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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN | |||
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Subprograma de Actuaciones Relativas a Infraestructuras Científicas Internacionales.
CONV-557Plazos:
- 14/07/2011 - 05/08/2011
Finalidad de la ayuda.
Este subprograma tiene por objetivos potenciar la participación española en la fase preparatoria, diseño y construcción de infraestructuras internacionales, así como las actividades encaminadas a optimizar la utilización y aprovechamiento de las instalaciones internacionales, promoviendo la internacionalización de las instalaciones existentes en territorio nacional.
Tipos de proyectos.
a) Actividades relativas a la participación en proyectos de instalaciones científico-tecnológicas internacionales incluidas en la «Hoja de Ruta» del Foro Europeo Estratégico sobre Infraestructuras de Investigación (ESFRI).
b) Actividades relativas a la participación en infraestructuras científicas internacionales reguladas en memorandos de entendimiento, convenios de colaboración o expresiones de interés suscritos por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Adicionalmente, se incluirá en esta modalidad la instrumentación espacial científica correspondiente a la estrategia nacional de observación de la tierra.
c) Organización de congresos, seminarios, conferencias y cursos de formación relacionados con el uso y tecnologías aplicadas en las grandes infraestructuras e instalaciones científicas internacionales.
d) Realización de estancias relacionadas con el uso y tecnologías aplicadas en las grandes infraestructuras científicas internacionales pertenecientes a los ámbitos de Física Nuclear, Física de Partículas, Astropartículas y e-Ciencia.
Esta modalidad contempla las estancias en colaboración bilateral según los acuerdos de cooperación suscritos entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y los países o entidades pertenecientes a dichos países que se citan a continuación: Alemania, entidad titular de la colaboración, DESY; Argentina; Francia, entidad titular de la colaboración, IN2P3; Italia, entidad titular de la colaboración, INFN; Portugal. Será necesario que el investigador principal del equipo extranjero con el que se va a establecer la cooperación presente una solicitud equivalente en su país, de conformidad con los requisitos establecidos en su convocatoria específica.
Las actuaciones tendrán una duración mínima de un año y máxima de tres años.
Enlaces generales: