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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN | |||
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Ayudas para estudios científicos de temática riojana del Instituto de Estudios Riojanos
CONV-645Es objeto de la presente orden establecer las bases reguladoras de las subvenciones a conceder para financiar los gastos corrientes derivados de la realización de estudios científicos de temática riojana.
Plazos:
- 20/02/2012 - 20/05/2012
1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden las personas físicas o los grupos de investigadores, cuyo fin primordial sea la investigación, que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser español o extranjero residente en España. En este último caso, deberá aportarse certificación del empadronamiento en algún municipio español.
- Ser Doctor, Licenciado o Titulado en Grado, o Técnico Superior con anterioridad a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.
- Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el Registro de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con anterioridad a la fecha de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.
2.- El límite es de 3.000 euros por ayuda.
3.- La solicitud estará ajustada al modelo que se incluye como Anexo I de la orden, o bien al Anexo II en el caso de que se trate de una agrupación de investigadores.
4.- Las solicitudes podrán ser presentadas en el Registro del Instituto de Estudios Riojanos, en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Rioja y sus Organismo Públicos y en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.- La presentación telemática de solicitudes y documentación complementaria se realizará en los términos previstos en la Ley 3/2002, de 21 de mayo, para el desarrollo del uso de la firma electrónica en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en el Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Rioja y sus Organismo Públicos.
Enlaces generales: