FACTURAS
- Originales siempre y con el CIF de la Universidad de Sevilla ( Q4118001I.) o VAT NUMBER si son pagos al exterior (ES-Q4118001I)
- Para poder cumplir con la Ley de Morosidad, las facturas se deben presentar para ser pagadas, en el momento en que se reciban del proveedor.
- Las compras en países de la Comunidad Europea, se acompañarán con el impreso de aduana, indicando específicamente el material adquirido.
- Pago al exterior. Presentar el impreso solicitud de transferencia al exterior.
- Compras On-line. Se deberá presentar la factura original (con todos los requisitos) emitida por la casa suministradora.
- Facturas profesionales libres: Además de los requisitos establecidos para las facturas (con el I.R.P.F correspondiente), deberá aportar Declaración Jurada de no percibir retribuciones periódicas con cargo a fondos públicos.
- Material inventariable. Además de la factura correspondiente debe aportar:
- Hoja de inventario completamente cumplimentada y firmada por el Director del Departamento (4 copias), o Director del Centro de Coste.
- En el apartado SUBLOCAL de la Hoja de inventario hay que poner el título del proyecto.
- Las mejoras que se produzcan como consecuencia de una reparación en un bien, son inventariables.
- Las reparaciones sin mejoras se acompañaran de las hojas de inventario del bien reparado.
- Las facturas de libros , deben venir selladas y registradas por la Biblioteca
- El material inventariable no debe ser pagado por el investigador. Este tipo de pago debe hacerse por Pago Directo al proveedor.
- Como regla general se considera material inventariable cuando el importe es superior a 150 euros, excepto aquel material que con independencia de la cuantía debe ser inventariado (por ej. Monitor). Ante la duda consultar las normas de Inventario.
- Importante: en PRECIO DE ADQUISICION debe figurar el de la Base Imponible de la factura. Es decir, SIN IVA.
Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla.
Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla