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Contratos de Acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Desarrollo del Programa Propio de I+D+i de la US.


Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores que estén en posesión del título de Doctor o equivalente y puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo del programa de I+D+i de la US. El objetivo esencial es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad investigadora y una dilatada experiencia en centros de investigación tanto nacionales como extranjeros. Los doctores contratados realizarán tareas de investigación orientadas a la obtención de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional.

Plazos:

  •   05/07/2024 - 09/09/2024

Documentación obligatoria:

  • Contratos de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación
    • Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia
    • Doc. acreditativa de haber participado en última conv. programa RyC inmediatamente anterior a periodo presentación candidatos de esta acción (conv. 2023. BOE 1/12/2023), así como resultado de evaluación obtenida, sea provisional o definitiva
    • Escrito firmado por el director del departamento al que se adscribirá indicando la aceptación del candidato aprobada en sesión celebrada por el Consejo de Departamento
    • Consentimiento expreso para el tratamiento de datos del investigador debidamente firmado (enlace modelo)

Primera: Objeto de la Convocatoria.

Esta acción permitirá que investigadores con título de Doctor o equivalente y que puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo del programa de I+D+i de la US. El objetivo esencial es atraer a jóvenes doctores con una brillante actividad investigadora y una dilatada experiencia en centros de investigación tanto nacionales como extranjeros. Los doctores contratados realizarán tareas de investigación orientadas a la obtención de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional.

Segunda: Dotación.

  1. En esta convocatoria se dotarán hasta 20 contratos, a distribuir entre las cinco ramas científicas (Arte y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería y Arquitectura) establecidas por la CI-US. Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las plazas que le corresponden, las vacantes podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la evaluación de los solicitantes según se indica en esta convocatoria.
  2. Las personas candidatas seleccionadas se adscribirán a departamentos de la Universidad de Sevilla. Ningún departamento podrá tener más de un contrato en activo por esta modalidad, incluyendo proyecto de investigación e innovación aplicada para jóvenes investigadores (programa operativo FEDER Andalucía 2021-2027, modalidad B. Resolución de 23/02/2024 (https://investigacion.us.es/docs/planpropio/feder/Convocatoria_PPIT-FEDER-tablon.pdf), durante la vigencia del VII PPIT-US (ver excepción en el apartado “Valoración”).
  3. Durante la vigencia del VII PPIT-US, el número de plazas a dotar cada año podrá modificarse por el Consejo de Gobierno en razón de las disponibilidades presupuestarias.

Tercera: Requisitos de los Candidatos.

  1. Haber participado en la convocatoria del Programa Ramón y Cajal del Ministerio inmediatamente anterior al periodo de presentación de candidatos de esta acción (convocatoria Ramón y Cajal 2023, BOE 1/12/2023, en adelante RyC 2023). El candidato deberá presentar justificación de su participación en dicho programa, así como la evaluación obtenida, sea esta provisional o definitiva. Para el proceso de adjudicación se utilizarán las calificaciones obtenidas en la resolución provisional de la Convocatoria de Programa RyC 2023. Tras la publicación de la resolución de adjudicación provisional de concesión de contratos de la presente convocatoria, durante el periodo de alegaciones que se establezca, los candidatos podrán presentar la calificación obtenida en la resolución definitiva del Programa RyC 2023, si esta se hubiera publicado con anterioridad a la finalización del periodo de alegaciones mencionado.
  2. El candidato deberá haber obtenido en el programa RyC (convocatoria 2023. BOE 1/12/2023) una calificación mínima de 70 puntos (sobre 100) para su admisión.
  3. Presentar documento de aceptación del departamento al que se adscribiría el candidato. El documento, firmado por el director del departamento, debe haber sido aprobado en sesión celebrada por el Consejo de Departamento. En el documento se indicará asimismo el área de conocimiento al que se adscribirá el candidato. En caso de no disponer de documento de aceptación en un departamento (aprobado en Consejo de Departamento), el candidato no podrá participar en la convocatoria. 

Si en el momento de la solicitud no se dispusiese del documento de aceptación del Consejo de Departamento por no haberse reunido este, se presentará escrito justificando tal situación. El documento de aceptación del departamento deberá presentarse obligatoriamente durante la fase de subsanación de la solicitud para poder participar en la convocatoria.

En el caso en que el solicitante haya sido seleccionado en el programa RyC, esté disfrutando de un contrato de acceso del PPIT-US, o haya sido adjudicatario de un proyecto de investigación e innovación aplicada para jóvenes investigadores (programa operativo FEDER Andalucía 2021-2027, modalidad B. Resolución de 23/02/2024(https://investigacion.us.es/docs/planpropio/feder/Convocatoria_PPIT-FEDER-tablon.pdf) que se encuentre  en activo, será excluido de la convocatoria.

Cuarta: Valoración.

  1. Cada candidato presentará una única solicitud, con el documento de aceptación de un único departamento. La adjudicación de los contratos se realizará por orden de calificación en el programa RyC (convocatoria 2023. BOE 1/12/2023), independientemente en cada rama de conocimiento, considerando las incompatibilidades generales descritas.
  2. En el caso de solicitantes con la misma puntuación total, se tendrá en consideración la evaluación desglosada del programa RyC, determinando el orden de adjudicación por la mayor puntuación conseguida en los criterios que se citan a continuación en el orden en que aparecen, los cuales coinciden con los criterios establecidos en la propia convocatoria RyC:
    a) Aportaciones científico-técnicas: 0-55.
    b) Liderazgo: 0-25
    c) Movilidad e internacionalización: 0-20.
  3. En el caso de ramas de conocimiento en que no se hubiesen podido asignar todos los contratos (cuatro), se podrá asignar un segundo contrato, por orden de calificación en el programa RyC, entre aquellos departamentos excluidos por haber obtenido ya un contrato en la presente convocatoria, o porque se le haya asignado anteriormente un contrato postdoctoral del VII PPIT, o un proyecto de investigación e innovación aplicada para jóvenes investigadores (programa operativo FEDER Andalucía).
  4. Si en alguna de las ramas, después de aplicar lo indicado en el párrafo anterior, no hubiera candidatos suficientes para cubrir los cuatro contratos previstos, estos se asignarán entre las ramas restantes con candidatos elegibles de manera equitativa entre ellas en función de la evaluación de los candidatos en cada rama. El orden de selección de estas ramas se determinará atendiendo a la rama que tenga mayor calificación de los candidatos disponibles. Se priorizará la distribución de estos contratos adicionales de forma equitativa entre todas las ramas que dispongan de candidatos elegibles. Así pues, en esta asignación adicional no se podrán repetir ramas de conocimiento salvo que no existiesen candidatos disponibles en las ramas restantes. Dentro de cada rama la asignación de contratos se realizará siguiendo el procedimiento general indicado más arriba.
  5. Si al finalizar este proceso de asignación, quedaran contratos sin asignar, la CI podrá determinar criterios para la asignación a Departamentos excluidos.

Quinta: Duración del contrato.

  1. El contrato, de duración determinada con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de un máximo de 4 años, excepto para el cupo de discapacidad, en cuyo caso la duración podrá extenderse hasta un máximo de 6 años. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración del contrato, tal como se indica en las normas generales.
  2. La contratación de los investigadores adjudicatarios se realizará preferentemente bajo la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor (Ley 14/2011, de 1 de junio). Se podrán usar otras modalidades de las contempladas en la Ley 14/2011, de 1 de junio, desde el inicio de la contratación, en el caso de investigadores adjudicatarios que no puedan disfrutar de al menos 3 años de contrato de acceso de personal investigador doctor, por haber disfrutado previamente de contratos en esta modalidad.
  3. En el caso de renuncia del candidato seleccionado antes de la finalización del primer año de contrato, este se adjudicará al primer suplente de la rama que corresponda por el periodo que reste, hasta cumplir el máximo de 4 años o 6 años para el cupo de discapacidad. Si no existiesen candidatos elegibles entre los suplentes de la rama mencionada, la CI establecerá el mecanismo para que el contrato pueda ser asignado a otra rama de conocimiento siguiendo el procedimiento general de valoración indicado en los párrafos previos.
  4. En el caso en que la renuncia se produzca tras haber disfrutado del contrato por un periodo superior a un año, este no se adjudicará a otro solicitante. En ningún caso, independientemente del tiempo que haya estado vigente el contrato, podrá nombrarse un nuevo beneficiario transcurridos más de 18 meses desde la resolución definitiva de la convocatoria.
  5. Los contratos serán incluidos a su finalización en el plan de Captación y Retención de Talento de la US que anualmente se contemple en la correspondiente Oferta de Empleo Público, ofreciendo de este modo la posibilidad de estabilización para un investigador por cada uno de los contratos efectuados bajo esta modalidad, siempre que se haya disfrutado el contrato al menos 3 de los 4 años de duración.

Sexta: Participación enla Docencia.

Las personas que sean contratadas al amparo de estas ayudas podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes, en su misma institución, por un máximo de 100 horas anuales, a petición propia, con la aprobación del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador y con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y a la Normativa de la US de dedicación docente del profesorado en cada curso. En este caso, la actividad docente realizada deberá incluirse en el Plan de Organización Docente del Departamento correspondiente. La dedicación del personal contratado será, en todo caso, compatible con la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos a que se refiere el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, del 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

Séptima: Procedimiento.

A) Solicitudes y plazo de presentación:

  1. Las solicitudes se presentarán a través del gestor de solicitudes, https://investigacion.us.es/sisius/investigador  Al formulario de solicitud se adjuntará digitalizada y en formato pdf, a través del gestor de solicitudes, la documentación requerida en cada acción (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB). El plazo de presentación de solicitudes será del 5 de julio al 9 de septiembre de 2024 (ambos inclusive).
  2. Una vez finalizado el registro de la solicitud en el gestor de solicitudes y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento resumen acreditativo de presentación de la solicitud. A continuación, el solicitante deberá presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través el Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
  3. Las solicitudes, una vez presentadas, no podrán ser reformuladas. No se admitirán las solicitudes que no sigan el procedimiento establecido anteriormente. Dentro del plazo para formular solicitudes se podrá desistir de la solicitud presentada y formular otra nueva siguiendo el mismo procedimiento descrito anteriormente.

B) Documentación requerida:

La solicitud debe venir acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Documentación acreditativa de haber participado en la última convocatoria del programa Ramón y Cajal inmediatamente anterior al periodo de presentación de candidatos de esta acción (convocatoria 2023. BOE 1/12/2023), así como el resultado de la evaluación obtenida, sea esta provisional o definitiva.
  • Escrito firmado por el director del departamento al que se adscribirá indicando la aceptación del candidato aprobada en sesión celebrada por el Consejo de Departamento.
  • Consentimiento expreso para el tratamiento de datos del investigador debidamente firmado. (enlace)

C) Subsanación:

  1. La resolución provisional de candidatos admitidos y excluidos se hará pública en la página web          del       Vicerrectorado de Investigación Sevilla (https://investigacion.us.es/sisius/investigador) y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).      Aquellos solicitantes que no reúnan los requisitos o documentos exigidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución. En este plazo en ningún caso se podrán reformular las solicitudes presentadas.
  2. Las subsanaciones se realizarán a través del gestor de solicitudes, disponible en la dirección URL (https://investigacion.us.es/sisius/investigador), adjuntando en formato pdf los documentos requeridos (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB). Una vez grabada la subsanación en el gestor y adjuntados todos los documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y generar el documento acreditativo de resumen de la subsanación. A continuación, el solicitante deberá presentar este documento generado, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través del Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
  3. Se tendrán por adjuntados a la subsanación los documentos y la información que se hubiese incorporado al gestor de solicitudes. Una vez revisadas las alegaciones y documentación presentadas, la CI-US elevará los listados definitivos de admitidos y excluidos al Rector de la Universidad de Sevilla, que mediante Resolución los aprobará y hará públicos en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2024  y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).
  4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de la Universidad de Sevilla, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

D) Resolución y publicación:

  1. La adjudicación provisional se dictará y publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación Sevilla https://investigacion.us.es/secretariado-investigacion/resoluciones/plan-propio-2024 y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual), concediéndose un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de alegaciones que estimen oportunas. Las alegaciones se realizarán a través del gestor de solicitudes (disponible en la dirección https://investigacion.us.es/sisius/investigador, adjuntando en formato pdf la documentación pertinente (para cada documento el tamaño del fichero estará limitado a un máximo de 4MB). El documento resumen generado deberá presentarse a través del Registro General de la Universidad de Sevilla.
  2. Tras la valoración de las solicitudes, la Comisión de Investigación elevará la propuesta de resolución y se dictará resolución rectoral de resolución definitiva de adjudicación que será publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla y art. 62 y 63 de Acuerdo 7.1/CG 20-12-22, por el que se aprueba el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla).
  3. En la resolución de adjudicación definitiva figurarán los adjudicatarios de los contratos y, en su caso, las personas que integren las listas de reserva.
  4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Rector de la Universidad de Sevilla, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio).

Octava: Obligaciones de los contratados.

  1. Aceptar las condiciones fijadas en esta convocatoria en el plazo y forma que indique la correspondiente resolución de concesión definitiva.
  2. Los investigadores que sean contratados al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria deberán incorporarse al departamento de adscripción, y siempre de acuerdo con este, el día primero de uno de los 3 meses siguientes a contar desde la publicación de la resolución de concesión. Solo en casos excepcionales, y previa solicitud al Vicerrectorado de Investigación, la incorporación al departamento podrá ampliarse en un máximo de 3 meses adicionales. En ningún caso podrá excederse del límite de 6 meses.
  3. Deberán cumplir con las actividades docentes asignadas (especificadas en el siguiente apartado sobre “Participación en la docencia”). Esta colaboración será incluida en el plan de asignación del profesorado del departamento implicado.
  4. Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta acción que ha sido financiada por el VII PPIT-US.

Novena: Retribuciones e Indemnización.

  1. El coste anual aproximado de cada contrato, incluido cuotas patronales y finiquito, será inicialmente de 38.023,60 euros.
  2. Conforme a lo dispuesto en el art. 22.1 g de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, a la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido, la persona trabajadora tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la prevista para los contratos de duración determinada en el artículo 49 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Enlaces generales:


Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla