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Letras Universidad de Sevilla

Becas de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer



Referencia: CONV-567

Convocante: Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad

Tipo: Dotación de recursos humanos para la investigación » Nacionales » Otras

Información y contacto: En esta página podrán consultar los detalles de la convocatoria, tales como plazos, procedimientos de solicitud, documentación necesaria, etc. Si necesitan alguna información adicional, pueden enviar su consulta a:

  • Claus Denk, tlfno: 954 488 123, email

Plazos:

  •   01/09/2011 - 21/09/2011

Enlaces:


Resumen convocatoria:

Objeto y finalidad.

1. Concesión de cuatro becas individuales de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, en materia de violencia de género.

2. Las becas de formación que se conceden tienen como finalidad contribuir a la formación de personas físicas en materias dirigidas a favorecer la igualdad de trato y la erradicación de las distintas formas de violencia de género, así como mejorar la empleabilidad de las personas beneficiarias.

Documentación.

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación (original y/o copia compulsada o que tenga el carácter de auténtica según la legislación vigente).
a) Una declaración del o de la solicitante en la que preste su autorización fehaciente para que el órgano convocante, según establece el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, pueda acceder al Sistema de Verificación de Datos de Identidad o, en su defecto, fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de residencia y/o trabajo.
b) Título académico o, en su caso, certificación supletoria del titulo emitida por la universidad correspondiente, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos y tener plenos efectos civiles en la fecha límite de presentación de solicitudes. No obstante, dada la dilación de los procedimientos de convalidación, se admitirán las solicitudes de aquellas personas que, habiendo iniciado el proceso de convalidación, hayan sido admitidas en cursos de doctorado.
c) Certificación académica oficial de las calificaciones obtenidas y de la nota media del expediente, con los años de realización de los estudios y la fecha de finalización de los mismos.
d) Currículum vítae, con una extensión máxima de tres hojas, acompañado de los documentos acreditativos de los méritos alegados.
e) En caso de ser nacional miembro de la Unión Europea, una declaración en la que preste su consentimiento para que el órgano instructor pueda acceder al Sistema de Verificación de Datos de Residencia, de conformidad con el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril y conforme al anexo III de esta orden, o, en su defecto, un certificado de empadronamiento.
f) Memoria justificativa, con una extensión máxima de una hoja, explicando el interés personal para acceder a la beca solicitada.
g) Declaración responsable de que la persona solicitante no esta incursa en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según modelo que figura como anexo IV de esta orden.
h) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones

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