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Letras Universidad de Sevilla

Matrículas programas de doctorado. Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos.

CONV-519

Plazos:

  •   15/09/2011 - 29/09/2011

Bases de la Convocatoria:

Objeto y cuantía.

  1. Las ayudas previstas en este capítulo tienen por objeto el pago de las matrículas de los correspondientes programas de doctorado o máster que formen parte del programa de doctorado que realice el personal investigador en formación, en fase de beca, que tenga una ayuda al amparo de la presente convocatoria o anteriores, correspondientes a los cursos 2010-11 y/o 2011-12, y que sean realizados en una universidad española, publica o privada.
    Tanto la solicitud como el pago de la ayuda se realizarán a través de la universidad española en la que el interesado esté matriculado.
  2. Las ayudas no podrán exceder las cuantías correspondientes a:
    1. 32 créditos, de los cuales un máximo de 20 corresponderá al primer año de matrícula en los cursos de doctorado y un máximo de 12 en el segundo, cuando se trate de estudios de cursos de doctorado, organizados conforme a la normativa del Real Decreto 778/1998.
    2. 60 créditos correspondientes al período formativo del programa de doctorado, cuando se trate de estudios de doctorado organizados conforme a la normativa de los reales decretos 56/2005 y 1397/2007, respectivamente.
  3. En el caso de becarios que hayan cambiado de programa de posgrado, la ayuda podrá financiar los importes correspondientes a las matrículas de tales programas, con los límites indicados en el párrafo anterior.
  4. En el caso de las universidades privadas sin fin de lucro, las cuantías subvencionables por crédito no podrán superar los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios establecidas por la correspondiente Comunidad Autónoma para las universidades públicas.

Beneficiarios.

  1. Podrá ser beneficiario el personal investigador en formación, en fase de beca, que esté matriculado en el correspondiente programa de doctorado o máster que forme parte del programa de doctorado.
  2. Las ayudas previstas en este capítulo serán incompatibles con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, para los mismos créditos que se acrediten en la solicitud.

Presentación de solicitudes.

  1. Las solicitudes serán cumplimentadas por las universidades públicas y las universidades privadas sin fin de lucro, en nombre del personal investigador en formación y previa su autorización, en las que el citado personal, en fase de beca, esté matriculado en el correspondiente programa de doctorado o máster que forme parte del programa de doctorado, de conformidad con el procedimiento que se describe en éste artículo.
  2. La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del MICINN (https://sede.micinn.gob.es).

Enlaces generales:


Vicerrectorado de Investigación. Universidad de Sevilla. Pabellón de Brasil. Paseo de las Delicias s/n. Sevilla