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Letras Universidad de Sevilla

Actualización de datos en SICA- Grupos de Investigación

CONV-102

Se requiere la actualización de datos de los últimos 4 años.

Plazos:

  • Convocatoria 2009   01/01/2009 - 31/01/2009
  • Convocatoria 2010   01/01/2010 - 31/01/2010
  • Convocatoria 2011   01/01/2011 - 31/01/2011
  • Convocatoria 2012   01/01/2012 - 31/01/2012
  • Convocatoria 2013   01/01/2013 - 31/01/2013
  • Convocatoria 2014   01/01/2014 - 31/01/2014

Evaluación de Grupos Universitarios:

Anualmente, antes del 31 de Enero, la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad Y Acreditación Universitaria evaluará de forma automática la actividad y producción científica y tecnológica de los últimos cuatro años de los Grupos de Investigación que conste debidamente validada en el Sistema de Información Científica de Andalucía. Por este motivo es imprescindible tener actualizada la producción del grupo antes de la fecha indicada. No es necesaria solicitud en esta convocatoria pero si revisar que se cumplen los requísitos fundamentales para que el grupo pueda ser evaluado.

Estos son:

  1. Composición del grupo: este debe estar compuesto por al menos 5 componentes, tres de los cuales deben tener la categoría de doctor  y ser considerados "Doctores Activos". Entendemos por "Doctor Activo", el miembro del grupo con título de doctor que haya realizado al menos una actividad científica o tecnológica en el año anterior al de la convocatoria a juicio de la Agencia.
    Se consideraran miembros de un grupo de investigación los siguientes:
    1. Personal docente, investigador, técnico y de gestión perteneciente a:
      • Las Universidades de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
      • Los Organismos Públicos de Investigación (OPIS) con personalidad jurídica propia, ubicados en Andalucía.
      • El Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA).
      • Los Centros del ámbito de la Consejería de Salud cuyas actividades de investigación sean gestionadas por sus fundaciones de carácter público o privado
    2. Personal investigador en formación de convocatorias públicas regladas, excluyendo los del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y los nombrados por otros países no incluidos en la Unión Europea, siempre que lo acrediten con la correspondiente credencial.
    3. Profesores eméritos de las Universidades de titularidad pública y de los Organismos Públicos de Investigación (OPIS) y doctores ad honorem de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
    4. Profesores de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía que participen activamente en el grupo, siempre que se acredite documentalmente su participación.
    5. Investigadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía pertenecientes a empresas que participen activamente en el grupo, siempre que se acredite documentalmente su participación.
    6. En general, personal titulado de los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento acreditados como tales en el Registro Electrónico.
      Todo miembro del grupo integrado en alguno de los grupos citados anteriormente, se evaluará como componente Computable del equipo.
      Los grupos de investigación podrán incluir, además, personal colaborador que participe en el grupo en proyectos, contratos, publicaciones, o cualquier otra actividad científica, siempre que se acredite documentalmente la colaboración. Estos colaboradores pueden ser:
      • Personal docente e investigador con el grado de doctor de otras Universidades públicas o privadas no andaluzas, nacionales o internacionales.
      • Personal investigador de los Organismos Públicos de Investigación (OPIS) no andaluces.
      • Otro personal técnico, no incluido en la categoría de miembro, que colabore con el grupo en proyectos, contratos, publicaciones o cualquier otra actividad científica.
      • Profesores eméritos de Universidad, doctores ad honorem y académicos numerarios de instituciones de fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que colaboren con el grupo en proyectos, contratos, publicaciones o cualquier otra actividad científica.
    Los colaboradores No Computan, como componentes del grupo para su evaluación.
  2. Validación de la producción y actividad científica en SICA.  Según el artículo 7 de la Orden de 3 de septiembre de 2007 (boja núm. 187), la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad (AGAE) únicamente someterá a evaluación la actividad y la producción científica que conste debidamente validada en SICA. 

 

Enlaces generales:


Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla