
Proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales. Convocatoria 2025.
Los proyectos susceptibles de beneficiarse de estas ayudas habrán de ser de investigación orientada a la adquisición de nuevos conocimientos científicos aplicables a los principios que orientan la naturaleza y función de los parques nacionales, y en el marco de las líneas prioritarias definidas en el Anexo I de la presente convocatoria.
Plazos:
- Plazo interno de presentación de solicitudes 01/04/2025 - 28/04/2025
Convocatoria (pulse aqui para desplegar)
Información y contacto
Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:
- Oficina de Proyectos Estatales y Autonómicos, correo: opea@us.es -tlfno: 955 421 017
Resumen de la convocatoria
1.-Tipo de proyectos:
Los proyectos podrán ser tanto unidisciplinares como multidisciplinares, individuales o coordinados, estos últimos constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos grupos de investigación, de la misma o de distintas entidades, pero perteneciendo a diferentes departamentos universitarios o centros de investigación.
Los proyectos deberán referirse a uno o varios de los parques incluidos en la Red de Parques Nacionales.
Los proyectos deberán responder a una o varias de las líneas prioritarias que se establecen en el anexo I de la convocatoria.
Se priorizarán los proyectos de investigación que impliquen bien a los 16 parques que configuran la red, o bien a grupos de parques con características comunes, por ejemplo parques nacionales de montaña (Sierra de las Nieves, Picos de Europa, Ordesa y Monte Perdido, Aigüestortes i Estany de Sant Maurici, Sierra Nevada, Sierra de Guadarrama), parques en sistemas insulares (Islas Atlánticas de Galicia, Archipiélago de Cabrera), parques canarios (Timanfaya, Garajonay, Caldera de Taburiente y Teide), zona húmedas (Doñana y Tablas de Daimiel), o sistemas mediterráneos (Cabañeros y Monfragüe).
2.-Equipo investigador.
Los/as IP deberán poseer el título de doctor y vinculación con la universidad que cubra al menos todo el periodo de ejecución del proyecto.
Ningún/a IP podrá figurar como tal en más de una solicitud de proyecto de esta convocatoria, si bien podrán participar como miembros del equipo de investigación de otro proyecto.
4.-Duración.
3 años
5.-Dotación por proyecto.
La subvención por proyecto no podrá ser superior a 100.000,00 €, tanto si es por proyecto individual como coordinado en su conjunto (la suma de todos los subproyectos no debe superar el máximo indicado).
6.-Conceptos financiables.
Ver art. 5.4 de la convocatoria.
7.- Criterios objetivos de valoración.
Ver art. 15 de la convocatoria.
8.- Presentación de solicitudes.
Los investigadores principales realizarán la solicitud de forma telemática, utilizando la aplicación informática disponible en la web (consultar enlace para la presentación de solitudes en la sección "enlaces" de esta ficha).
Adjuntarán a través de la aplicación la siguiente documentación:
a) Memoria científico-técnica del proyecto, disponible en la web de la convocatoria.
b) Currículum Vitae abreviado de los investigadores que participarán en el proyecto, disponible en la web de la convocatoria. Consultar las instrucciones de CVA en la sección "enlace" de esta ficha.
c) Autorización para participar en el proyecto para miembros del equipo investigador adscritos a un organismo distinto al solicitante.
d) Declaración firmada comunicando, en su caso, cualquier otra ayuda que haya obtenido o solicitado para el mismo proyecto, así como su cuantía, de acuerdo con el artículo 33 del Real Decreto 887/2006, 21 de julio, Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
e) Declaración expresa responsable, de no hallarse la entidad solicitante en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la forma que regula el apartado 7 del citado artículo. Deberá constar, asimismo, en dicha declaración que la entidad solicitante cumple las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de dicha ley. (Solicitar por correo a ">opea@us.es)
Una vez finalizada la cumplimentación, validarán y enviarán telemáticamente la solicitud antes de la finalización del plazo interno (28 de abril). El representante legal firmará y registrará mediante firma electrónica cada solicitud de proyecto responsabilizándose de la custodia y veracidad de las firmas del investigador principal y del resto de los miembros del equipo de investigación.
En el caso de proyectos coordinados, toda la documentación se desagregará por sub-proyectos, indicando para cada uno de ellos el nombre del investigador principal, así como el del coordinador general del proyecto. No serán elegibles aquellos proyectos coordinados cuya documentación no esté disociada en sub-proyectos.
Si la documentación aportada fuese incompleta o presentase errores subsanables, el Organismo Autónomo Parques Nacionales requerirá al Investigador Principal para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de diez días hábiles. La memoria científico-técnica del proyecto no se considerará subsanable.
Asimismo, en el plazo interno indicado, debe enviarse toda la documentación a ">opea@us.es, para su revisión incluido el anexo de firmas de los miembros del equipo investigador y las autorizaciones del personal externo, en su caso.
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