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Letras Universidad de Sevilla

Ayuda Suplementaria a Grupos de Investigación por Captación de Fondos.

VIIPPIT-2024-I.4

Acción específica dirigida a recompensar al PDI de los grupos de investigación de la US que contribuyen de manera activa a la captación de fondos.


Bases de la convocatoria.:

1) Objeto de la convocatoria

Acción específica dirigida a recompensar al PDI de los grupos de investigación de la US que contribuyen de manera activa a la captación de fondos en:

- Convocatorias públicas competitivas de proyectos de investigación del Plan Estatal (del Ministerio o el Instituto de Salud Carlos III) siempre que estén gestionadas por la US.

-       Convocatorias competitivas público-privadas de Transferencia del Conocimiento.

1) Dotación y cuantía

Esta acción estará dotada con hasta 225.000 € en la anualidad 2024, estableciéndose una distribución aproximada de 205.000 € para la modalidad A y 20.000 € para la modalidad B.

- MODALIDAD A: Convocatorias públicas competitivas de proyectos de investigación del Plan Estatal.

La ayuda consistirá en poner a disposición de los IP de proyectos del Plan Estatal de la convocatoria inmediatamente anterior a la presente, el equivalente a un 10% de los “overheads” generados. Los IP de los proyectos calificados como “excelentes” en su área (Plan Estatal, calificación A en anteriores convocatorias o calificación numérica igual o superior a 90 puntos), recibirán el equivalente a un 15% de los “overheads”.

- MODALIDAD B: Convocatorias competitivas público-privadas de Transferencia del Conocimiento.

Los proyectos susceptibles de ser beneficiarios en el ámbito de la Transferencia del Conocimiento serán aquellos que se hayan presentado en la anualidad anterior a la presente, siendo elegibles como tales aquellos que hayan sido concedidos en convocatorias público-privadas nacionales (AEI), Fundaciones u otros organismos que financian investigación cooperativa. La asignación de financiación será similar a la indicada en la modalidad A.

Para ambas modalidades, si los porcentajes de retorno indicados superan la dotación presupuestaria anual, se podrá establecer un valor máximo de ayuda y un reparto proporcional entre los adjudicatarios de esta ayuda. Puede quedar condicionada parte de la ayuda a la correcta ejecución del proyecto de investigación. Esta condición será presentada, para su aprobación, a la CI-US.

2) Solicitudes y plazos de presentación

Ambas modalidades se resolverán de oficio.

- MODALIDAD A.- Tras resolución de la convocatoria del Plan Estatal de 2023 (programa generación de conocimiento).

- MODALIDAD B.- Se coordinará con la modalidad A para resolver ambas en la misma fecha y publicar una resolución única si fuese posible. No obstante, dadas las diferentes fechas de resolución de los diversos programas incluidos en el Plan Estatal, podrán realizarse resoluciones independientes o incluir todos los proyectos de los diversos subprogramas del Plan Estatal en una resolución única.

La CI-US podrá decidir la adjudicación de ayudas suplementarias a proyectos concedidos en la anualidad previa en el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI) en las condiciones que se estimen.

3) Obligaciones de los beneficiarios.

Con cargo a esta ayuda se imputarán gastos relacionados con la actividad investigadora asociada al proyecto de investigación (con carácter generalista y no restrictivo).

 

Justificación de la ayuda.

Al corresponderle una orgánica individual a esta Acción, para justificar la ayuda, el Servicio de Ingresos y Justificaciones creará a nombre del solicitante, la orgánica correspondiente para el cargo de gastos.

Para consultas sobre la disponibilidad de la orgánica, le facilitamos como datos de contacto los siguientes correos y teléfonos: emailemail (954487297)

Las ayudas que se gestionan con cargo a orgánicas individuales se tramitan como el presupuesto ordinario de la US, es decir, se fiscalizan en Intervención y se pagan en Gestión Económica.

Asimismo, para la gestión de facturas se deberán ajustar a la nueva Norma sobre el Procedimiento Contratos Menores, Acuerdos Marco y Contratos de Servicios Especiales.

Este procedimiento deberá ser iniciado por los Gestores del Centro de Gasto (Departamento/Centro/Instituto), señalados en la Resolución.


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