científico y Cultural de la US y será entregado a dicho Secretariado una vez transcurrido el plazo de ejecución de la solicitud.

Sí se financiarán gastos de fungible, cartelería, enaras, grabaciones y servicios de transporte de material, entre
otros conceptos.

3)      Requisitos de los solicitantes

Además de los requisitos recogidos en las normas generales del VII PPIT-US, los equipos de trabajo que soliciten estas ayudas deberán estar dirigidos por un profesor doctor en activo a tiempo completo de la US. Para la resolución de esta convocatoria se valorará la calidad científica y la viabilidad de la actividad que se pretende realizar en relación con los objetivos de la convocatoria.

También se considerarán solicitudes presentadas por los responsables institucionales de centros e institutos de investigación de la US. Los criterios generales desarrollados en los párrafos siguientes sobre valoración, viabilidad, justificación y promoción de las ayudas serán aplicables en todos los casos.

No se admitirán a trámites ayudas solicitadas para la organización de congresos, seminarios u otro tipo de
reuniones de carácter científico-técnico especializado.

Se tendrá en cuenta especialmente las propuestas alineadas con las líneas estratégicas del II Plan Anual de
Divulgación Científica de la Universidad de Sevilla (enlace). En la solicitud inexcusablemente se han de
destacar varios puntos: carácter divulgativo, repercusión y plan para conseguir dicha repercusión y
seguimiento posterior. 

4)      Solicitudes y plazos de presentación.

-       La solicitud se formalizará a través de la aplicación informática rellenando el formulario de solicitud, y presentándose el resumen generado por la aplicación en el  Registro Electrónico de la US, así como cualquier otro Registro oficial que la legislación administrativa determine.

Deberá venir acompañada de la siguiente documentación:

         - CVA del solicitante (últimos 5 años). No se evaluarán méritos no comprendidos en el periodo temporal indicado. No se aceptará formato distinto al CVA-AEI (ver enlace: https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/plan-propio/bases-viiPPIT-US-2025/extracto-bases).

­        - Proyecto detallado de la actividad a realizar, que deberá contener específicamente la descripción de la actividad propuesta, sus condiciones y fechas de desarrollo y una estimación de la repercusión a la que aspira y los costes de ejecución. Igualmente, ha de incluir plan o planes para conseguir la repercusión esperada y seguimiento de la misma. Deberá llevarse a cabo íntegramente durante el año 2025.

­        - Descripción del equipo de trabajo y de su participación.

La CI-US podrá requerir información complementaria y se podrá financiar solo algunas de las actividades incluidas en una misma solicitud.

Plazo de presentación de solicitudes: 18 de octubre – 30 noviembre de 2024.

5)      Criterios de concesión y resolución de la convocatoria

Para la evaluación de las solicitudes y formulación de propuesta de adjudicación, la CI-US podrá recurrir a una comisión de expertos, que evaluará según el siguiente baremo:

­          - 20%.- CVA  del solicitante (últimos 5 años), con especial hincapié, aunque no exclusivamente, en su labor previa en divulgación.

­          - 20%.- Calidad del equipo de trabajo y viabilidad del reparto de tareas.

­          - 25%.- Calidad y viabilidad de las actividades que se pretenden realizar en relación con los objetivos de la convocatoria.

­          - 25%.- Carácter divulgativo y su repercusión

­          - 10%.- Planes para conseguir la repercusión de la actividad y de seguimiento de esta.

La CI-US adjudicará las ayudas a la vista de la propuesta de la comisión de expertos.

6)      Obligaciones de los beneficiarios

­          - Destinar la ayuda concedida a realizar la actividad prevista en la solicitud.

­          - Remitir, dentro del mes siguiente a la realización de la actividad, justificación científica y económica de la ayuda concedida para su evaluación por la CI-US así como un resumen en un formato normalizado de la convocatoria. Con la concesión de la ayuda el solicitante accede a la publicación de dicho resumen en la memoria anual de actividades de divulgación de la US. Dicha presentación debe realizarse por Registro Electrónico.

­          - Compromiso a publicitar convenientemente durante la realización de la actividad y en el material generado asociado la ayuda recibida del VII PPIT-US, así como los logos y etiquetas de la divulgación de la US.

­          - El incumplimiento de estas obligaciones supondrá la revocación de la ayuda.

7)      Justificación de la ayuda.

Al corresponderle una orgánica individual a esta Acción, para justificar la ayuda, el Servicio de Ingresos y Justificaciones creará a nombre del solicitante, la aplicación presupuestaria correspondiente para el cargo de gastos.

Para consultas sobre la disponibilidad de la orgánica, le facilitamos como datos de contacto los siguientes correos y teléfonos: ">ingreso1@us.es">ingreso2@us.es (954487297)

Las ayudas que se gestionan con cargo a aplicaciones presupuestarias individuales se tramitan al igual que el presupuesto ordinario de la US, es decir, se fiscalizan en Intervención y se pagan en Gestión Económica.

Asimismo, para la gestión de facturas se deberán ajustar a la nueva Norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales.

Este procedimiento deberá ser iniciado por los Gestores del Centro de Gasto señalado en la solicitud de la Ayuda.


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